Sentencia nº 000014-2001/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 5 de Enero de 2001

Fecha de Resolución 5 de Enero de 2001
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente081-1999/CSM-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCION Nº 0014-2005/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 081-1999/CSM-ODI-CCPL
M-SDC-02/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURACION PATRIMONIAL
DE LA OFICINA DESCENTRALIZADA DEL INDECOPI
EN EL COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE
LIMA (LA COMISION)
DEUDOR : MATERIALES GENERALES S.A. - MAGENSA
(MAGENSA)
ACREEDOR : PLASTIFLEX C.A. (PLASTIFLEX)
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
DECLARACION DE INSOLVENCIA A SOLICITUD DEL
ACREEDOR
OPOSICION A LA SOLICITUD DE DECLARACION DE
INSOLVENCIA
PROCESAL
CONTROVERSIA JUDICIAL EN TRAMITE
ACTIVIDAD : VENTA AL POR MAYOR Y MENOR DE OTROS
ENSERES DOMESTICOS
SUMILLA: se desestima el pedido de Materiales Generales S.A.
MAGENSA para que se suspenda el procedimiento, toda vez que el proceso
judicial que se encuentra tramitando ante el Poder Judicial fue iniciado con
posterioridad al procedimiento administrativo y porque dicho
pronunciamiento judicial no constituye una condición previa para que el
INDECOPI conozca de la materia controvertida. Por otro lado, también
se
desestima el pedido de Plastiflex C.A. para que se actúe el pliego
interrogatorio a ser contestado por el representante de la emplazada, toda
vez que la Sala cuenta con elementos de juicio suficientes para emitir un
pronunciamiento sobre la materia controvertida.
Asimismo, se confirma la Resolución N° 0325-2000/CRP-ODI-CCPL emitida por la Comisión
de Reestructuración Patrimonial de la Oficina Descentralizada del INDECOPI en el Colegio
de Contadores Públicos de Lima el 17 de febrero de 2000, que declaró la insolvencia de
Materiales Generales S.A. – MAGENSA al mantener frente a Plastiflex C.A. créditos
mayores a 50 UIT y vencidos por más de 30 días calendario; reformándose la misma en
sus fundamentos.
Al respecto, se señala que si bien Materiales Generales S.A. - MAGENSA compró a
Plastiflex C.A. 40,000 láminas decorativas marca “koralite”, con posterioridad a la
recepción de la mercadería, la titularidad del 50% de la misma fue objeto de u na
modificación del contrato de compraventa originalmente celebrado, variándose, p or
acuerdo entre las partes, a un contrato de consignación. No obstante lo señalado, se ha
determinado que de las 20,000 láminas que mantuvieron su condición de compraventa,
Materiales Generales S.A. - MAGENSA adeuda la cantidad de US$ 6 000,00 más los
intereses respectivos. De las otras 20,000 láminas materia del contrato de consignación,
Materiales Generales S.A. - MAGENSA adeuda a Plastiflex la cantidad de US$ 114 040,00
por concepto de capital, toda vez que, a la fecha, sólo mantiene en su poder 5,745 láminas.
Por último, se dispone que la Comisión determine los intereses legales adeudados por
Materiales Generales S.A. - MAGENSA a Plastiflex C.A., conforme a los criterios
desarrollados en la presente resolución y sobre la base de la información que d eberá
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
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requerir a la empresa deudora para tal efecto. Esto último con el propósito de definir el
monto de los créditos con los que la acreedora participará en la junta de acreedores que
se convoque en el marco del proceso concursal.
Lima, 5 de enero de 2001
I ANTECEDENTES
El 25 de mayo de 1999, Plastiflex solicitó a la Comisión que declare la
insolvencia de Magensa, afirmando mantener frente a ésta créditos exigibles y
vencidos por más de 30 días calendarios ascendentes a US$ 320 000,00 por
concepto de capital y US$ 49 244,00 por concepto de intereses
1
, derivados de un
contrato de compraventa internacional de 40,000 láminas decorativas marca
“Koralite”.
Mediante Resolución N° 0976-1999/CRP-ODI-CCPL del 30 de junio de 1999, la
Comisión emplazó a Magensa para que en un plazo no mayor a 10 días hábiles
acredite su capacidad de pago respecto de los créditos invocados frente a ella
por Plastiflex ascendentes a US$ 208 185,81 por concepto de capital y
US$ 70 947,87 por concepto de intereses. Para efectos de dicho emplazamiento
la Comisión liquidó los intereses derivados de la operación desde el 8 de marzo
de 1993, fecha en que la deudora fue constituida en mora, y aplicó la tasa legal.
El 22 de julio de 1999, Magensa se opuso a la existencia de los créditos
invocados por Plastiflex, alegando lo siguiente:
(i) Plastiflex no acreditó haberle requerido el pago del importe
supuestamente adeudado con posterioridad al vencimiento de la
obligación. Asimismo, no existió constitución en mora el 8 de marzo de
1993 pues la negativa de cumplimiento de Magensa se debió al
incumplimiento previo por parte de Plastiflex.
(ii) El contrato celebrado entre ambas empresas inicialmente fue uno de
compraventa de 40,000 láminas decorativas marca “Koralite” fabricadas
por Plastiflex. Sin embargo, una vez recibida la mercadería, Magensa le
comunicó a Plastiflex su disconformidad con el estado de la misma, ya
que ésta llegó incompleta y gran parte de ella deteriorada. Como
consecuencia de tales hechos, Magensa solicitó la modificación del
acuerdo original, planteando como alternativa que se abonaría el pago
1
Respecto de los intereses, Plastiflex señaló que la tasa comercial pactada era de 10% al 25 de mayo de 1999.
Asimismo señaló que Magensa había realizado las siguientes remesas de dinero: el 3 de noviembre de 1992 la suma
de US$ 20 000,00; el 10 de diciembre de 1992 la suma de US$ 10 000,00; el 15 de febrero de 1993 la suma de
US$ 10 000,00; el 20 de febrero de 1993 la suma de US$ 14 000,00; el 15 de marzo de 1993 la suma de
US$ 10 000,00; el 15 de m ayo de 1993 la suma de US$ 10 000,00; el 22 de diciembre de 1993 la suma de
US$ 20 000,00.

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