TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCION MINISTERIAL Nº 643-2007-MTC/01 - Exoneran de proceso de selecciOn la contrataciOn del servicio de soporte integral Premier de Microsoft RESOLUCION MINISTERIAL Nº 643-2007-MTC/01

Fecha de disposición31 Octubre 2007
Fecha de publicación31 Octubre 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 31 de octubre de 2007
356338
citado Ministerio, según se desprende de las respectivas
órdenes de inspección, y referidas en el Informe Nº 0546-
2007-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica
Civil;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261,
Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección
General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar los viajes en comisión de
servicios de los Inspectores de la Dirección General
de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, que se efectuarán del 4 al 27
de noviembre de 2007, de acuerdo con el detalle
consignado en el anexo que forma parte integrante de
la presente resolución, sustentado en los Informes Nº
320-2007-MTC/12.04 y Nº 0546-2007-MTC/12.
Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes
autorizados precedentemente, han sido íntegramente
cubiertos por la empresa solicitante, a través de los
Recibos de Acotación que se detallan en el anexo
que forma parte integrante de la presente resolución,
abonados a la Ocina de Finanzas del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las
asignaciones por concepto de viáticos y tarifas por uso
de aeropuerto.
Artículo 3°.- Conforme a lo dispuesto por el artículo
10° del Decreto Supremo 047-2002-PCM, los
Inspectores mencionados en el anexo de la presente
Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán
presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia
a la Ocina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones
realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes
autorizados.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema
no otorgará derecho a exoneración o liberación de
impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o
denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la
Ministra de Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI
Ministra de Transportes y Comunicaciones
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos
y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus
dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente,
deberán tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ocial, de lunes
a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos
refrendados por la persona acreditada en el Diario Ocial.
2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder
de diez (10) páginas.
3.- Todas las normas  y sentencias que se remitan al Diario Ocial para la publicación
correspondientedeberánestarcontenidasenundisqueteyredactadasenWORD.
4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o
correo electrónico será considerado copiaeldeloriginal para su publicación.
5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al
correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe
6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una
línea por celda sin justicar y, si se agregasen grácos, su presentación será en formato EPS o
TIF a 300 DPI y en escala de grises.
7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se
trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima
a utilizar deberá ser de 7 puntos.
LADIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL

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