Resolución nº 004720-2012/CPC de Comisión de Protección al Consumidor, de 27 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2012
EmisorComisión de Protección al Consumidor
Número de expediente856-2011/CPC
Resolución 2º Instancia-/
Actividad EconómicaSistema Financiero Bancario
COMISIÓN DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE Nº 701-2011/PS2
EXPEDIENTE Nº 856-2011/CPC-APELACION
1
M-CPC-05/1A
RESOLUCIÓN FINAL Nº 4720-2012/CPC
PROCEDENCIA : ÓRGANO RESOLUTIVO DE PROCEDIMIENTOS
SUMARÍSIMOS DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR Nº 2
INTERESADO : HÉCTOR DURAND LLACUA (EL SEÑOR DURAND)
DENUNCIADOS : NORKYS S.R.L. (NORKYS)
ROBERTO YPARRAGUIRRE MEDINA (EL SEÑOR
YPARRAGUIRRE)
EMPRESAS COMERCIALES S.A. (EMPRESAS
COMERCIALES)
FARMACIAS HOLLYWOOD S.A.C. (FARMACIAS
HOLLYWOOD)
ESTACIÓN DE SERVICIOS LURÍN S.A.C. (ESTACIÓN LURÍN)
MATERIA : PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
INTERESES ECONÓMICOS
IDONEIDAD
ACTIVIDAD : INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
Lima, 27 de diciembre de 2012
ANTECEDENTES
1. El 5 de julio de 2011, el señor Durand denunció a Norkys, al señor Yparraguirre, a
Empresas Comerciales, Farmacias Hollywood, Servicentros Berny S.A.C., Grifos Diana
S.A.C. y a la Estación Lurín ante el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos Nº
2 (en adelante, el OPS) por presuntas infracciones a la Ley Nº 29571, Código de
Protección y Defensa del Consumidor (en adelante el Código)1, señalando que el 25 y
26 de abril de 2011 autorizaron consumos a través de su Tarjeta de Crédito Visa, los
mismos que no reconoce.
2. El 8 de agosto de 2011, el OPS admitió a trámite la denuncia, imputando como presunta
infracción la siguiente2:
TERCERO: admitir a trámite la denuncia de fecha 5 y 21 de julio de 2011 presentada por el
señor Héctor Durand Llacua en contra de Norkys S.R.L., el señor Roberto Yaparraguirre
Medina, Empresa Comerciales S.A., Grifos Diana S.A.C., Farmacias Hollywood S.A.C.,
Servicentros Berny S.A.C. y Estación de Servicios Lurín S.A.C., en tanto permitieron
consumos con cargo a la tarjeta del interesado sin verificar la i dentidad del titular; involucra
una presunta infracción a la protección de los intereses económicos de los consumidores y
al deber de idoneidad tipificado en los artículos 1º literal c), 18º y 19º del Código”.
3. Mediante escritos presentados durante el mes de agosto de 2011, los establecimientos
denunciados presentaron sus descargos, de acuerdo al siguiente detalle:
1 L ey Nº 29571, Código de Protección y Defensa de l Consumidor promulgada el 1 de septiembre del 2010, y vigente desde el 2 de octubre
del 2010.
2 A través de la Resolución Nº 1 de fecha 12 de julio de 2011, el OPS requirió diversa información al denunciante.

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