03 012-2000-CR - ver texto

Fecha de publicación16 Diciembre 2000
Fecha de disposición16 Diciembre 2000
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 16 de diciembre de 2000 AÑO XVIII - Nº 7481 Pág. 196043
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL
CONGRESO Nº 012-2000-CR
CARLOS FERRERO
PRESIDENTE a.i. DEL CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Resolución siguiente:
RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LA
SEGUNDA DISPOSICIÓN TRANSITORIA
DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO
DE LA REPÚBLICA
Artículo único.- Objeto de la resolución
Modifícase la segunda disposición transitoria del Regla-
mento del Congreso de la República, la cual tendrá el
siguiente texto:
"SEGUNDA.- Para el período anual de sesiones 2000-2001,
la Primera Legislatura concluye el 31 de octubre de 2000. La
Segunda Legislatura se inicia el 1 de noviembre y finaliza
el 15 de junio de 2001".
Déjanse sin efecto las disposiciones que se opongan a la
presente resolución.
Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los quince
días del mes de diciembre de dos mil.
CARLOS FERRERO
Presidente a.i. del Congreso de la República
MANUEL MASÍAS OYANGUREN
Tercer Vicepresidente del Congreso de la República
14513
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL
CONGRESO Nº 012-2000-CR
Mediante Oficio s/n de fecha 15 de diciembre de 2000, el
Congreso de la República solicita se publique Fe de Erratas
de la Resolución Legislativa del Congreso Nº 012-2000-CR,
publicada en nuestra edición del día 15 de diciembre de
2000, en la página 195995.
DICE:
"Resolución Legislativa del Congreso Nº 012-2000-CR"
DEBE DECIR:
"Resolución Legislativa del Congreso Nº 011-2000-CR"
14488
DECRETOS DE
URGENCIA
Autorizan Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2000, destinada al mejora-
miento de infraestructura del Estableci-
miento Penitenciario de Huaral
DECRETO DE URGENCIA
Nº 115-2000
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), organis-
mo público descentralizado del Sector Justicia, tiene entre
otros fines salvaguardar la integridad y seguridad de los
internos recluidos en los establecimientos penitenciarios;
Que el esfuerzo desplegado por el Instituto Nacional
Penitenciario (INPE), por el alto índice de hacinamiento
existente en los diferentes establecimientos penitenciarios del
país y especialmente en los Establecimientos Penitenciarios
de Régimen Cerrado Ordinario de Lurigancho, y Régimen
Cerrado Especial Miguel Castro Castro, dificulta las acciones
de tratamiento penitenciario, objetivo prioritario para la rein-
serción y reincorporación del interno a la sociedad, acorde con
las normas internacionales establecidas;
Que a efecto de dar mayor celeridad con la descongestión
de los establecimientos penitenciarios del país, dentro del
nuevo marco de la política penitenciaria se requiere en el corto
plazo que el nuevo Establecimiento Penitenciario de Huaral,
con capacidad para albergar a 750 internos cuente con las
condiciones mínimas indispensables de habitabilidad, para lo
cual es necesario dotar al Instituto Nacional Penitenciario, los
recursos financieros necesarios que permitan cumplir con
mayor eficiencia y eficacia la misión encomendada;
Que asimismo para las investigaciones que se vienen
realizando en el esclarecimiento de la presunta comisión de
delitos de apropiación ilícita, corrupción de funcionarios y
otros en agravio del Estado Peruano a cargo del Procurador
Ad Hoc designado para tales efectos, es conveniente que se
otorgue los recursos financieros al Ministerio de Justicia
