Dictamen recaído sobre el Proyecto Nº 5876/2002-CR, 7152/2003-CR, 7897/2003-CR, 8127/2003-CR, 8609/2003-CR, 8805/2003-CR, 8835/2003-CR, 9806/2003-CR, 9856/2003-CR, 9885/2003-CR, 10406/2003-CR, 10655/2003-CR, 10736/2004-CR, 10877/2003-PE, 10878/2003-PE, 10879/2004-PE, 10880/2003-PE, 11071/2004-CR 11180/2004-CR, 11262/2004-GL, 11468/2004-CR, 11687/2004-CR, 11779/2004-CR, 11785/2004-C..., de 7 de Noviembre de 2012

EmisorTrabajo

COMISIÓN DE DESCENTRALIZACIÓN, REGIONALIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE

LA GESTIÓN DEL ESTADO

Dictamen recaído en los Proyectos de Ley Nº

5876/2002-CR 7152/2003-CR 7897/2003-CR,

8127/2003-CR 8609/2003-CR 8805/2003-CR

8835/2003-CR, 9806/2003-CR

9885/2003-CR 10406/2003-CR, 10736/2004-CR

10877/2003-PE, 10878/2003-PE, 10879/2004-PE,

10880/2003-PE, 11071/2004-CR 11180/2004-CR,

11262/2004-GL, 11468/2004-CR, 11687/2004-CR,

11779/2004-CR, 11785/2004-CR, 11859/2004-CR,

11903/2004-CR, 11935/2004-CR y 11990/2004-

CR sobre la Ley General del Empleo Pùblico.

Señor Presidente:

Han venido para estudio, revisión y dictamen de la Comisión de Descentralización, Regionalización y Modernización de la Gestión del Estado, los

5876/2003-CR

7152/2003-CR 7897/2003-CR,

10736/2003-CR 11180/2004-CR

8609/2003-CR 11468/2004-CR, 11785/2004-CR 11990/2004-CR

8835/2003-CR 11071/2004-CR 11935/2004-CR

9806/2003-CR 9885/2003-CR

11262/2004-GL,

11687/2004-CR 11903/2004-CR

10877/2003-PE, 10878/2003-CR,

10879/2003-CR y 10880/2003-CR

25 de febrero de 2005, mediante Oficio Nº 079-2004-PR y Oficio Nº 019-2005-PR por el señor Alejandro Toledo Manrique, Presidente de la República y el señor Carlos Ferrero Costa, Presidente del Consejo de Ministros, los mismos que proponen normas sobre el régimen de Carrera Administrativa y Remuneraciones del Servidor Público.

Contenido de los Proyectos:

Descentralización por Acuerdo del Consejo Directivo de fecha 29 de marzo de 2005, del señor Congresista Rodolfo Raza Urbina, de la Célula Parlamentaria Aprista sobre incompatibilidades y prohibición de contratación con terceros en los que se utiliza información privilegiada.

7152/2003-CR

Reinoso, del Grupo Parlamentario Democrático Independiente, que propone el establecimiento de nuevos requisitos para la incorporación y cese de la Carrera Administrativa.

7897/2003-CR

Benavides, del Grupo Parlamentario Unidad Nacional, propone el régimen de Incompatibilidades y Responsabilidades del Personal del Empleo Público para que los conflictos de intereses se enmarquen taxativamente en la estrategia de legislar para gestionar y vigilar escrupulosamente los recursos del Estado.

Balvín, propone la modificación del artículo y de la Ley Nº 27588, sobre Prohibiciones e Incompatibilidades de Funcionarios y Servidores Públicos.

8609/2003-CR

Mansilla, del Partido Acción Popular, propone regular las incompatibilidades e impedimentos generales a los que se encuentra sujeto el personal que realiza funciones en forma temporal o permanente al servicio del Estado, cualquiera fuera el régimen jurídico de la entidad en la que prestan servicios y cualquiera fuera su régimen.

Fernández, de la Célula Parlamentaria Aprista, que propone regular los convenio de prácticas pre-profesionales en lo que corresponda dentro del régimen de la Carrera Administrativa.

8835/2003-CR

Dávila, propone el Código de Ética del Funcionario Público.

9806/2003-CR

Montalván, que propone la Ley de Carrera del Servidor Público.

Dongo Cárdenas, representante de Arequipa, propone la Ley de Responsabilidades de los Empleados Públicos.

9885/2003-CR

Montalván, propone regular las incompatibilidades e impedimentos generales y responsabilidades de los empleados públicos que realizan funciones en forma temporal o permanente al servicio del Estado, cualquiera fuera el régimen jurídico de la entidad en la que prestan servicios y cualquiera fuera su régimen laboral o de contratación.

Townsend Diez Canseco, del Grupo Parlamentario Perú Posible, propone la modificación del artículo 1º de la Ley 26771, sobre prohibición del nepotismo.

10736/2004-CR

Benavides, del Grupo Parlamentario Unidad Nacional, propone Comisión sobre el Código de Etica del Funcionario Público.

10877/2003-PE,

régimen de Carrera Administrativa del Servidor Público.

10878/2003-PE

de Funcionarios Públicos y Empleados de Confianza

10879/2003-PE

Gestión del Empleo Público.

10880/2003-PE

propone el régimen de Incompatibilidades y Responsabilidades del Personal del Empleo Público.

Dávila, propone el régimen de los funcionarios públicos y empleados de confianza en el sector público.

Benavides, propone la Ley que establece el régimen jurídico de los funcionarios públicos y los empleados de confianza.

