DECRETO SUPREMO N° 004-2012-DE - Aprueban el TUPA de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA

Fecha de disposición13 Noviembre 2012
Fecha de publicación13 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 13 de noviembre de 2012 478467
Nacional de Radio y Televisión del Perú, a Francia, Portugal
y España, del 13 al 20 de noviembre de 2012, para los f‌i nes
a los que se ref‌i ere la parte considerativa de la presente
Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo
a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y
Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle:
í Bernabe Valenzuela Tapia,
(Viáticos US$ 260.00 x 8 días) US$ 2,080.00
í Diego Viaña Rosa–Pérez,
(Viáticos US$ 260.00 x 8 días) US$ 2,080.00
í Wilder Cuipal Perea
(Viáticos US$ 260.00 x 8 días) US$ 2,080.00
í Jorge Luis López Eguren
(Viáticos US$ 260.00 x 8 días) US$ 2,080.00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se
autoriza por la presente Resolución, deberán presentar al
Titular de su Institución un informe detallado describiendo las
acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición
de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución
Suprema no dará derecho a exoneración de impuestos o de
derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
865509-3
Amplían la vigencia del Grupo de
Trabajo denominado “Mesa de Diálogo
para solucionar la problemática socio-
ambiental existente en la provincia de
Espinar”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 299-2012-PCM
12 de noviembre de 2012
VISTO:
El Of‌i cio Nº 2473-2012-MINAM/SG del Secretario
General del Ministerio del Ambiente; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 164-2012-PCM,
se formalizó la conformación del Grupo de Trabajo denominado
“Mesa de Diálogo para solucionar la problemática socio-
ambiental existente en la provincia de Espinar”, con el objeto
de promover el proceso de diálogo entre los diversos agentes
de los sectores público y privado sobre la problemática socio-
ambiental de la provincia de Espinar y analizar las alternativas
viables de solución a la misma;
Que, el artículo 10º de la Resolución Ministerial Nº 164-
2012-PCM, modif‌i cado por la Resolución Ministerial Nº 167-
2012-PCM, establece que el citado Grupo de Trabajo tendrá una
vigencia de cuatro (4) meses, contados desde su instalación;
Que, mediante el documento del visto, el Ministerio del
Ambiente en su calidad de responsable de la coordinación
de la presidencia colegiada de dicho Grupo de Trabajo, da
cuenta de los avances efectuados por los tres subgrupos de
trabajo relacionados con los temas de Desarrollo y Producción,
Responsabilidad Social y Ambiente. Estos avances están siendo
logrados sobre la base de un intenso trabajo multisectorial y
participativo en la provincia de Espinar – Cusco;
Que, mediante el documento antes mencionado, el
Ministerio del Ambiente también informa sobre los acuerdos
adoptados para atender las principales acciones en curso,
lo que determina la necesidad de considerar la ampliación
del plazo de funcionamiento a cada subgrupo de trabajo.
Estas acciones en curso están siendo dialogadas al interior
de los mencionados subgrupos de trabajo, así como de
la Secretaría Técnica, en la que están los representantes
de los Ministerios, Gobierno Regional, Gobierno Municipal
Provincial, Gobiernos Municipales Distritales, Sociedad
Civil y Empresa, y en la Presidencia Colegiada;
Que, en reunión de coordinación de los Viceministerios
de los sectores involucrados en el Grupo de Trabajo,
realizada el 05 de noviembre último, se abordaron las
prioridades de acción del Grupo de Trabajo y se concordó
en la necesidad de gestionar una ampliación del plazo de
funcionamiento para completar las acciones en curso, así
como para culminar la elaboración de los informes temáticos
y completar el Plan de Acción de Mediano y Largo Plazo;
por lo que solicita la ampliación de la vigencia de la citada
Mesa de Diálogo;
Que, en ese contexto y a f‌i n que el indicado Grupo
de Trabajo cumpla con el encargo conferido, resulta
conveniente disponer la ampliación de su vigencia;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y
Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado
por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único. – Ampliación de la vigencia del
Grupo de Trabajo
Ampliar la vigencia del Grupo de Trabajo denominado
“Mesa de Diálogo para solucionar la problemática socio-
ambiental existente en la provincia de Espinar”, por un
período de sesenta (60) días calendario adicionales al
vencimiento del plazo establecido en el artículo 10º de la
Resolución Ministerial Nº 164-2012-PCM, modif‌i cado por la
Resolución Ministerial Nº 167-2012-PCM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
865502-1
DEFENSA
Aprueban el TUPA de la Comisión
Nacional de Investigación y Desarrollo
Aeroespacial - CONIDA
DECRETO SUPREMO
N° 004-2012-DE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 37 de la Ley N° 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General, dispone la
obligatoriedad para todas las entidades de la Administración
Pública para aprobar y publicar sus correspondientes Textos
Únicos de Procedimientos Administrativos - TUPA;
Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM,
se aprobaron los lineamientos para la elaboración y
aprobación del TUPA y se establecieron las disposiciones
para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo;
se aprobó el formato del Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA, en el cual se establecen disposiciones
que facilitan el proceso de elaboración del referido documento
de gestión por parte de las Entidades Públicas;
Que, el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM -Texto Único
Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, tiene por f‌i nalidad promover la transparencia de los
actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso
a la información consagrado en el numeral 5 del artículo de
establece la metodología de Simplif‌i cación Administrativa
para la mejora de los procedimientos administrativos y
servicios prestados en exclusividad por las entidades de la
administración pública;
Que, es necesario aprobar el nuevo TUPA de
la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo

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