Sentencia nº 003135-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 17 de Octubre de 2012

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente1706-2011/PS3
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Competencia N° 2
RESOLUCIÓN 3135-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 1706-2011/PS3
(EXPEDIENTE 249-2012/CPC-APE LACIÓN)
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR –
SEDE LIMA SUR Nº 1
PROCEDIMIENTO : REVISIÓN
DENUNCIANTE : OLGA BEATRÍZ ZEVALLOS KU
DENUNCIADA : RONCO CARGO S.A.C.
MATERIA : RECURSO DE REVISIÓN
IMPROCEDENCIA
ACTIVIDAD : OTROS TIPOS DE TRANSPORTE REGULAR DE
PASAJEROS POR VÍA TERRESTRE
SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de revisión planteado por
Ronco Cargo S.A.C. contra la Resolución 2471-2012/CPC, pues el recurrente
no sustentó la existencia de errores de derecho, limitándose a cuestionar
situaciones de hecho en dicho pronunciamiento.
Lima, 17 de octubre de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 2471-2012/CPC del 4 de julio de 2012 emitida por la
Comisión de Protección al Consumidor – Sede Lima Sur Nº 1 (en adelante, la
Comisión) confirmó la Resolución 003-2011/PS3 del 2 de enero de 2011,
emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de
Protección al Consumidor Nº 3 (en adelante, el ORPS), que declaró fundada
la denuncia interpuesta por la señora Olga Beatriz Zevallos Ku (en adelante,
la señora Zeballos) contra Ronco Cargo S.A.C.1 (en adelante, Ronco Cargo),
Consumidor (en adelante, el Código)2, al haber quedado acreditado que el
denunciado no cumplió con adoptar las medidas de seguridad necesarias
para garantizar la entrega de la encomienda de la denunciante. Asimismo,
confirmó la medida correctiva ordenada Ronco Cargo consistente en
rembolsar a la denunciante el importe de US$ 1 800,00, la sanción impuesta
ascendente a 0,5 UIT y la condena al pago de las costas y costos del
procedimiento.
1 RUC: 20513599685 y con domicilio fisc al en: Av. Iquitos 387 (Alt. Del Parque Manco Capac), distrito de La Victoria,
provincia y departamento de Lim a.
2 Publicado el 2 de septiembr e de 2010 en el Diario Oficial El Peruano, entrando en vig encia el 2 de octubre de 2010.

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