con la finalidad de que se posibiliten la eficiencia de las
acciones para dicho fin;
Que existiendo recursos disponibles en el Pliego 067 -
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
(SUNARP), resulta oportuno autorizar una transferencia
de partidas para la consecución de los objetivos planteados
en los considerandos precedentes;
Que siendo medidas en materia económica y financiera
por tratarse de transferencias de partidas presupuestales y
de situaciones con efectos negativos para el desarrollo econó-
mico, de carácter extraordinario e imprevisible, cuyo riesgo
inminente de que se extienda constituye un peligro para la
economía nacional y que son del mayor interés nacional;
En uso de las facultades conferidas por el inciso 19) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase una Transferencia de Partidas
en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 16 de diciembre de 2000
2000, hasta por la suma de CUATRO MILLONES SEIS-
CIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4'600,000.00)
conforme al siguiente detalle:
DE LA:
SECCIÓN SEGUNDA :INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS
PLIEGO 067 :SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
LOS REGISTROS PÚBLICOS
UNIDAD EJECUTORA 014 :OFICINA REGISTRAL DE LIMA Y
CALLAO
FUNCIÓN 03 :ADMINISTRACIÓN Y PLANEAMIENTO
PROGRAMA 003 :ADMINISTRACIÓN
SUBPROGRAMA 0010 :REGISTROS
ACTIVIDAD 00271 :GESTIÓN REGISTRAL
FTE. DE FTO. 09 :RECURSOS DIRECTAMENTE
RECAUDADOS
(EN NUEVOS SOLES)
CATEGORÍA DE GASTO
5. GASTOS CORRIENTES
3. BIENES Y SERVICIOS 4'600,000.00
TOTAL EGRESOS 4'600,000.00
==========
A LA:
SECCIÓN PRIMERA :GOBIERNO CENTRAL
PLIEGO 006 :MINISTERIO DE JUSTICIA
UNIDAD EJECUTORA 001 :OFICINA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
FUNCIÓN 03 :ADMINISTRACIÓN Y PLANEAMIENTO
PROGRAMA 006 :PLANEAMIENTO GUBERNAMENTAL
SUBPROGRAMA 0005 :SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN
SUPERIOR
ACTIVIDAD 00110 :CONDUCCIÓN Y ORIENTACIÓN
SUPERIOR
FTE. DE FTO. 13 :DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
5. GASTOS CORRIENTES
3. BIENES Y SERVICIOS 1'600,000.00
SUBTOTAL EGRESO 1'600,000.00
==========
SECCIÓN SEGUNDA :INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS
SECTOR 06 :JUSTICIA
PLIEGO 061 :INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
UNIDAD EJECUTORA 002 :DIRECCIÓN REGIONAL LIMA
FUNCIÓN 02 :JUSTICIA
PROGRAMA 002 :JUSTICIA
SUBPROGRAMA 0004 :READAPTACIÓN SOCIAL
ACTIVIDAD 00452 :REINTEGRACIÓN SOCIAL
FTE. DE FTO. 13 :DONACIONES Y TRANSFERENCIAS
(EN NUEVOS SOLES)
CATEGORÍA DE GASTO
5GASTOS CORRIENTES 1'913,975.00
3. BIENES Y SERVICIOS 1'913,975.00
6GASTOS DE CAPITAL 1'086 025.00
7 OTROS GASTOS DE CAPITAL 1'086 025.00
---------------
SUBTOTAL EGRESO 3'000 000,00
---------------
TOTAL EGRESO 4'600 000,00
==========
Artículo 2º.- Los Pliegos Habilitadores y Habilitados
comprendidos en el presente dispositivo desagregan en
anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la
Transferencia de Partidas dispuesta en el artículo prece-
dente, a nivel de Categoría del Ingreso, Genérica del Ingre-
so, Subgenérica del Ingreso y Específica del Ingreso.
Los citados anexos son remitidos a la Dirección Nacional
del Presupuesto Público dentro de los 5 días siguientes de
su aprobación.
Artículo 3º.- La Oficina de Presupuesto de los Pliegos
comprendidos en la presente transferencia de partidas,
solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público
las codificaciones que se requieran como consecuencia de la
incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, así como
Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.
