Título Preliminar

AutorEsteban Carbonell O'Brien
Páginas23-81
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TÍTULO PRELIMINAR
En el Título preliminar se encuentran las bases sobre las cuales se desarrolla el
parte del Código, se desarrolla el Contenido de la mencionada Ley; así como
la finalidad de la misma; el ámbito de aplicación; las definiciones básicas para
el mejor entendimiento de la presente Ley; así como los principios
fundamentales, los cuales son la base de los derechos fundamentales de los
consumidores y usuarios, los cuales todo proveedor debe respetar
obligatoriamente; y, finalmente, encontramos las políticas públicas, entendidas
estas como las obligaciones que el Estado asume con respecto al respeto,
protección y ejecución de la presente Ley.
Artículo I.- Contenido
El presente Código establece las normas de protección y defensa
de los consumidores, instituyendo como un principio rector de la
política social y económica del Estado la protección de los
derechos de los consumidores, dentro del marco del artículo 65º de
la Constitución Política del Perú y en un régimen de economía
social de mercado, establecido en el Capítulo I del Título III, Del
Régimen Económico, de la Constitución Política del Perú.
Comentario:
El artículo I del Título preliminar de la presente Ley, establece el contenido de
la misma, el cual señala que el presente Código establece las normas de
protección y defensa de los consumidores, instituyendo como un principio
rector de la política social y económica del Estado la protección de los
derechos de los consumidores, dentro del marco del artículo 65º, establece el
derecho a la información sobre los bienes y servicios que se encuentran a
disposición de los consumidores y usuarios en el mercado; de la Constitución
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Política del Perú y en un régimen de economía social de mercado, establecido
en el Capítulo I del Título III, Del Régimen Económico, de la Constitución
Es decir, la presente Ley ha emitido sus normas en base a la protección que la
Constitución Política del Perú brinda a todo consumidor y usuario, respetando,
además, el marco que el Régimen Económico le da al tipo de mercado que
prescribe la misma: Régimen Económico Social de Mercado. Entonces, aquí
encontramos dos puntos fundamentales:
La protección que brinda la Constitución Política del Perú al
Consumidor (Artículo 65º de la C.P.P.); y
El Régimen Económico Social de Mercado (Artículo 58º C.P.P),
La Constitución Política del Perú brinda protección al Consumidor mediante el
artículo 65º de la misma, prescribiendo lo siguiente:
El Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios.
Para tal efecto garantiza el derecho a la información sobre los
bienes y servicios que se encuentran a su disposición en el
mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud y la seguridad
de la población.
En los últimos años, el consumidor ha sido el centro de atención de las
autoridades Estatales, en vista de que sus derechos han sido restringido,
minimizado y obviados muchas veces, por los proveedores. A demás, teniendo
en cuenta de que se puede afirmar que la manutención del Estado depende de
los Consumidores, el Estado se ha visto en la obligación de regular normas
para su protección.
Esta afirmación proviene de una lógica deducción. Pues, siendo los
consumidores el último eslabón de la cadena de producción, son estos, sobre
los cuales recae el pago de los impuestos, y siendo indispensable para la
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manutención del Estado el pago de impuestos, se puede afirmar tal
mencionado.
En base a ello, el estado se ha visto en la obligación de emitir una serie de
normas, complementarias a la prescrita en el artículo 65º de la C.P.P, para que
regulen la protección y defensa del Consumidor y Usuario.
A demás, cabe recalcar el margen sobre el cual se regla la presente Ley, el
Régimen Económico Social de Mercado.
La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social
de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo
del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de
empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e
infraestructura.
En la Actualidad hay dos opciones claramente diferenciadas en torno al
mercado
3
:
a) Economía de Mercado; Es un tipo de organización de la
economía en donde las unidades económicas son
independientes en el ejercicio de la libre iniciativa. Esta opción
plantea que el mercado y el intercambio voluntario y libre de
bienes servicios son los mejores instrumentos para que una
sociedad alcance mayor grado de desarrollo económico
La Economía de Mercado asigna al Estado la salvaguarda de 4 criterios
básicos:
Seguridad
Libertad
3
García Toma, Víctor. Ob. Cit. Pág. 119

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