Sentencia nº 001720-2012/SC2 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 7 de Junio de 2012

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente2196-2010/CPC
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 2
RESOLUCIÓN 1720-2012/S C2-INDECOPI
EXPEDIENTE 2196-2010/ CPC
M-SC2-13/1B
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
SEDE LIMA SUR N°2
PROCEDIMIENTO : DE PARTE
DENUNCIANTE : LUZ ELVIRA MEDINA OCHOA
DENUNCIADA : TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.
MATERIA : IDONEIDAD DEL SERVICIO
ACTIVIDAD : TELECOMUNICACIONES
SUMILLA: Se confirma la resolución venida en grado en el extremo que
declaró fundada la denuncia contra Telefónica del Perú S.A.A., al no haber
desvirtuado su responsabilidad por la falta de activación del sistema de
alarma instalada en el local de la denunciante durante el robo del que fue
objeto.
SANCIÓN: 4 UIT
Lima, 7 de junio de 2012
ANTECEDENTES
1. El 3 de agosto de 2010, la señora Luz Elvira Medina Ochoa (en adelante, la
señora Medina) denunció a Telefónica del Perú S.A.A.1 (en adelante,
Telefónica), por infracción del Decreto Legislativo 716, Ley de Protección al
Consumidor. En su denuncia, señaló que contrató con Telefónica el servicio
de seguridad denominado “Telemergencia”2; sin embargo, el 25 de junio de
2010, su restaurante fue objeto de un robo –en el que sustrajeron 2
televisores y una caja registradora- sin que el sistema de alarma funcionara.
Indicó que la denunciada no se había percatado ni le había alertado que
desde el 10 de junio de 2010 la alarma se encontraba desactivada, según le
informó después de lo sucedido uno de los operadores de la denunciada, de
nombre Christian.3
2. Mediante Resolución 1 del 22 de noviembre de 2010, la Secretaría Técnica
de la Comisión de Protección al Consumidor Sede Lima Sur (en adelante,
la Secretaría Técnica de la Comisión) requirió a Telefónica, entre otros, que
precise si los equipos de “Telemergencia” contaban con un manual de uso y,
1 Con RUC 201 00017491 y c on domicilio fiscal en Calle Schell 310, Distrito de Miraflores, Provincia y Departamento
de Lima.
2 Sistema de seguridad consistente en el monit oreo remoto de viviendas y negocios con el uso de sensores y paneles
de control y mediante una plat aforma de monitoreo basada en telefónica fija.
3 Adicionalm ente, la señora Medina d enunció a Telefónica p or la falta de atención del reclamo remitido not arialmente
el 30 de junio de 2010.

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