DECRETO SUPREMO N° 013-2012-ED - Aprueban el Reglamento de la Ley N° 29837, Ley que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo

Fecha de disposición28 Septiembre 2012
Fecha de publicación28 Septiembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 28 de setiembre de 2012
475456
aprueban, mediante Resolución, la desagregación de
los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente
norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5)
días calendario de la vigencia del presente dispositivo
legal. Copia de la Resolución será remitida dentro
de los cinco (5) días de aprobada a los organismos
señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artículo 1° del presente Decreto
Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad,
a f‌i nes distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4°.- Del Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de
Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete
días del mes de setiembre del año dos mil doce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
y encargado del Despacho del Ministerio de
Economía y Finanzas
ANEXO
TRANSFERENCIA DE PARTIDAS PARA EL FINANCIAMIENTO
DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA
UBIGEO PLIEGOS
HABILI-
TADOS
CODIGO
SNIP CODIGO
DGPP PROYECTOS DE
INVERSION MONTO
S/.
1211305 MUNICIPALIDAD
DISTRITAL
DE
OLLARAYA
191495 2.148807 MEJORAMIENTO
Y AMPLIACIÓN
DE LA GESTIÓN
INTEGRAL DE
LOS RESIDUOS
SÓLIDOS EN
LA CIUDAD DE
OLLARAYA,
DISTRITO DE
OLLARAYA,
PROVINCIA DE
YUNGUYO – PUNO
1,633,835
2220914 MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE
SHAPAJA
174588 2.136681 CONSTRUCCION
DE LA ALAMEDA
RECREACIONAL
EN EL DISTRITO
DE SHAPAJA
- SAN MARTIN -
SAN MARTIN
3,499,518
3200304 MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE
HUARMACA
172232 2.138746 CONSTRUCCION
DEL PUENTE
CARROZABLE
CUCHUPAMPA EN
LA LOCALIDAD
DE HUARMACA,
DISTRITO DE
HUARMACA -
HUANCABAMBA
- PIURA
1,095,739
TOTAL 6,229,092
847424-2
FE DE ERRATAS
DECRETO SUPREMO
N° 184-2012-EF
publicado en nuestra edición del día 22 de setiembre de
2012.
En el Artículo 1°
DICE:
DE LA:
...
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 64 218 320,00
---------------------
164 218 320,00
============
DEBE DECIR:
DE LA:
...
Gasto Corriente
2.0 Reserva de Contingencia 164 218 320,00
---------------------
164 218 320,00
============
847425-1
EDUCACION
Aprueban el Reglamento de la Ley
Nº 29837, Ley que crea el Programa
Nacional de Becas y Crédito Educativo
DECRETO SUPREMO
Nº 013-2012-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29837 se crea el Programa
Nacional de Becas y Crédito Educativo para el nivel
superior a cargo del Ministerio de Educación, encargado
del diseño, planif‌i cación, gestión, monitoreo y evaluación
de becas y crédito educativo, además de becas y
créditos educativos especiales destinados a atender las
necesidades del país así como a poblaciones vulnerables
o situaciones especiales;
Que, el Programa Nacional de Becas y Crédito
Educativo tiene por f‌i nalidad contribuir a la equidad en la
educación superior garantizando el acceso a esta etapa,
de los estudiantes de bajos recursos económicos y alto
rendimiento académico, así como su permanencia y
culminación;
Que, conforme a la Séptima Disposición
Complementaria Final de la referida Ley, su reglamento
debe ser aprobado mediante Decreto Supremo con
refrendo de los Ministros de Educación y de Economía y
Finanzas; y,
De conformidad con lo previsto en el inciso 8) del
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento
Apruébese el Reglamento de la Ley Nº 29837, Ley
que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito
Educativo, que consta de un (1) Título Preliminar, dos

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