02 018-2004-GR.LAMB./CR - Aprueban el TUPA de la Aldea Infantil "Virgen de la Paz" del Gobierno Regional

Fecha de disposición10 Mayo 2005
Fecha de publicación10 Mayo 2005
Pág. 292348
NORMAS LEGALES
Lima, martes 10 de mayo de 2005
Financiera del Perú, la cual requiere ser cubierta por
convenir al servicio;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 3º y
6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del
Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de
funcionarios públicos, la designación de funcionarios en
cargos de confianza, se efectúa mediante Resolución
del Titular de la Entidad correspondiente y la misma sur-
te efecto a partir del día de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la
misma que postergue su vigencia;
Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 6º de la
Ley Nº 27693 y modificatorias, las Direcciones de Área
de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, consti-
tuyen cargo de confianza;
Que, habiéndose realizado el proceso de selección y
evaluación de acuerdo a lo estipulado en la Directiva
Nº 004-2004-UIF/DAF, Directiva de Selección y Recluta-
miento de Personal de la Unidad de Inteligencia Financiera
del Perú y, siendo potestad del Director Ejecutivo la desig-
nación de los Directores de Área, resulta pertinente desig-
nar al señor Eduardo Jorge Pedro Knight Samamé en el
cargo de confianza de Director del Área Legal de la Unidad
de Inteligencia Financiera del Perú, Categoría Director I;
De conformidad con la Ley Nº 27693, Ley que crea la
Unidad de Inteligencia Financiera del Perú y modificatorias;
su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 163-2002-EF y modificatorias; la Directiva Nº 004-2004-
UIF/DAF de Selección y Reclutamiento de Personal de la
Unidad de Inteligencia Financiera del Perú; el Informe
Nº UIF-002-2004/DAF del 18 de mayo de 2004, sobre Im-
plementación de la Escala Salarial de la Unidad de Inteli-
gencia Financiera del Perú; el Decreto Supremo Nº 051-
2004-EF, del 19 de abril de 2004, que aprueba la política
remunerativa del Pliego Unidad de Inteligencia Financiera -
UIF; lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Ley que regula la
participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y de-
signación de funcionarios públicos; y demás normas perti-
nentes;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha de
publicación de la presente Resolución, al señor Eduardo
Jorge Pedro Knight Samamé en el cargo de confianza de
Director del Área Legal de la Unidad de Inteligencia Fi-
nanciera del Perú, Plaza Nº 27, Categoría Director I,
previsto en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP)
y en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) vigen-
tes, percibiendo la remuneración que con arreglo a ley y
a las disposiciones legales le corresponda.
Artículo Segundo.- El egreso que genere lo dis-
puesto en la presente Resolución se afectará al Grupo
Genérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales,
del Pliego Presupuestal Unidad de Inteligencia Financie-
ra del Perú.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ANTONIO HAMANN PASTORINO
Director Ejecutivo
Unidad de Inteligencia Financiera del Perú
08821
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE
LAMBAYEQUE
Aprueban el TUPA de la Aldea Infantil
"Virgen de la Paz" del Gobierno
Regional
ORDENANZA REGIONAL
Nº 018-2004-GR.LAMB./CR.
Chiclayo, 26 de noviembre de 2004
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE LAMBAYEQUE
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Lambayeque en su Sesión Ordinaria de 15 de
noviembre de 2004, ha aprobado la Ordenanza
Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 30º de la Ley
Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo Gene-
ral, cada entidad, término que comprende a los Go-
biernos Regionales de acuerdo con el Artículo I, inci-
so 5) del Título Preliminar de la mencionada ley, seña-
la en su Texto Único de Procedimientos Administrati-
vos - TUPA, los procedimientos administrativos que,
por exigencia legal, deben iniciar los administrados
ante ésta para satisfacer o ejercer sus intereses o
derechos, siguiendo los criterios que a este efecto
establece la citada ley;
Que, el proyecto de TUPA de la Aldea Infantil “Virgen
de la Paz” del Gobierno Regional de Lambayeque, com-
prende seis (6) procedimientos administrativos; deta-
llándose en cada procedimiento los requisitos corres-
pondientes, calificándose el procedimiento con indica-
ción de la dependencia donde se inicia el trámite y la
autoridad que aprueba el trámite, así como la autoridad
que resuelve la impugnación respectiva; se especifica
también el derecho de pago en función de la Unidad
Impositiva Tributaria - UIT, que para el ejercicio fiscal
2004 asciende a Tres mil doscientos Nuevos Soles
(S/. 3,200.00); así como recoge algunas sugerencias
efectuadas por el Consejo Regional fruto del estudio y
evaluación del texto referido y que han sido incorpora-
dos al mismo, criterios que se ajustan al contenido del
TUPA previsto por el Artículo 37º de la Ley de Procedi-
miento Administrativo General;
Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38º, nume-
ral 38.1, de la Ley Nº 27444, tratándose de los Gobier-
nos Regionales, el TUPA es aprobado por la norma de
máximo nivel de las autoridades regionales, debiendo
entenderse por analogía con los Gobiernos Locales, que
se trata de Ordenanza Regional;
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º
de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regio-
nales, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lam-
bayeque ha emitido la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- APRUÉBASE el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Aldea Infantil
“Virgen de la Paz”del Gobierno Regional de Lambayeque,
el mismo que en un número de dos (2) folios, comprende
seis (6) procedimientos administrativos, el mismo que
corre adjunto a la presente formando parte integrante de
la misma.
Artículo Segundo.- PUBLÍQUESE el texto íntegro
del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Aldea Infantil “Virgen de la Paz” del Gobierno Regional
de Lambayeque, aprobado conforme al Artículo Primero
de la presente Ordenanza Regional, en el diario encar-
gado de los avisos judiciales de la capital de la región,
sin perjuicio de su difusión a través de otros medios,
conforme a ley.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
YEHUDE SIMON MUNARO
Presidente Regional

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