11262/2004-GL

que propone modificar artículo 1 de la Ley Nº 26771, estableciendo una excepción a favor de los parientes de los Alcaldes.

Mansilla, del Partido Acción Popular, propone precisar alcances de la Ley Nº 27588, que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos.

Becerra, del Grupo Parlamentario Perú Posible, propone régimen legal de la carrera administrativa del servidor público.

Rodríguez, Presidente de la Comisión de Descentralización, Regionalización y Modernización de la Gestión del Estado, del Grupo Parlamentario Perú Posible, propone Ley de Incompatibilidades y Responsabilidades del Personal del Empleo Público.

Mansilla, del Partido Acción Popular, propone la ley que establece los procesos técnicos para designar funcionarios de confianza.

Hidalgo, del Grupo Parlamentario Perú Posible, propone relanzar la Escuela Nacional de Administración Pública ENAP.

11903/2004-CR

Becerra, del Grupo Parlamentario de Perú Posible, propone el régimen de gestión del empleo público, así como también un texto unificado con el Proyecto de Ley de Carrera Administrativa y otras normas complementarias.

11935/2004-CR

Dávila, propone regular la negociación colectiva de los empleados públicos.

11990/2004-CR

Mansilla, del Partido Acción Popular, propone incompatibilidades de autoridades y funcionarios del Estado respecto de actividades que impliquen conflicto de interés con el Estado.

Antecedentes:

El tema de la necesidad de una Ley del Servidor Público es un viejo ideal de la Administración Pública en el Perú. Si bien es verdad que existe una antigua Ley de Responsabilidad de funcionarios de 1868, no ha existido un régimen de

Carrera Administrativa único, organizado e integral hasta el día de hoy, ni menos una Ley del Servidor Público.

Nuestra administración pública se ha caracterizado por la convivencia de una pluralidad de regímenes legales relativos a su personal. Así, tenemos al Decreto Legislativo 276, el Decreto Legislativo 728, los Contratos de Servicios No Personales (CSNP) y los regímenes especiales tales como los del Magisterio, las Fuerzas Armadas y Policiales, el Servicio Diplomático, Magistrados del Poder Judicial, Servicios de Salud, etc.

La Administración Pública se ha caracterizado por la disparidad del tratamiento de los procesos técnicos de la carrera administrativa y por la carencia de un Sistema de Personal que organice y uniformice el tratamiento al servidor público, careciendo de reglas comunes aplicables a los servidores públicos en general. Igualmente, la misma dispersión se ha repetido con ocasión al tema de las remuneraciones del sector público.

Hoy, la coyuntura y la oportunidad legislativa son propicias a la integración de los proyectos de Ley de Carrera Administrativa, de Gestión en el Empleo, de Funcionarios Públicos y personal de Confianza y de Incompatibilidades y Responsabilidades, en un único texto legal o Ley del Servidor Público.

Modelos de Organización del Servicio Civil:

Existen dos modelos de organización del Servicio Civil. Uno el americano, mejor conocido como modelo de estructura abierta, donde no se distingue el servicio público de la relación laboral común, por lo que la Administración recluta a su personal como cualquier empleador privado. Y, otro, denominado europeo, también conocido como modelo de estructura cerrada, donde se distingue el régimen de servicio público de la relación laboral común, y en la que quien ingresa a la carrera administrativa lo hace con la convicción que lo hace para toda su vida útil.

En el caso del Perú, en principio, estamos ante un régimen legal que se supone adhiere el modelo de estructura cerrada. Y, con ello, se supone también que busca propiciar una vocación de servicio en todo el personal a servicio del Estado, así como la capacitación de todos los integrantes del servicio civil que no tuvieron oportunidad de capacitarse por sí mismos. Empero, la propuesta ofrece matices, tales como el extremo de las reglas de publicidad y flexibilidad, en el ingreso y salida del personal, así como la necesaria evaluación.

Objetivos de la Reforma y Modenización de la Administración Pública:

Cara a la realidad de la dispersión normativa de la Administración Pública descrita en los antecedentes, es indispensable promover el surgimiento de los cambios que las mejores prácticas de gestión administrativa imponen. Así las cosas, éste cambio debe fundamentarse en la búsqueda y logro de los siguientes objetivos:

  1. Organizar un régimen de carrera que repose en el respeto al derecho al acceso igualitario al servicio público a través del Concurso Público. b) El mérito como factor determinante para el ingreso, progresión, capacitación y mantenimiento en la carrera. c) Ofrecer un desarrollo continuo a todo el personal que ingresa al servicio administrativo d) Consagrar la profesionalización a través del diseño de una carrera administrativa que permita conceder al servidor un plan de vida al servicio público. e) Abrogar el clientelismo.

    Ámbito de Aplicación:

    Los Proyectos de Ley, especialmente los remitidos por el Poder Ejecutivo, definen un ámbito de aplicación respecto a los servidores públicos incluidos en los grupos ocupacionales del Directivo Superior, Ejecutivo, Especialista y de Apoyo de la categoría Servidor Público establecida en la Ley Nº 28175, para toda entidad de la Administración Pública. El ámbito descrito debe entenderse inclusivo y en ningún momento se pretende excluir o marginar a ningún grupo laboral de los que actualmente se encuentran realizando labores al servicio del Estado.

    Perfil de la Carrera Administrativa:

    La estructura de la carrera administrativa que se busca, es de carácter integral. Así, se establecen niveles profesionales escalonados y un “límite” o “cerrojo” al...

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