Sentencia nº 000165-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 2 de Febrero de 2012

Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente46-2011/CEB
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0165-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 000046-2011/ CEB
M-SC1-02/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE ELIMINACIÓN DE BARRERAS
BUROCRÁTICAS
DENUNCIANTE : EMPRESA DE TRANSPORTES TRANSAMAZONICA
E.I.R.L.
DENUNCIADO : MINISTERIO DE TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
MATERIA : BARRERAS BUROCRÁTICAS
LEGALIDAD
ACTIVIDAD : ACTIVIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN
GENERAL
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0097-2011/CEB-INDECOPI del 9 de
junio de 2011, en el extremo apelado que declaró fundada la denuncia
interpuesta por Empresa de Transportes Transamazonica E.I.R.L. contra el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, en consecuencia se declara
barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar un estudio de factibilidad
de mercado, financiero y de gestión para prestar el servicio de transporte
público regular de personas de ámbito nacional con origen y/o destino en la
provincia de Lima Metropolitana y/o la provincia constitucional del Callao,
materializada en el artículo 39 del Decreto Supremo 017-2009-MTC,
Reglamento Nacional de Administración de Transportes- RNAT.
Esta Sala es consciente de los problemas que existen en el transporte
terrestre de personas. Sin embargo, ello no obsta el deber de este colegiado
de velar por el cumplimiento de los requisitos establecidos para la emisión
de regulaciones.
Lima, 2 de febrero de 2012
I ANTECEDENTES
1. El 19 de abril de 2011, Empresa de Transportes Transamazonica E.I.R.L. (en
adelante, el denunciante) denunció al Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (en adelante, MTC) ante la Comisión de Eliminación de
Barreras Burocráticas (en adelante, la Comisión) por la imposición de
presuntas barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad para
prestar el servicio de transporte público regular de personas en el ámbito
nacional1, comprendidas en el Decreto Supremo 017-2009-MTC -Reglamento
Nacional de Administración de Transportes (en adelante, RNAT):
1 DECRET O SUPREMO 0 17-2009-MTC. REGLAMENTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE TRANSPORTES,
Artículo 3. - Definiciones.- Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en el presente
Reglamento, se entiende por:
(…)
3.68. Servicio de T ransporte de ámbito Nacional: Aquel que se realiza para trasladar personas y/o mercanc ías
entre ciudades o centros poblados de provincias pertenecientes a regiones diferent es. En el caso del

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