06 056-DE/MGP - Modifican el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú

Fecha de disposición21 Enero 2002
Fecha de publicación21 Enero 2002
Pág. 216087
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 21 de enero de 2002
De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley
Nº 25977 - Ley General de Pesca; su Reglamento, aproba-
do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento
del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota,
aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; las
Resoluciones Ministeriales Nº 138-2001-PE, Nº 308-2001-
PE y Nº 413-2001-PE; el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico
de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pes-
quería aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE; y,
En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la empresa
SIETE MARES S.A.C., representante legal en el Perú del
armador japonés WAKASHIO SUISAN KABUSHIKI KAIS-
HA, para operar la embarcación pesquera de bandera ja-
ponesa cuyas características se detallan a continuación,
en la extracción del recurso calamar gigante o Pota (Dosi-
dicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de
las veinte (20) millas de la costa, así como licencia para la
operación de su respectiva planta de congelado:
EMBARCACION TN CAPAC. CAPAC. INDICATIVO SISTEMA DE ARTE DE VIGENCIA DEL
INTERN. ALMAC. INSTAL. INTERNAC. PRESERV.PESCA PERMISO DE VIGENCIA
(m3) (t/día)
WAKASHIO MARU 306 967.14 72.4 JGPA CONGELADO POTERA 17.1.2002 AL 15.2.2002
Nº 81
Artículo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el ar-
tículo precedente está sujeto al Reglamento del Ordena-
miento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado
por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE, en lo aplicable y a
las condiciones y compromisos asumidos conforme a la
Resolución Ministerial Nº 138-2001-PE que establece el
régimen provisional para la extracción comercial del cala-
mar gigante o pota.
Artículo 3º.- SIETE MARES S.A.C., deberá operar su
planta de procesamiento de productos hidrobiológicos con
sujeción a las normas legales y reglamentarias del orde-
namiento jurídico pesquero, así como a las relativas a la
preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad,
higiene y seguridad industrial pesquera que aseguren el
desarrollo sostenido de la actividad. Asimismo, deberá im-
plementar un sistema de control del proceso que garantice
la óptima calidad del producto, así como cumplir con las
normas y procedimientos para evitar la contaminación
marina.
Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Direc-
toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas
del Ministerio de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ
Director Nacional de Extracción y
Procesamiento Pesquero
1281
DEFENSA
Modifican el Texto Unico de Procedi-
mientos Administrativos de la Marina
de Guerra del Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 056-DE/MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Visto el Oficio R.1000-1246 del Jefe del Estado Mayor
General de la Marina de fecha 27 setiembre 2001;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 005-DE/MGP de fecha
10 de marzo 2000, precisado con Decreto Supremo Nº 021-
DE/MGP de fecha 25 setiembre 2000, y los Decretos Su-
premos Nº 014-DE/MGP de fecha 10 abril 2001, Nº 025-
DE/MGP de fecha 9 mayo 2001, Nº 031-DE/MGP de fecha
13 junio 2001 y Nº 046-DE/MGP de fecha 10 agosto 2001,
se actualizaron e incorporaron diferentes Procedimientos
Administrativos clasificados en Partes y Unidades Orgáni-
cas, que en su conjunto forman el "Texto Unico de Procedi-
mientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú",
TUPAM-15001, Edición 2000;
Que, el párrafo (3) del Artículo 22º del Decreto Legis-
lativo Nº 757, concordante con el Artículo 34º del De-
creto Supremo Nº 094-92-PCM, disponen entre otros,
que la creación de nuevos procedimientos administrati-
vos a ser incluidos en el TUPA de la Entidad, requieren
de una norma legal de igual jerarquía que aprobó dicho
Texto;
Que, la Marina de Guerra del Perú, en cumplimiento
a las normas y procedimientos que rigen la Administra-
ción Pública, en lo referente a la prestación de servi-
cios, requiere incorporar al Texto enunciado en el
considerando primero, nuevos Procedimientos Adminis-
trativos a fin de que se encuentren comprendidos dentro
de los alcances de las normas señaladas en el párrafo
precedente;
De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del
DECRETA:
Artículo 1º.- Incluir al "Texto Unico de Procedimien-
tos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú",
TUPAM-15001 Edición 2000, en las siguientes partes:
"A" Dirección General de Personal de la Marina - Uni-
dad Orgánica (3) Dirección de Administración de Per-
sonal, el Capítulo II Oficina Emisora de Tarjetas, TRES
(3) procedimientos; "D" Dirección General del Material
de la Marina - Unidad Orgánica (3) Dirección de Armas
Navales, SEIS (6) procedimientos: "E" Dirección de In-
tereses Marítimos - Unidad Orgánica (1) - Departamento
de Protección de la Conciencia Marítima - Museo Na-
val del Perú Sede Callao, DOS (2) procedimientos; "F"
Comandancia General de Zonas Navales - Unidad Or-
gánica (1) - Comandancia de la Segunda Zona Naval -
Comandancia de la Base Naval del Callao, UN (1) pro-
cedimiento; "G" Comandancia General de Operaciones
Navales - Unidad Orgánica (1) - Comandancia de la
Fuerza de Operaciones Especiales - el Capítulo I Es-
cuela de Operaciones Especiales, VEINTICINCO (25)
procedimientos, los cuales en su conjunto suman
TREINTA Y SIETE (37) nuevos procedimientos admi-
nistrativos; los mismos que forman parte integrante del
presente Decreto Supremo.
