Sentencia nº 000858-2010/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Abril de 2010

Fecha de Resolución29 de Abril de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente056-2008/CPC-INDECOPI-ANC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia N°2
RESOLUCIÓN 0858-2010/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 0056-2008/CPC-I NDECOPI-ANC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE LA OFICINA REGIONAL DEL INDECOPI
DE LA LIBERTAD
DENUNCIADA : ASOCIACIÓN EDUCATIVA DON PEDRO
INSTITUCIÓN EDUCATIVA PERUANO AMERICANO
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR PROCEDIMIENTO
INICIADO DE OFICIO
DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES
ECONÓMICOS
ACTIVIDAD : EDUCACIÓN DE ADULTOS Y OTROS
SUMILLA: Se confirma la Resolución 0783-2009/INDECOPI-LAL del 30 de
junio de 2009, emitida por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de
La Libertad que halló responsable a la Asociación Educativa Don Pedro por
infracción del artículo 5º literal d) del Decreto Legislativo 716, al haberse
acreditado que requería a los padres de familia el pago de una cuota no
autorizada administrativamente por el concepto “gastos administrativos”. En
consecuencia, se confirman la sanción impuesta y las medidas correctivas
ordenadas a la Asociación Educativa Don Pedro.
SANCIÓN: 1 UIT
Lima, 29 de abril de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 1 del 28 de mayo de 2008, la Oficina Regional del
Indecopi de Ancash inició de oficio un procedimiento contra la Asociación
Educativa Don Pedro1 (en adelante, el Colegio) por infracción del artículo
literal d) del Decreto Legislativo 716 –Ley de Protección al Consumidor,
puesto que en la inspección realizada por la Secretaría Técnica el 13 de
febrero de 2008, se verificó que el Colegio: (i) requería el pago de las
pensiones de enseñanza de manera adelantada; (ii) realizaba el cobro por el
concepto “gastos administrativos” que comprendía tarjeta de control de
pagos, fotochek y tarjeta informativa; e (iii) informaba de manera verbal las
condiciones económicas del servicio educativo.
2. El 17 de junio de 2008, el Colegio presentó sus descargos señalando que al
inicio del año escolar cada padre de familia firma un compromiso que
comprende información sobre las pensiones de enseñanza, sus obligaciones
en el marco de la prestación del servicio e información referida al cuaderno
1 RUC 20 530976263. El domicilio del Colegio se ubica en Jr. Las Retamas 12 1, Barr. Centenario Oeste, Huaraz,
Ancash.

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