La tendencia hacia el uso frecuente y distorsionado del juicio politico y la declaracion de vacancia en contra del presidente: ?otro paso hacia la > de los regimenes presidenciales en Latinoamerica o algo mas?

AutorEguiguren Praeli, Francisco Jose

Sumilla Introduccion y planteo del problema 1. Naturaleza y alcances del impeachment en el Reino Unido y los Estados Unidos de Norteamerica 2. El juicio politico en las constituciones latinoamericanas 3. La frecuente utilizacion del juicio politico y la vacancia contra el presidente en Latinoamerica en los ultimos 25 anos 4. Implicancias constitucionales y politicas de esta tendencia a instrumentar el juicio politico o la vacancia para lograr la destitucion del presidente Referencias Introduccion y planteo del problema

El impeachment surgio hace varios siglos en Gran Bretana, siendo luego acogido en los Estados Unidos de Norteamerica y tambien en las constituciones de los nuevos estados latinoamericanos, mayormente bajo la denominacion de <>. Por ello a esta institucion la encontramos contemplada tanto en regimenes politicos parlamentarios como presidenciales.

Pero mientras en los regimenes politicos britanico y estadounidense el impeachment ha dejado de tener utilizacion significativa, en America Latina, por el contrario, se ha asistido en las ultimas decadas a su aplicacion en diversos paises, muchas veces con exito, para acusar, destituir e inhabilitar politicamente a numerosos presidentes. Algunas veces los presidentes optaron por renunciar a su cargo ante el inicio de este procedimiento parlamentario, a fin de evitar la previsible imposicion de dicha sancion, lograndose el objetivo politico de conseguir su caida. Otras veces, los parlamentos recurrieron a la declaracion de vacancia del presidente invocando causales como la incapacidad mental o moral para conseguir su destitucion. Estas situaciones, bastante frecuentes durante los ultimos 25 anos en numerosos paises latinoamericanos, han configurado un nuevo escenario de inestabilidad presidencial, que ha conducido a la caida de presidentes sin la ruptura formal del orden constitucional o la democracia.

La destitucion por un juicio politico de la presidenta Dilma Rousseff, en Brasil, ha sido el mas reciente de estos casos, y puede vislumbrase que no sera el ultimo. Vino a confirmar la actualidad de este fenomeno en Latinoamerica, caracterizado por nuevas formas de inestabilidad politica debido a conflictos o relaciones polarizadas entre el presidente y el Parlamento, cuando el gobierno enfrenta una correlacion de fuerzas desfavorable en el Congreso; o ante crisis politicas o sociales generadas por protestas contra medidas economicas o debido a graves denuncias sobre escandalos politicos o corrupcion, que llevan a deslegitimar la figura presidencial. Este fenomeno viene a significar la sustitucion de los tradicionales golpes de estado a cargo de militares, o con la anuencia de estos, por una suerte de <>, situacion latente cuando el presidente carece de una mayoria parlamentaria propia o la ha perdido.

Cabe recordar que hace ya algunas decadas, a proposito de las frecuentes crisis institucionales por graves conflictos y <> entre gobierno y Parlamento, que muchas veces llevaron a golpes de estado, se generaron debates academicos acerca de la posibilidad o conveniencia de sustituir en Latinoamerica el regimen presidencial por el parlamentario o semipresidencial (1). Aunque tales planteamientos no lograron mayor acogida politica, si se ha observado, en las constituciones de algunos paises, cierta tendencia a evolucionar hacia sistemas presidenciales <> o <>.

Como sabemos, el elemento central que caracteriza al regimen presidencial, y que lo diferencia del parlamentario, es que el presidente es elegido directamente por el voto popular y ejerce las funciones de jefe de Estado y de Gobierno. Ademas, el presidente carece de responsabilidad politica ante el Parlamento, por lo que solo puede ser acusado o destituido durante su mandato por la comision de delitos o graves infracciones constitucionales. Incluso en los regimenes presidenciales <> o <>, establecidos en algunos estados latinoamericanos, son los ministros quienes tienen responsabilidad politica ante el Parlamento y pueden perder el cargo si reciben el voto de censura o de falta de confianza a su gestion; pero esta responsabilidad politica nunca se extiende al presidente de la Republica.

En Latinoamerica, por lo general el juicio politico contra el presidente resulta procedente ante la imputacion de delitos de funcion o comunes, cometidos durante el ejercicio del cargo; por graves infracciones constitucionales o inconductas funcionales o morales. Mientras que la censura se refiere exclusivamente a los ministros o secretarios de Estado, y se origina por el cuestionamiento o la perdida de confianza del Parlamento respecto de la gestion ministerial, derivada de las decisiones u omisiones politicas en que incurren, sin que deba concurrir necesariamente la comision de algun delito o infraccion punible.

