1095 332-2006-INDECI - Aprueban transferencias financieras de recursos a favor de los Gobiernos Regionales de La Libertad, Amazonas, Junín, Puno, Ancash, San Martín y Arequipa

Fecha de disposición23 Julio 2006
Fecha de publicación23 Julio 2006
NORMAS LEGALES
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324794 El Peruano
domingo 23 de julio de 2006
Aprueban transferencias financieras de
recursos a favor de los Gobiernos
Regionales de La Libertad, Amazonas,
Junín, Puno, Ancash, San Martín y
Arequipa
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 331-2006-INDECI
18 de julio del 2006
VISTOS: el Oficio Nº 150-2006-GR-LL/CRDC/ST del
26.ABR.2006, del Gobierno Regional de La Libertad, el
Memorándum Nº 486-2006-INDECI/14.0 del
10.JUL.2006, de la Dirección Nacional de Proyectos
Especiales y el Oficio Nº 1099-2006-EF/68.01 del
7.JUL.2006, de la Dirección General de Programación
Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía
y Finanzas, sus antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM
se creó la Comisión Multisectorial de Prevención y
Atención de Desastres (CMPAD) generados por
fenómenos de origen natural o tecnológico, encargada
de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas
de prevención de daños, atención y rehabilitación en las
zonas del país que se encuentren en peligro inminente o
afectados por desastres de gran magnitud;
Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta
S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/
100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito
Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por
el Banco de la Nación al INDECI al amparo del Decreto
Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia
Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea
de Crédito se destinarán para realizar acciones que
permitan reducir los efectos dañinos de un peligro
inminente de origen natural o antrópico, brindar una
respuesta oportuna a la población, ejecutar acciones de
rehabilitación de la infraestructura pública para recuperar
los niveles que los servicios básicos tenían antes de la
ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de
recuperación de la capacidad productiva de las zonas
afectadas por desastres;
Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562,
Ley que autoriza Crédito Suplementario en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,
autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto
supremo refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas, a propuesta de la Dirección General de
Programación Multianual del Sector Público, incorpore,
cuando sea necesario, previo informe favorable de la
Dirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos
en la Fuente de Financiamiento "Recursos por
Operaciones Oficiales de Crédito Interno" provenientes
de la Línea de Crédito referida en el considerando
precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa
Civil - INDECI;
Que, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28653,
Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2006, establece la prórroga
de la vigencia de la referida Octava Disposición Final;
Que, en Tercera Sesión de fecha 28.JUN.2006, la
CMPAD aprobó los Proyectos señalados en el Anexo 01
adjunto a la presente Resolución, por el monto de
CIENTO TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CON
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 137, 800.00), incluido en el
"Programa de Prevención y Rehabilitación" y evaluado
por el INDECI y la Dirección General de Programación
Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía
y Finanzas (DGPMSP-MEF);
Que, mediante Oficio Nº 1099-2006-EF/68.01 de
fecha 7.JUL.2006, la Dirección General de Programación
Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía
y Finanzas determinó la elegibilidad de las Fichas
Técnicas correspondientes a los Proyectos presentados
por el Gobierno Regional de La Libertad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 102-2006-EF se
incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Pliego 006
INDECI, la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE
MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 669, 954.00),
correspondiente a la Fuente de Financiamiento Recursos
por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, provenientes
del crédito extraordinario, permanente y revolvente
otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, con
cargo a los recursos de la mencionada Línea de Crédito;
Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley
Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, modificado por la Tercera Disposición Final
de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias
Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la
atención de desastres se aprueban por Resolución del
Titular del Pliego, que serán obligatoriamente publicadas
en el Diario Oficial El Peruano;
Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera
de Recursos a favor del Gobierno Regional de La
Libertad, con cargo a los recursos provenientes del
crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado
por el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta por
el monto de CIENTO TREINTA Y SIETE MIL
OCHOCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 137, 800.00), para la ejecución de los Proyectos
señalados en el Anexo 01 adjunto;
Con las visaciones de la Subjefatura, las Oficinas de
Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto y
Administración y Dirección Nacional de Proyectos
Especiales;
De conformidad con la Ley Nº 28562 - Ley que
autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2005, Ley Nº 28652
- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2006, Ley Nº 28653 - Ley de Equilibrio
Financiero del Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2006, Ley Nº 28382, Ley Nº 28411 - Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto y en
uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento
de Organización y Funciones del INDECI, aprobado
por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado
por Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-
2005-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar, por las razones
señaladas en la parte considerativa de la presente
Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos a
favor del Gobierno Regional de La Libertad, con cargo a
los recursos provenientes del crédito extraordinario,
permanente y revolvente otorgado por el Banco de la
Nación a favor del INDECI, hasta por un monto de
CIENTO TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CON
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 137,800.00), para la
ejecución de los Proyectos señalados en el Anexo 01
que forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- La Oficina de Administración del
INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente
Resolución.
Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Nacional
de Proyectos Especiales la coordinación
correspondiente para la suscripción del respectivo
Convenio entre el INDECI y el Gobierno Regional de La
Libertad para el control, seguimiento y monitoreo de
ejecución y cumplimiento de metas físicas, conforme a
la normatividad vigente.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría General
registre la presente Resolución en el Archivo General
del INDECI, publique la misma en el Diario Oficial El
Peruano y remita copia autenticada por Fedatario al
Gobierno Regional de La Libertad, la Subjefatura, las
Oficinas de Asesoría Jurídica, Planificación y
Presupuesto y Administración y Dirección Nacional de
Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines
pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

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