Sentencia nº 000812-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 21 de Marzo de 2012
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2012 |
Emisor | Sala Especializada en Defensa de la Competencia |
Expediente | 024-2010/ILN/CCO-04-01 |
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala de Defensa de la Competen cia Nº 1
RESOLUCIÓN 0812-2012/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE 024-2010/ILN-C CO-04-01
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA NORTE
DEUDOR : PLASTICOS CHARITO E.I.R.L. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : AFP INTEGRA S.A.
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
ORDEN DE PREFERENCIA
CONTROL DIFUSO
ACTIVIDAD : FAB. DE PRODUCTOS DE PLASTICOS
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 0948-2011/ILN-CCO del 28 de
setiembre de 2011, en el extremo que declaró que corresponde el quinto orden
de preferencia a los créditos reconocidos a favor de AFP Integra S.A. frente a
Plasticos Charito E.I.R.L. en Liquidación ascendentes a S/. 160,93 por capital y
S/. 0,65 por intereses derivados de las comisiones impagas; y se desestima el
pedido formulado por AFP Integra S.A. para que se inaplique a su solicitud de
General del Sistema Concursal, modificado por el artículo 15 del Decreto
Legislativo 1050, que otorga el quinto orden de preferencia a dichos créditos,
toda vez que el referido dispositivo legal no contraviene lo dispuesto por el
Lima, 21 de marzo de 2012
I. ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 0948-2011/ILN-CCO del 28 de setiembre de 2011, la
Comisión de Procedimientos Concursales Lima Norte (en adelante, la
Comisión) reconoció créditos de origen previsional a favor de AFP Integra
S.A. (en adelante, Integra) frente a Plasticos Charito E.I.R.L. en Liquidación1
(en adelante, la deudora) ascendentes a S/. 1 147,19 por capital y S/. 4,65
por intereses; otorgando el primer orden de preferencia a los créditos
ascendentes a S/. 986,26 por capital y S/. 4,00 por intereses; y el quinto
orden a los créditos ascendentes a S/. 160,93 por capital y S/. 0,65 por
intereses.
2. El 7 de octubre de 2011, Integra apeló la Resolución 0948-2011/ILN-CCO en
el extremo que otorgó el quinto orden de preferencia a los créditos
ascendentes a S/. 160,93 por capital y S/. 0,65 por intereses, alegando que el
Decreto Legislativo 1050 desagrega en dos partes el aporte previsional de los
1 El 30 de agosto de 2010, la Comi sión publicó en el diario oficial “El Peruano” el inici o de concurso de la deudora.
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