De alli que cuando en un regimen presidencial el juicio politico contra el presidente es utilizado, de manera explicita o encubierta, por motivaciones de indole esencialmente politica, sin que medie realmente la imputacion de delitos o graves infracciones constitucionales, podemos encontrarnos ante una desnaturalizacion o confusion (muchas veces deliberada) entre instituciones tan distintas como el juicio politico y la censura o voto de falta de confianza. Y es que si bien tanto el juicio politico como la censura son aprobados por el Parlamento, exigiendo su adopcion una mayoria calificada de votos de los parlamentarios (que suele ser de dos tercios o de la mitad mas uno) y que ambas conducen a la destitucion o perdida del cargo; se trata de dos instituciones de muy distinto contenido y alcances, mas aun cuando apreciamos su racionalidad funcional al interior de regimenes de tipo presidencial o parlamentario.

En consecuencia, cuando el juicio politico resulta instrumentalizado por una mayoria parlamentaria, para utilizarlo como un mecanismo para conseguir destituir e inhabilitar al presidente de la Republica, por motivos derivados del cuestionamiento a su gestion o desempeno politico, o simplemente por la perdida de respaldo en el Parlamento, se le estaria desnaturalizando y otorgando caracteristicas propias del voto de censura o falta de confianza contra al jefe de gobierno, lo que resulta impropio y anomalo en un regimen presidencial o, incluso, en uno presidencial racionalizado, porque en ellos el presidente carece de responsabilidad politica ante el Parlamento.

De este modo, la continuidad del presidente en el cargo para el que fue elegido, por el voto popular, para un periodo de gobierno de duracion predeterminada, podria llegar a depender fundamentalmente de que mantenga una mayoria parlamentaria favorable, o de que la oposicion no logre aglutinar una mayoria calificada de votos en su contra para aprobar el juicio politico o su destitucion por vacancia, sin que importe demasiado la causa. Con ello se produciria una seria modificacion de las reglas de juego propias del regimen presidencial, pues se habilitaria una suerte de <> o censura politica al presidente, asunto cuyas implicancias teoricas y practicas nos interesa analizar en el presente trabajo.

  1. Naturaleza y alcances del impeachment en el Reino Unido y los Estados Unidos de Norteamerica

    El impeachment britanico es un procedimiento parlamentario cuyos origenes algunos ubican en 1376, durante el reinado de Eduardo III (Eguiguren Praeli, 2007, p. 47), quien convoco a la Camara de los Comunes para obtener la aprobacion de subsidios y tributos ante la grave crisis economica que afrontaba el reino. Sin embargo, la discusion en el Parlamento se centro en la responsabilidad de algunos consejeros del rey en tal situacion, por razones imputadas a su gestion y actos de enriquecimiento individual indebido. Siendo que la aprobacion de los tributos requeria el consentimiento de los Comunes, se dice que estos lo condicionaron a la destitucion de los consejeros por el rey (p. 48), lo que finalmente se produjo.

    Teniendo en cuenta que en el regimen britanico el rey carece de todo tipo de responsabilidad penal, politica o ante las <>, la imposicion de responsabilidades a sus consejeros por los actos del monarca que respaldan o por sus propios actos, se enmarca historicamente en el paulatino proceso emprendido desde el Parlamento por ir limitando las atribuciones absolutas del soberano. Inicialmente esta responsabilidad parece vincularse con conductas de implicancia penal, como delitos y graves infracciones u ofensas (high crimes and misdemeanor, en ingles) (Gonzalez Hernandez, 2002, p. 35) donde la alta traicion, que podia ser sancionada hasta con la pena de muerte, era la imputacion mas caracteristica, cuyos alcances y limites no resultaban del todo precisados, por lo que en el periodo de mayor cantidad de impeachment, en el siglo XVI, se incorporan muchas acusaciones que podian vincularse con asuntos de indole politico o del cuestionamiento a la gestion del involucrado, cuya interpretacion correspondia al propio Parlamento. Como senala Cairo (2014), a lo largo del desarrollo del impeachment ingles las acusaciones fueron <> (p. 123), lo cual hacia que no exista una diferenciacion nitida entre la responsabilidad de tipo politico, por actos o decisiones de gestion o gobierno, y la responsabilidad penal, derivada de actos ilicitos o delictuales.

    Debe tenerse presente que si bien la Camara de Lores cumplia funciones de maximo tribunal jurisdiccional, lo que la habilitaba a imponer tambien penas, el impeachment se centraba principalmente en lograr la destitucion del cargo del funcionario y su eventual inhabilitacion temporal o perpetua para ejercer una funcion o empleo publico, sin perjuicio de la responsabilidad de indole criminal que pudiera eventualmente corresponderle. Pero cuando hacia el siglo XVII se habia consolidado el poder del Parlamento, surge la institucion de la responsabilidad politica de los miembros del gobierno (gabinete) ante el Parlamento, que habilita la censura del jefe de gobierno y los ministros y la consiguiente perdida del cargo...

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