Sentencia nº 001501-2011/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 13 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2011
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente33-2010/CCO-INDECOPI-03-31
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 1501-2011/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 33-2010/CCO-I NDECOPI-03-31
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : DOE RUN PERÚ S.R.L.
ACREEDOR : MINERALES Y CARBONES ANDINOS S.A.C.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS COMERCIALES
ACTIVIDAD : FUNDICIÓN DE METALES NO FERROSOS
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 11850-2010/CCO-INDECOPI del 22 de
diciembre de 2010, en el extremo que declaró infundada la solicitud de
reconocimiento de créditos por intereses de Minerales y Carbones Andinos
S.A.C. frente a Doe Run S.R.L. y, reformándola, se reconoce créditos a favor
de dicha acreedora ascendentes a US$ 5 312,73 por intereses en el quinto
orden de preferencia, en aplicación del artículo 63 del Código de Comercio y
Asimismo, se REVOCA la Resolución 11850-2010/CCO-INDECOPI del 22 de
diciembre de 2010, en el extremo que declaró infundada la solicitud de
reconocimiento de créditos por gastos presentada por Minerales y Carbones
Andinos S.A.C. frente a Doe Run S.R.L. y, reformándola, se reconoce
créditos a favor de dicha acreedora ascendentes a US$ 11 457,69 por dicho
concepto en el quinto orden de preferencia, debido a que la solicitante
presentó documentación que sustenta el origen, existencia, titularidad y
cuantía de tales créditos y la deudora concursada ha reconocido adeudarle
este monto, en aplicación del artículo 38.2 de la Ley General del Sistema
Concursal.
Lima, 13 de septiembre de 2011
ANTECEDENTES
1. Por escrito del 24 de septiembre de 2010, complementado el 14 de diciembre
de 2010, Minerales y Carbones Andinos S.A.C. (en adelante,
Carbominerales) solicitó el reconocimiento de créditos comerciales frente a
Doe Run Perú S.R.L. (en adelante, Doe Run)1 ascendentes a
US$ 411 222,27 por capital, US$ 18 272,00 por intereses y US$ 11 457,69
por gastos, derivados de 3 (tres) contratos de compraventa de concentrados
de minerales celebrados entre Doe Run y Tradex Internacional S.A.C. (en
adelante, Tradex), cuya posición como acreedora de la concursada fue
1 La situación de concurso de Doe Run fue difundida m ediante aviso public ado el 16 de agosto de 20 10 en el diario
oficial “El Peruano”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR