El TLC y la «Implementation Act»

AutorHenry Mora Jiménez
Páginas551-555
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EVALUACIÓN DE LOS POTENCIALES EFECTOS SOBRE ACCESO A MEDICAMENTOS DEL TRATADO ...
DOCUMENTOS
Cuando escribí, en los primeros meses del 2004, las 101 razones para oponernos al
TLC entre Centroamérica y los Estados Unidos, premeditadamente elegí como «Razón
No. 1», un hecho que me parecía una asimetría jurídica inaceptable: mientras Costa Rica
(y el resto de países Centroamericanos), aprobaría un Tratado, que en nuestro caso, y según
se establece claramente en el Artículo 7 de nuestra Constitución Política, tendría «auto-
ridad superior a las leyes», es decir, a cualquier ley interna, actual o futura; en los Estados
Unidos sólo se estaría aprobando un «Acuerdo» (Agreement), que según diversas consul-
tas que hicimos a especialistas en Costa Rica, México y los Estados Unidos, tendría ran-
go similar a la legislación estadounidense, ya fuese la federal o la estatal. Nos quedamos
cortos, muy cortos; al grado de que la discusión (en Costa Rica) sobre las diferencias entre
un treaty y un agreement se vuelve un ejercicio básicamente académico.
En los Estados Unidos, solamente los tratados (treaties) tienen claramente rango si-
milar (equivalent in status) a la legislación Federal, y forman parte de lo que la Constitu-
ción de ese país denomina «la Ley Suprema de la Nación» (the Supreme Law of the Land).
Esto significa que en los Estados Unidos, la palabra tratado no tiene el mismo significa-
do que en el derecho internacional, ya que según la Convención de Viena sobre el Dere-
cho de los Tratados, un tratado se define «como un acuerdo internacional celebrado en-
tre Estados en forma escrita y regido por el derecho internacional, ya sea que el mismo se
plasme en un instrumento individual o en dos o más instrumentos relacionados, cualquiera
sea su denominación particular». (Viena Convention on the Law of Treaties, 1155 UNTS
311, May 23, 1969, Art. 2, s. 1(a); citado en Marci Hoffman: Researching U.S. Treaties and
Agreements, May 15, 2001, traducción libre)
El TLC y la «Implementation Act»
La renuncia a ser Nación1
HENRY MORA JIMÉNEZ
1. El pasado 27 de setiembre, la Cámara de Representantes del Congreso de los Estados Unidos apro-
bó (por dos votos de diferencia), el «DR-CAFTA» con los países centroamericanos y República
Dominicana. La aprobación (a través de una Ley de Implementación o Implementation Act) in-
cluye dos facetas: a) la aprobación del texto firmado el 5 de agosto del 2004 por los presidentes
respectivos y, b) la afirmación del acto administrativo propuesto para implementar el Acuerdo
(Agreement). Este artículo se escribió días antes de esa fecha, pero en lo esencial nada de lo es-
crito sufre cambio alguno. Se reproduce este artículo con la autorización del autor.
Anuario Andino de Derechos Intelectuales.
Año II - Nº 2. Lima, 2005

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