Tribunos y tributos

Ayer, el Tribunal Constitucional (TC) falló a favor de la Sunat en una demanda de inconstitucionalidad respecto de la prescripción de deudas tributarias. La máxima instancia constitucional validó la primera disposición complementaria del Decreto Legislativo 1421 y abrió el camino para el pago de más de S/9.200 millones en impuestos. De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), son 158 empresas afectadas por la decisión.La discusión de fondo giraba en torno al momento desde el cual empezaba a transcurrir el plazo computable para la prescripción de las deudas iniciadas antes del 2012. Si bien las modificaciones establecidas en el 2018 eran razonables para pasivos tributarios más recientes, cambiar la forma de contar los períodos de prescripción para deudas pasadas podía equivaler a aplicaciones retroactivas de la ley. En otras palabras, como la Sunat no había sido capaz de cobrar las deudas en su debido momento y se le vencía el plazo para hacerlo, el Estado se otorgaba a sí mismo un tiempo adicional.Lamentablemente, como en otros casos, lo que debía ser una discusión técnica sobre la cual tenía que pronunciarse el TC sin interferencias se convirtió en un asunto político. Horas antes del fallo, la titular del MEF, María Antonieta Alva, utilizó un argumento efectista para respaldar la cobranza tributaria. Sobre el monto, indicó: ?Es la mitad del presupuesto de salud, el pago de aproximadamente ocho años del programa Juntos, que se le da a las familias en situación de pobreza. Es la totalidad del presupuesto para gobiernos locales y financiar 380 mil viviendas rurales?. Sin duda, la suma en discusión era enorme, pero esta no forma parte del asunto de fondo. Aun si se hubiese tratado de montos pequeños, lo relevante era la solidez de los argumentos jurídicos que respaldan la posición de las partes, no el tamaño de la deuda. Más aún, montos millonarios cobrados indebidamente serían...

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