Tratamiento práctico de los delitos de peligro
Autor | Ronald Henry Vílchez Chinchayán |
Páginas | 85-156 |
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Capítulo III
TRATAMIENTO PRÁCTICO DE LOS DELITOS
DE PELIGRO
III.1. ¿NO CONDICIONAN LOS PROBLEMAS TEÓRICOS LA
SOLUCIÓN DE CASOS?
1.Laprotecciónpenalsehaextendidotantoyatantosbienes
jurídicos1que puederesultarextraño encontrarunárea exentade
laintervenciónpenalanticipada2.Loscódigospenalescuentancon
unsignicativonúmerodedelitosporlosquesesancionaunacon-
ducta,aunquenohayaproducidounresultadolesivo.Enladoctrina
—segúnhemosvistoenelCapítuloIII—hayciertosinconvenientes
ypuntossin aclararrelacionados conese tema.Deahíqueseaes-
pecialmenterelevanteobservar cómose enfrentanlos tribunalesa
estedesafío.
2.Agrandesrasgos,nos interesa conocer los argumentos que
desarrollanlostribunalessobre:(a) el bien jurídico protegido:laimpor-
tanciayutilidadquetienelaclasicacióndebienjurídicoindividualo
supraindividual,lasdiferenciasentreunoyotro;(b) la conguración de
la conducta típica;(c) el peligro:sisetratacomoprobabilidaddelesión
opresunción;(d) la imputación subjetiva:¿esconocimientodelpeligro
1 Sindetenerseaconsiderarsimerecenonolaprotecciónpenal.SobreestoCfr.
sIlvA sánchez, Aproximación, 2.ª ed., 2010, pp. 425, 431, 456-457.
2 Cfr. sIlvA sánchez., La expansión del Derecho penal. Aspectos de la política criminal
en las sociedades postindustriales, 3.ª ed., Montevideo-Buenos Aires, 2011, passim.
Ronald Henry Vílchez Chinchayán
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odelainfracciónnormativa?,¿hayotroselementos subjetivos que
desempeñenunpapelrelevante?
3.Nosplanteamosrevisaralgunosdelitosrecogidosenuncódigo
penalgarantistacomopretendeserelespañolde1995.Paraasegurar
queestaparteseaunamuestrade la «respuesta práctica» hemos
pensadoabordar distintos tipos de peligro. En concreto, los delitos
queanalizaremossonlosreferidosalaseguridadehigienedelostra-
bajadores(III.2.B.1.), laseguridad vial(III.2.B.2.),el medioambiente
(III.2.B.3.),elblanqueodecapitales(III.2.B.4.)yelabusodeinformación
privilegiadaoinsider trading(III.2.B.5.). En la elección se ha tenido
encuenta,enprimerlugar,elgranimpactoquetienecadaunoenla
sociedadactual, que no puede imaginarse ya sin el «respaldo» que
brindan tales delitos, como tampoco sin el entorno laboral, ambiental,
económicoydeseguridadenelqueseconguran.Ensegundolugar,
sehaconsideradolavariedadenlacomposicióninterna(bienjurídico
protegido,conductatípica,penasaplicables…).Finalmente,entercer
lugar,tambiénsuclasicación,quecumple—enteoría—unimportante
papelenelmomentodeguiarlaconstitucióndelinjustopenal(mayor
omenorexigenciadepeligro,porejemplo).
Lassolucionesjurisprudencialesquehemostenido en cuenta
hansidoaquellasqueprovienentantodelTribunalSupremocomode
Audiencias Provinciales españolas.
Pesearemitirnosalalegislaciónespañola,esto no afecta el
análisisdogmáticoquesepuedarealizar.Laspropuestasdesolución
dogmáticassontrasladablestambiénalordenamientojurídico-penal
peruano.
III.2. APLICACIÓN PRÁCTICA DE LOS DELITOS DE PELIGRO
III.2.A. Presentación
Comosehaseñaladoaliniciodeestecapítulo,aquínosepresenta
unanálisisexegético,nitampocoun estudiode todaslas cuestiones
quepreocupanenestosdelitos.Nuestraintenciónescomprobarsilos
problemasexpuestosenloscapítulosanteriorestambiénlo sonenel
desarrollopráctico. Si son sóloaparenteso existe consenso sobre la
formadedarrespuesta,habríaque reconocer que no tiene sentido
cuestionarlos;yquedaríasóloordenarelplanteamientoparadesterrar
cualquieratisbo de duda. Por el contrario, si no lo son,convendría
comprobarsobrequésedanlosproblemas(¿losmismosqueseplan-
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teanenladoctrinauotros?),seleccionarlosytenerlosencuentapara
darles una respuesta adecuada.
III.2.B. Los delitos
Connuestroobjetivoyajado,corresponderealizarunasúltimas
precisiones.Noseguiremosnecesariamenteelordenque establece
elcódigopenal. Seha preferidoexponer losdelitospartiendodesde
aquellosquecontienenunbienjurídico-penalindividual(comoesla
vidaylasaluddelaspersonas),pasandoporuno—desdelaposición
actualmentevigente—quecombinaloindividualcon lo colectivo,
hastaunosolamentesupraindividual.Estaformadepresentaciónnos
permitiráobservarsihaycambiosonoaundentrodeunmismogru-
po;y,siloshay,conbaseenquéseproducen.Tambiénnosfacilitará
analizareltratamientodelpeligroparaaveriguarsielconceptoque
hanutilizadolostribunaleseselmismoquemanejaladoctrinay,sies
así,sinohantenidoqueafrontardicultadesqueenelplanoteórico
síestánpresentes.
Sobreestoselementos,nalmente,se irán incorporando otros
segúneldesarrollolorequiera,comoejemploocontrapunto.
III.2.B.1. Contra la seguridad e higiene de los trabajadores3
III.2.B.1.1. Introducción
1.Enprincipio,podríaparecerqueestosdelitosnosonunbuen
botónde muestra en esteestudio.Justamente se insistiría enqueel
margendeinconvenientesesmínimo,dadoqueestetipotienesupunto
deanclajeenunbienjurídico-penal«tanbásico»yqueelpreceptolegal
cuentaconunaredacción«clara»quehacereferenciaala«infracción
delanorma»,«nofacilitarlosmediosnecesarios»y«ponerenpeligro
gravela vida» de los trabajadores4.Unargumento aun mayor sería
considerarquelasumatoriadetodosestos elementos ha supuesto
3 Alrespecto,sepuedenrevisarlassiguientesmonografías:Arroyo zAPAtero,
La protección penal de la seguridad en el trabajo,Madrid, 1981; bAylos GrAu/
terrADIllos bAsoco, Derecho penal del trabajo,Madrid,1990;AGuADo lóPez, El
2002.
4 Cfr. MorIllAs cuevA, «Artículo316», en cobo Del Rosal (dtor.), Comentarios al
Código penal. Segunda época, Tomo X, Madrid, 2006, p. 415.
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