1074 RES. Nº 041-2006-SUNASS-CD - Proyecto de resolución que modifica la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento"

Fecha de publicación17 Septiembre 2006
Fecha de disposición17 Septiembre 2006
NORMAS LEGALES
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328364 El Peruano
domingo 17 de setiembre de 2006
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 041-2006-SUNASS-CD
Lima, 12 de setiembre de 2006
VISTO:
El proyecto de Resolución de Consejo Directivo que
aprueba la modificación de la “Directiva sobre el
Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria,
Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios
de Saneamiento” aprobada por Resolución de Consejo
Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD y modificada por la
Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2005-SUNASS-
CD; con su correspondiente Exposición de Motivos.
CONSIDERANDO:
Que, el literal c) del artículo 3º de la Ley Marco de los
Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los
Servicios Públicos - Ley Nº 27332, modificada por la Ley
Nº 27631 y Ley Nº 28337, faculta a los Organismos
Reguladores a dictar en el ámbito de su competencia las
normas que regulen los procedimientos a su cargo;
Que, el artículo 5º del Reglamento de la SUNASS,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM,
establece que en virtud del Principio de Transparencia,
las decisiones de la SUNASS serán debidamente
motivadas y las decisiones normativas y/o reguladoras
serán prepublicadas para recibir opiniones de los
administrados;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º
del Reglamento General de la SUNASS;
El Consejo Directivo en Sesión Nº 017-2006;
HA RESUELTO:
Artículo Primero.- Aprobar la publicación del
proyecto de Resolución de Consejo Directivo que
modifica los artículos 15º, 20º, 29º, 34º, 39º, anexos I,
II, III, IV y V, y deroga los artículos 21º, 22º, 23º, 24º,
25º y 26º de la “Directiva sobre el Procedimiento de
Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias
y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento”
aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 033-
2005-SUNASS-CD y modificada por la Resolución de
Consejo Directivo Nº 047-2005-SUNASS-CD; así como
su Exposición de Motivos en el Diario Oficial El Peruano
y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe).
Artículo Segundo.- Otorgar a los interesados un
plazo de quince (15) días calendario contados desde el
día siguiente a la fecha de la publicación de la presente
Resolución para que presenten sus comentarios sobre
el proyecto señalado en el artículo anterior, en el local de
la SUNASS, ubicado en Av. Bernardo Monteagudo
Nº 210-216, Magdalena del Mar, o por vía electrónica a
grt@sunass.gob.pe.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de
Regulación Tarifaria de la SUNASS el acopio,
procesamiento y sistematización de los comentarios que
se presenten.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
Con la intervención de los señores consejeros Sergio
Salinas Rivas, Manuel Burga Seoane, Javier Prado Blas,
Víctor Antonio Maldonado Yactayo y Santiago Roca
Tavella.
SERGIO SALINAS RIVAS
Presidente del Consejo Directivo
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº XXX-2006-SUNASS-CD
Lima,
VISTO:
El Informe Nº XXX presentado por la Gerencia de
Regulación Tarifaria, referido a la evaluación de los
comentarios recibidos sobre el proyecto de Resolución
de Consejo Directivo que modifica la “Directiva sobre el
Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria,
Estructuras Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios
de Saneamiento” aprobada por Resolución de Consejo
Directivo Nº 033-2005-SUNASS-CD y modificada por la
Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2005-SUNASS-
CD, y su Exposición de Motivos.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 30º de la Ley Nº 26338, Ley General
de Servicios de Saneamiento, establece que corresponde
a la Superintendencia establecer la normatividad, los
procedimientos y las fórmulas para el cálculo de las
tarifas, conforme a lo dispuesto en la presente Ley y su
Reglamento;
Que, según lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley
Nº 27332, Ley Marco de Organismos Reguladores de la
Inversión Privada en los Servicios Públicos, y el artículo
19º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, Reglamento
General de la Superintendencia Nacional de Servicios
de Saneamiento, la SUNASS en ejercicio de su función
normativa puede dictar reglamentos, directivas, normas
y disposiciones de carácter general referidos a la
regulación tarifaria y sus mecanismos aplicación;
Que, los artículos 15º, 20º, 29º, 34º y 39º de la
“Directiva sobre el Procedimiento de Aprobación de la
Fórmula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de
Gestión en los Servicios de Saneamiento”, aprobada
mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2005-
SUNASS-CD y modificada por la Resolución de Consejo
Directivo Nº 047-2005-SUNASS-CD, establecen que la
publicación de la Convocatoria, el Proyecto de Resolución
de Aprobación de Fórmula Tarifaria y la Resolución Final
que da por concluido al Procedimiento de Aprobación de
Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de
Gestión deben ser publicados en el Diario Oficial El
Peruano, en un diario de mayor circulación en el ámbito
de la EPS, así como en la página web de la SUNASS;
Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27838, Ley de
Transparencia y Simplificación de los Procedimientos
Regulatorios de Tarifas, establece que la Resolución que
fija tarifas reguladas, su exposición de motivos, así como
toda Resolución que pudiera tener implicancia en dicho
proceso, deberá estar publicada en el Diario Oficial El
Peruano, bajo sanción de nulidad;
Que, el artículo 106º del Texto Único Ordenado del
Reglamento de la Ley General de Servicios de
Saneamiento prevé que al aprobarse las Fórmulas
Tarifarias se publicarán las correspondientes Metas de
Gestión en el Diario Oficial El Peruano y en el diario de
mayor circulación en el ámbito de la EPS;
Que, por medidas de austeridad y simplificación
administrativa, los costos por concepto de publicación
en un diario de mayor circulación en el ámbito de la EPS
respecto a la Convocatoria, Proyecto de Resolución y
Resolución que aprueba la Fórmula Tarifaria, Estructuras
Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de
Saneamiento, deben restringirse, en lo posible, a lo
previsto en el artículo 4º de la Ley de Transparencia y
Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de
SUNASS
Proyecto de resolución que modifica la "Directiva sobre el
Procedimiento de Aprobación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras
Tarifarias y Metas de Gestión en los Servicios de Saneamiento"
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