Artículo 2º.- Autorizar a las Unidades y Dependencias
señaladas en el artículo precedente, la reproducción de
los citados Procedimientos Administrativos.
Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren-
dado por el Ministro de Defensa.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de diciembre del año dos mil uno.
Regístrese y comuníquese como Documento Oficial
Público (D.O.P.)
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
DAVID WAISMAN RJAVINSTHI
Ministro de Defensa
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 21 de enero de 2002
PARTE “A”
DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DE LA MARINA
UNIDAD ORGANICA (3): DIRECCIÓN DE ADMINISTRACION DE PERSONAL
CAPITULO II OFICINA EMISORA DE TARJETAS
CONTIENE TRES (03) PROCEDIMIENTOS
-2001-
TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENT OS ADMINISTRATIVO (TUPA)
UNIDAD ORGANICA (3): DIRECCION DE ADMINISTRACION DE PERSONAL
ENTIDAD: DIRECCION GENERAL DE P ERSONAL DE LA MARINA OFICINA EMISORA DE TARJETAS
DENOMINACION DEL REQUISITOS DERECHO CA LIFICACION Dependencia Auroridad qu e Auto ridad que
ORD. PROCEDIMEIN TO DE PAGO APROBACION EVALUACION PREVIA donde se inici a aprueba el resuel ve el
AUTOMATICA SILE NCIO SILENCIO el trámite trámtie Re curso
POSITIVO NEG ATIVO Impugnativo
E - 10 Duplicado de Tarjetas Iden tidad 1) Solicitud de l administrado di rigido al Jefe de O FITAR, con sus X Oficina Emisora Jefe de la Oficina Director de
Naval para titulares en actividad gen erales de ley, que co ntenga lo siguiente: (2 días hábiles) de Tarjetas Emis ora de Tar- Administración
(Pérdida, deterio ro, pase a retiro a s u Para el c aso de : Situada Cdra. 36 jetas de Personal
solicitud) a) PERDIDA : Av. La Marina,
- Mensaje Naval del Comand o esquina Av.
- Junta de Investigación del Comando Insurgentes
- Denuncia Policia l La Perla - Calla o
b) DETERIORO :
- Entrega de Tarjet a anterior
c) PASE AL RETIRO A SU SOLICITUD :
- Entrega de Tarjet a anterior
2) Boleta de Depósit o Original o copia s imple autenticada po r el
fedata rio de DIPERADMON emitida por el Bco. de la Nac ión, Cta. Cte.
Ministerio de D efensa - Marina d e Guerra del Perú - Dirección Gener al
de Economía Nº 0000-250430 por concepto de:
a) Pérdid a 0,01 U.I.T.
b) Dete rioro 0,01 U.I.T.
c) Pase al Retiro 0,0033 U.I.T.
NOTA :
1) Las Solicitudes d e duplicado de Tarjetas de Titulares serán
entregadas por los enc argados del Pe rsonal de la s
Unidades y Dependencias, de acuerdo al modelo regla mentado.
2) Costo de Tarjeta de Id entidad por pérdida y d eterioro incluye
Tarjeta PVC con CHIP, foto di gitalizada, hologr ama, código de
seguridad, cap tación de firma y hue lla digital; para el caso de
tarjeta p or Retiro a su Solicitud no inc luye Tarjeta PVC con CHIP.
3) Todo el personal, deberá encontrarse r egistrado en la
Base Datos de la D irección de Admini stración de Person al
E - 11 Confección o duplicad o Tarjetas de 1) Personal nav al (PERSUPE / PERSUBA / PERCIVI) en retiro c on X Oficina Emisora Jefe de la D irector de
Identidad Naval pa ra Personal mas de 15 años; Personal Superior con menos de 15 años y (2 días hábiles) de Tarjetas Oficina Emisora Administración
que pasen a la situac ion de retiro personal Mil itar en Situacion D isponibilidad Situada Cdra. 36 de Tarjetas de Persona l
a su solicitud o Dispo nibilidad, cesan- Solicitud d el administrado d irigido al Jefe d e OFITAR,con sus Av. La Marina,
tes D. Ley Nº 20530 y s us Familiares generales de ley y que contenga lo si guiente: esquina Av.
debidamente autorizados a) En caso de Duplicado debera de entregar la tarjeta anterior y Insurgentes
en elcaso de dis ponibilidad deber a de entregar la tar jeta en La Perla - Calla o
ac tividad.
b) En caso de perdida debe ra de anexar la denun cia policial
2) Familiares
a) Documento de solicitud de Tarjetas, firmado por el titular

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