Sentencia nº 000726-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 12 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución12 de Marzo de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente378-2008/CCO-INDECOPI-01-31
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0726-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 378-2008/C CO-INDECOPI-01-31
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : TEXTILES DEL SUR S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : FÉLIX MARTÍNEZ TASAYCO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
AMPLIACIÓN DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORAL
ACTIVIDAD : PREPARACIÓN Y TEJIDO DE FIBRAS TEXTILES
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 6811-2011/CCO-INDECOPI del 2 de
setiembre de 2011, en el extremo que declaró inadmisible la solicitud de
reconocimiento de créditos derivados de “CTS antigua” y, reformándola, se
RECONOCE a favor del señor Félix Martínez Tasayco frente a Textiles del Sur
S.A.C. en Liquidación, la totalidad de los créditos invocados por dicho
concepto ascendentes a US$ 1 218,76 por capital y US$ 1 562,35 por
intereses, debido a que existe un reconocimiento expreso por parte de la
empresa deudora.
De otro lado, se REVOCA la Resolución 6811-2011/CCO-INDECOPI en el
extremo que declaró inadmisible la solicitud de reconocimiento de créditos
derivados de la CTS devengada en el periodo del 1 de noviembre de 1997 al
31 de octubre de 1998 y, reformándola, se declara INFUNDADA la solicitud en
tal extremo; debido a que el trabajador no acredito la cuantía de dichos
créditos que se devengaron en el periodo en que resulta aplicable la
inversión de la carga de la prueba a favor del deudor.
Lima, 12 de marzo de 2012
ANTECEDENTES
1. El 7 de junio de 2011, el señor Félix Martínez Tasayco (en adelante, el
trabajador) solicitó ante la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur
(en adelante, la Comisión) el reconocimiento de créditos frente a Textiles del
Sur S.A.C. en Liquidación1 (en adelante, Textiles del Sur) derivados de, entre
otros conceptos2, la compensación por tiempo de servicios (en adelante,
CTS) devengada en el periodo desde el 10 de abril de 1991 hasta el 31 de
1 El 27 de abril de 2009, la Comisión publicó en el diario oficial “El Peruano” el inicio del procedimiento c oncursal de
Textiles d el Sur. En sesión d e Junta de Acreedores llevada a cabo el 21 de junio y continuada el 24 de junio de
2010, ac ordaron la disolución y liquidación ordinaria de Textiles del Sur y designaron c omo entidad liquidadora a
Roma Recursos Empresariales S.A. C.
2 Asimismo, el trabajador invocó el recon ocimiento de créditos derivados de CTS devengada en los meses d e
noviembre y diciembre de 2002, octubre a diciembre de 2003, d e mayo de 2005 a octubre de 2006 y de mayo a
octubre de 2008.

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