ACUERDO Nº 061-2008-AMDO - Exoneran de proceso de selección la adquisición de viviendas temporales para damnificados del distrito de Ocucaje - Ica

Fecha de disposición31 Agosto 2008
Fecha de publicación31 Agosto 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 31 de agosto de 2008
379028
acorde a lo previsto en los Artículos 5º y 9º de la referida
Ley Orgánica de las Municipalidades.
Que, el Gobierno Nacional en concordancia con los
acuerdos arribados en el “Acuerdo Nacional” ha presentado
las grandes prioridades y políticas de Estado, las mismas
que están dirigidas a alcanzar, entre otros objetivos, la
Equidad y Justicia social siendo que el Eje principal de la
acción del Estado, esta enmarcada en el desarrollo humano
integral, la superación de la pobreza y la igualdad de acceso
a las oportunidades para todos los peruanos y peruanas, sin
ningún tipo de discriminación. En este propósito deberán
adoptarse las medidas orientadas a lograr la generación de
oportunidades económicas, sociales y culturales y políticas,
erradicando toda forma de inequidad y de discriminación,
en un contexto de pleno respeto a los Derechos Humanos.
Que, para alcanzar los objetivos indicados en el
párrafo anterior se convino en que las políticas de Estado
aprobadas, se traduzcan en metas e indicadores, siguiendo
la forma de matrices diseñadas con la f‌i nalidad.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2007-PCM, se
aprobó el “Plan de Reforma de los Programas Sociales”, el
cual establece que el objetivo de la reforma de programas
sociales consiste en contribuir a la mejora de las condiciones
de vida de la población y a la reducción de los niveles
de pobreza extrema, a través del desarrollo integrado de
acciones constantes y continuas que logren tener incidencia
en las poblaciones afectadas, las cuales deberán no sólo a
nivel institucional sectorial sino también a nivel multisectorial,
señalando que las actividades no deben darse sólo a nivel
central, sino también a nivel de gobierno regional y local.
Que, la Estrategia Nacional CRECER, aprobada por
Decreto Supremo, Nº 055-2007-PCM, se enmarca dentro
de las políticas nacionales de gobierno, orientada a superar
la pobreza y reducir las brechas de inequidad y exclusión
social, proponiendo una estrategia de intervención articulada
de las entidades públicas que conforman el Gobierno
Nacional, Regional y Local y de entidades privadas que se
encuentren directa o indirectamente, vinculadas en la lucha
contra la desnutrición crónica infantil especialmente en las
niñas y niños menores cinco (5) años.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 080-2007-PCM, se
aprobó el Plan de Operaciones de la Estrategia Nacional
“CRECER”, en cuyo capítulo IV se prevé que los Gobiernos
Locales conduzcan en sus respectivos ámbitos la ejecución
de la E.N CRECER.
delimitado las funciones de los Gobernadores, atribuyéndole
la de contribuir a la ejecución y el cumplimiento de las
políticas nacionales y sectoriales establecidas por el
Gobierno Nacional, así como, el de coadyuvar en el ámbito
de su circunscripción, en las coordinaciones, que sean
necesarias en relación a las acciones desarrolladas por
determinados programas sociales y acciones del Estado,
especialmente en las zonas de extrema pobreza.
Que, por Resolución Ministerial Nº 104-2008-PCM, se
aprobó la Norma Técnica Nº 001-2008 de Implementación
Regional y Local de la Estrategia Nacional “CRECER”,
de alcance para todas las entidades del Estado en los
niveles nacional, regional y local, comprendidos en el D.S
Nº 080-2007-PCM, estableciendo en su capítulo V como
cuestión medular en el proceso de implementación Local
de la Estrategia Nacional CRECER, la institucionalización
de la “instancia de Articulación y Coordinación”, a partir de
alguna ya existente, o como una instancia nueva.
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas por el Articulo 9º de la Ley Orgánica de
Municipalidades y con la dispensa del trámite y aprobación
del Acta, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las
deliberaciones correspondientes, aprobó por UNANIMIDAD,
la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo Primero.- CONFORMAR, la “Instancia de
Articulación y Coordinación del Gobierno Distrital de Lucha
Contra La Pobreza y Desnutrición Crónica Infantil, la cual
será responsable de la gestión, supervisión y monitoreo
de la Estrategia Nacional CRECER en el ámbito de su
jurisdicción, en el marco de lo establecido en el Plan de
Operaciones de la Estrategia Nacional CRECER, aprobado
por Decreto Supremo Nº 080-2007-PCM, concordancia con
lo establecido en la Norma Técnica Nº 001-2008, aprobado
por Resolución Ministerial Nº 104-2008-PCM.
La “Instancia de Articulación y Coordinación del
Gobierno Local” de Lucha contra la Pobreza y Desnutrición
Crónica Infantil del Distrito de Comas será presidida por el
Alcalde o representante asignado y deberá ser conformada
por los siguientes actores locales:
a) Alcalde o representante asignado.
b) Gobernador del Distrito.
c) Representantes de of‌i cinas: Gerencia Municipal y
Gerencia de Desarrollo Humano con responsabilidad en
asuntos sociales.
d) Coordinadores locales de sectores y programas
sociales con intervención Distrital.
e) Representantes de las organizaciones sociales,
Iglesia y otros actores debidamente acreditados ante el
Alcalde.
f) Un representante del PCM, Secretario Técnico
de CIAS del equipo Técnico de la Estrategia Nacional
CRECER.
Artículo Segundo.- REQUERIR, a los representantes
de los Programas y/o Sectores del Distrito de Comas,
que acrediten un representante permanente, mediante
comunicación expedida por el máximo representante de
entidad o programa en la Región, quien bajo responsabilidad
deberá participar en todas las actividades de la “Instancia
de Articulación y Coordinación”.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la “Instancia de
Articulación y Coordinación” del Distrito de Comas, elaborar
el Reglamento y Plan de Trabajo respectivo, en un plazo
de 60 días calendario a partir de la promulgación de la
presente norma Provincial - Distrital.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la “Instancia de
Articulación y Coordinación” distrital en concordancia con
las políticas de articulación nacional e intersectorial de
lucha contra la pobreza y desnutrición crónica infantil y
de inversión social; formular un Plan Articulado Local de
Superación de la Pobreza, el mismo que se constituirá en
parte del Plan de Desarrollo Local Concertado, teniendo
como prioridad la lucha contra la desnutrición crónica
infantil.
Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese.
MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI
Alcalde
245424-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE OCUCAJE
Exoneran de proceso de selección la
adquisición de viviendas temporales
para damnificados del distrito de
Ocucaje - Ica
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 061-2008-AMDO
Ocucaje, 21 de agosto de 2008.
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE OCUCAJE.
VISTO:
Visto en la Sesión Extraordinaria de Concejo del día 21
de agosto de 2008, el Informe Técnico Nº 015-2007-WCHD
y el Informe Legal Nº 008-2008-MDO/ALE.
CONSIDERANDO:
Que el Inc. “c” del Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM,
que aprueba el TUO de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, establece que están exonerados
de los procesos de Selección las Adquisiciones y
Contrataciones que se realicen en situación de Emergencia
declaradas, según la citada Ley.
Que el Art. 22º de la norma citada, se entiende como
situación de Emergencia aquella en la cual la Entidad tenga
que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos
catastróf‌i cos, quedando la entidad exonerada de la
tramitación del expediente Administrativo pudiendo ordenar

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