Artículo 4º.- La Oficina de Presupuesto o la que haga
sus veces en los Pliegos instruyen a las Unidades Ejecu-
toras, bajo su ámbito para que elaboren las correspon-
dientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se
requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente
Artículo 5º.- El presente Decreto de Urgencia será refren-
dado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Minis-
tro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Justicia.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días
del mes de diciembre del año dos mil.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR
Presidente del Consejo de Ministros
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURRE
Ministro de Justicia
14514
ECONOMÍA Y
FINANZAS
Aprueban asignación de gastos
correspondiente al primer trimestre del
año fiscal 2001
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 047-2000-EF/76.01
Lima, 14 de diciembre del 2000
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 30º de la Ley Nº 27209 de Gestión Presu-
puestaria del Estado, señala que la Asignación Trimestral de
gastos constituye el marco financiero a considerar durante cada
trimestre, debiendo servir de instrumento eficaz de la progra-
mación del gasto. Su determinación responde a la proyección de
ingresos que contempla el Programa Económico y al comporta-
miento de los niveles de recaudación fiscal;
Que, asimismo el citado artículo dispone que el Ministe-
rio de Economía y Finanzas a través de la Dirección Nacio-
nal del Presupuesto Público, comunica a los Pliegos Presu-
puestarios la asignación trimestral, a fin de que efectúen la
correspondiente programación mensual de los compromi-
sos a realizar durante el respectivo trimestre;
Que, el Artículo 31º de la Ley Nº 27209 de Gestión
Presupuestaria del Estado, señala que la programación
presupuestaria de gastos se realiza en función a la estima-
ción de ingresos trimestral; dentro del marco del presupues-
to institucional;
De conformidad a lo dispuesto por los Artículos 30º y 31º
de la Ley Nº 27209 de Gestión Presupuestaria del Estado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Asignación Trimestral corres-
pondiente al Primer Trimestre del año fiscal 2001 por la suma
de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES MILLO-
NES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 4 563 974 000.00) por la fuente de
Recursos Ordinarios, conforme al detalle siguiente:
SECCIONES RECURSOS
ORDINARIOS
(En nuevos soles)
PRIMERA: Gobierno Central 2 552 291 000
Gastos Corrientes 2 397 089 000
Gastos de Capital 155 202 000
SEGUNDA: Instancias Descentralizadas 2 011 683 000
Gastos Corrientes 1 861 839 000
Gastos de Capital 149 844 000
TOTAL GENERAL (*) 4 563 974 000
(*) Excluye el Servicio de la Deuda y Suscripción de Acciones
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 16 de diciembre de 2000
Artículo 2º.- En armonía con lo dispuesto por el
artículo precedente y de acuerdo con el segundo párrafo
del Artículo 31º de la Ley Nº 27209, la Dirección Nacio-
nal del Presupuesto Público, comunicará a cada Pliego
Presupuestario su respectiva Asignación Trimestral co-
rrespondiente al período enero - marzo del año fiscal
2001.
Artículo 3º.- La(s) Oficina(s) de Presupuesto y Planifi-
cación o la(s) que haga(n) sus veces, distribuirán entre las
Unidades Ejecutoras los montos comunicados por la Direc-
ción Nacional del Presupuesto Público.
Artículo 4º.- Los Pliegos Presupuestarios remitirán a
la Dirección Nacional del Presupuesto Público, la Progra-
mación Trimestral del Gasto sujetándose al nivel máximo
de la Asignación Presupuestal comunicada, hasta el día 21
de diciembre del 2000.
La Programación de Gastos de las fuentes de
financiamiento distintas a la de Recursos Ordinarios,
se sujetarán a las estimaciones de ingresos realizadas
por los Pliegos Presupuestarios y serán remitidas
conjuntamente con la información que señala el párra-
fo precedente.
Regístrese y comuníquese.
REYNALDO BRINGAS DELGADO
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
14466
EDUCACIÓN
Aceptan renuncia de Secretario Gene-
ral del Ministerio
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 189-2000-ED
Lima, 15 de diciembre de 2000

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