RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 990-2012-P-CSJLI/PJ - Prorrogan plazo de cierre de turno de la Primera, Segunda y Tercera Salas Laborales Permanentes y de la Sala Transitoria Laboral de Lima

Fecha de disposición04 Diciembre 2012
Fecha de publicación04 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 4 de diciembre de 2012
479998
Juzgado Penal de Turno Permanente, para los f‌i nes
pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
SS.
HECTOR LAMA MORE
Consejero
Consejo Ejecutivo Distrital
LUIS ARCE CORDOVA
Consejero
Consejo Ejecutivo Distrital
JULIO RODRIGUEZ RODRIGUEZ
Consejero
Consejo Ejecutivo Distrital
NORVIL CIEZA MONTENEGRO
Consejero
Consejo Ejecutivo Distrital
873910-1
Prorrogan plazo de cierre de turno de
la Primera, Segunda y Tercera Salas
Laborales Permanentes y de la Sala
Transitoria Laboral de Lima
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 990-2012-P-CSJLI/PJ
Lima, 30 de noviembre del 2012
VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 863-2012-P-CSJLI/PJ
publicada el 30 de Octubre del presente año y el informe
N° 80-2012-KCPC-UPD/CSJLI-PJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo segundo de la resolución de vista
dispuso en su artículo segundo, que la 4° Sala Laboral
Permanente liquidará los procesos tramitados bajo
la Ley N° 26636 y conocerá procesos Contenciosos
Administrativos Laborales y Previsionales iniciados antes
de la implementación de la Ley N° 29497, tramitando las
apelaciones de los procesos Laborales, Contenciosos
Administrativos Laborales y Previsionales tramitados
con la Ley 26636 y que se eleven a partir del 5 al 30
de noviembre del año en curso, con excepción de los
expedientes prevenidos por la 1, 2° y 3° Salas Laborales
Permanentes y la Sala Laboral Transitoria, los cuales
tendrán el turno cerrado hasta el día 30 de noviembre del
2012.
Que, mediante el Of‌i cio N° 901-2012/ADM-SSYJT/
CSJLI/PJ, la Administradora de la sede de las Salas y
Juzgados Laborales, Lic. Mónica Zeballos Alva, manif‌i esta
su preocupación por el cumplimiento del mandato arriba
citado, debido a la Huelga Nacional Indef‌i nida convocada
por la Federación Nacional de Trabajadores del Poder
Judicial desde el 15 de Noviembre último y por el Sindicato
Único de Trabajadores del Poder Judicial desde el día 26
de Noviembre de los corrientes; razón por la cual solicita
que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo evalúe
la presente problemática a efectos de poder modif‌i car
lo establecido respecto al cierre de turno de las Salas
Laborales.
Que, asimismo mediante el informe de vista,
elaborado por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo
de la Presidencia, se advierte que debido a la Huelga
Indef‌i nida de los Trabajadores del Poder Judicial a nivel
nacional, no se estaría cumpliendo con lo dispuesto en la
Resolución Administrativa N° 863-2012-P-CSJLI/PJ, por
lo que recomienda que se amplíe la fecha establecida y se
disponga como nueva fecha de vencimiento del cierre de
turno de la 1°, 2° y 3° Sala Laboral Permanente así como
de la Sala Transitoria Laboral, el día 14 de diciembre del
presente año, conforme a lo coordinado con el Presidente
de la Cuarta Sala Laboral Permanente de Lima, quien
tendrá el turno abierto durante dicho periodo.
Que, es prioridad de la Presidencia de la Corte,
cumplir con el cometido de la Implementación y
continuidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en
el Distrito Judicial de Lima, lo cual solo es posible en
la medida que los órganos jurisdiccionales Laborales
cumplan con los mandatos emitidos por los órganos de
gestión.
Que, la situación indicada líneas arriba, dif‌i culta el
cumplimiento del plan de distribución de la carga laboral,
por lo que resulta necesario ampliar el plazo establecido
en primer considerando precedente.
Que, en uso de la facultad conferida en el inciso
9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial y estando a lo señalado
precedentemente;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 14 DE
DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO el plazo del cierre
de turno de la 1°, 2° y 3° Salas Laborales Permanentes,
así como de la Sala Transitoria Laboral, conforme lo
dispuesto en el artículo segundo de la Resolución
Administrativa N° 863-2012-P-CSJLI-PJ.
Artículo Segundo.- PONER la presente resolución
en conocimiento del Concejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Gerencia General, Of‌i cina de Control de la Magistratura –
OCMA, Unidad de Planeamiento y Desarrollo y Gerencia
de Administración Distrital, para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
HECTOR ENRIQUE LAMA MORE
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
873909-1
Disponen la redistribución de diversos
expedientes de la Segunda Sala
Penal Liquidadora a la Tercera Sala
Penal Liquidadora de Lima y dictan
disposiciones complementarias
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 993-2012-P-CSJLI/PJ
Lima, 30 de noviembre del 2012
VISTOS:
La Resolución Administrativa de fecha 24 de octubre
del dos mil doce, el informe N° 128-2012-UPD/CSJLI-
PJ de fecha 12 de noviembre del 2012; y documento
presentado a la Presidencia por la doctora Inés Tello de
Ñecco, Coordinadora de las Salas Penales Liquidadoras.
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 04 de junio del 2011 se publica la
resolución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial N°
146-2011-CE-PJ, que dispone que la Tercera Sala Penal
Liquidadora asuma a exclusividad la tramitación de los
Expedientes 045-2001 y 02-2009; además de aquellos
procesos que se encuentran en juicio oral.
Que, en mérito a lo indicado mediante Resolución
Administrativa N° 444-2011-P-CSJLI/PJ publicado el
ocho de junio del dos mil once, se dispuso el sorteo
inmediato de los expedientes de la Tercera Sala Penal
Liquidadora entre la Primera, Segunda y Cuarta Salas
Penales Liquidadoras, con excepción de los expedientes
N° 026-2002 (Chavín de Huantar), N° 045-2001 (caso
López Meneses) y 02-2009 (caso Aceitera ENDEPALMA);

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