DECRETO SUPREMO N° 006-2010-MTC - Decreto Supremo que incorpora Disposición Complementaria Final al Reglamento de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) aprobado por D.S. N° 033-2009-MTC, modifica el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por D.S. N° 017-2009-MTC, el Reglamento de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por D.S. N° 025-2008-MTC y el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje aprobado por D.S. N° 017-2008-MTC

Fecha de disposición22 Enero 2010
Fecha de publicación22 Enero 2010
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 22 de enero de 2010
411648
VISTOS; El Of‌i cio Nº 011-2010-MTPE/4/9.230 de
la Of‌i cina de Racionalización; y el Of‌i cio Nº 039-2010-
MPTE/4/9.2 de la Of‌i cina de Planif‌i cación y Presupuesto y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-82-PCM, se
establece que los organismos de la Administración Pública de
nivel central formularán, ampliarán, evaluarán y actualizarán
políticas de gestión institucional y planes operativos
institucionales para orientar su gestión administrativa;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 379-2009-TR
de fecha 29 de diciembre de 2009, se aprobó el Presupuesto
Institucional de Apertura – PIA del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, correspondiente al año 2010;
Que el numeral 71.3 del artículo 71º de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece
que los Planes Operativos Institucionales, ref‌l ejan las Metas
Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año f‌i scal
y constituyen instrumentos administrativos que contienen
los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las
tareas necesarias para cumplir con las Metas Presupuestarias
establecidas para dicho período, así como la oportunidad de
ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;
Que, mediante documento de vistos, la Of‌i cina
de Planif‌i cación y Presupuesto ha propuesto para su
aprobación, el Plan Operativo Institucional del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo, correspondiente al
año 2010, el mismo que fue elaborado por la Of‌i cina de
Racionalización, en base a la información proporcionada
por las Unidades Orgánicas del Sector;
Con las visaciones de los Viceministros de Trabajo,
de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de los
Directores Generales de las Of‌i cinas de Planif‌i cación y
Presupuesto y Asesoría Jurídica; y,
De conformidad, con lo dispuesto por el numeral
8 artículo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; el numeral 71.3 del artículo 71º de la
Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto; el literal d) del artículo 12º del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Operativo Institucional
– POI 2010 del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo, el mismo que en anexo forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo 2º.- Las Unidades Orgánicas del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo, incluidos los programas y
proyectos, darán estricto cumplimiento al contenido del Plan
Operativo Institucional – POI 2010, bajo responsabilidad.
Artículo 3º.- La Of‌i cina de Racionalización de la
Of‌i cina de Planif‌i cación y Presupuesto, queda encargada
de efectuar el seguimiento y monitoreo de la programación
establecida en el Plan Operativo Institucional – POI 2010
en estrecha coordinación con las distintas dependencias
del Sector Trabajo y Promoción del Empleo.
Artículo 4º.- Disponer que el anexo de la presente
Resolución se publique en la página web del Ministerio de
Trabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob.pe
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUELA GARCÍA COCHAGNE
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
449277-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Decreto Supremo que deroga el Decreto
Supremo N° 004-2010-MTC
DECRETO SUPREMO
N° 005-2010-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
se declaró en situación de emergencia la prestación
del servicio de transporte terrestre público regular
interprovincial de pasajeros de ámbito nacional o regional
y el servicio de transporte público de mercancías, ante
la paralización de dichos servicios, y con el objeto de
asegurar su abastecimiento para la movilización de
las personas y el normal desarrollo de las actividades
económicas del país;
Que, asimismo se facultó la prestación de los servicios
antes citados, mediante permisos temporales con vigencia
en tanto se mantuviera la declaración de emergencia, en
los términos que el mismo dispositivo indica;
Que, como es de público conocimiento han concluido
las causas que motivaron la expedición del Decreto
Supremo Nº 004-2010-MTC, siendo en consecuencia
necesario derogar la citada norma;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del
27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; y
la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
DECRETA:
Artículo 1.- Derogación del Decreto Supremo Nº
004-2010-MTC
por las razones expuestas en la parte considerativa del
presente dispositivo.
Artículo 2.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún
días del mes de enero del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
449279-4
Decreto Supremo que incorpora
Disposición Complementaria Final al
Reglamento de la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, Carga
y Mercancías (SUTRAN) aprobado por
D.S. Nº 033-2009-MTC, modifica el
Reglamento Nacional de Administración
de Transporte, aprobado por D.S.
Nº 017-2009-MTC, el Reglamento de
Inspecciones Técnicas Vehiculares,
aprobado por D.S. Nº 025-2008-MTC y
el Reglamento de Placa Única Nacional
de Rodaje aprobado por D.S. Nº 017-
2008-MTC
DECRETO SUPREMO
Nº 006-2010-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte
y Tránsito Terrestre, en su artículo 23 establece
que corresponde al Ministerio de Transportes y
Comunicaciones dictar los reglamentos necesarios para
su implementación;
se aprobó el Reglamento Nacional de Administración

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