RESOLUCION SUPREMA N° 653-2012-DE/ - Autorizan viaje de personal civil del Ejército a Argentina, en misión de estudios

Fecha de disposición08 Diciembre 2012
Fecha de publicación08 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 8 de diciembre de 2012 480305
autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza
el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 4°.- El personal autorizado deberá cumplir con
lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-
2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, relacionado con
la sustentación de viáticos.
Artículo 5°.- El personal autorizado, deberá cumplir con
presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad,
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince
(15) días calendario a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema, no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el
Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
876203-3
Autorizan viaje de personal civil del
Ejército a Argentina, en misión de
estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 653-2012-DE/
Lima, 7 de diciembre de 2012
VISTO:
La Hoja de Recomendación Nº 109/DIEDOC/C-5.c del
25 de setiembre de 2012, de la Dirección de Educación y
Doctrina del Ejército.
CONSIDERANDO:
Que, con el documento del visto, el señor General
de Ejército Comandante General del Ejército, aprobó la
recomendación de viaje al exterior en Misión de Estudios, de
la señora Servidora Línea de Carrera 2 Nivel VI Tecnólogo
Médico, VALDIVIESO MOGROVEJO Lily Yvonne y de la
señora Servidora Línea de Carrera 2 Nivel V Tecnólogo
Médico, MUÑANTE PACHAS Gladys Virginia del Comando
de Salud del Ejército - Hospital Militar Central, para que
realicen los cursos de Resonancia Cardiaca, Asesoramiento
Avanzado en Resonancia Magnética y Resonancia
Magnética Funcional en el Colegio de Licenciados en
Producción de Bioimagenes y Af‌i nes (COLIByA), en la
ciudad de Buenos Aires - República Argentina, en el periodo
comprendido del 10 al 21 de diciembre de 2012;
Que, es de interés institucional, autorizar el viaje
al exterior en Misión de Estudios de las mencionadas
profesionales de la Salud, para que participen en los
referidos cursos, toda vez que los conocimientos y
experiencias a adquirirse, permitirá tratar en forma ef‌i ciente
al personal militar, con los nuevos avances tecnológicos de
la medicina;
Que, el citado viaje en Misión de Estudios no se
encuentra previsto en el Plan Anual de Viajes al Exterior
del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con
Resolución Suprema Nº 014-2012 DE/ del 13 de enero
de 2012 y sus modif‌i catorias aprobadas con Resolución
Suprema N° 284-2012 DE del 21 de junio de 2012,
Resolución Suprema N° 384-2012 DE del 27 de agosto de
2012, y con Resolución Suprema N° 457-2012 DE del 28 de
setiembre de 2012; en razón a que se tomó conocimiento
del mismo con posterioridad a su aprobación y respectiva
modif‌i cación; sin embargo, en atención a los intereses del
Sector Defensa y la importancia del curso, resulta pertinente
expedir la presente autorización de viaje;
Que, los gastos serán cubiertos con cargo a la Fuente de
Financiamiento (F/F) de Recursos Ordinarios (R/O), saldos
no ejecutados del Presupuesto Institucional de Apertura
(PIA) de la Unidad Ejecutora N° 003 - Ejército del Perú de
conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N°
047-2002-PCM;
Que, el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19
de noviembre de 2009, en su Artículo 1°, inciso a), numeral
3, determina que las autorizaciones de viaje al extranjero
que irroguen gastos al Estado, del personal militar y civil,
serán aprobadas mediante Resolución Suprema;
De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento
aprobado con el Decreto Supremo N° 001-2011-DE/ del 29
de marzo de 2011, la Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2012; Ley Nº 27619 - Ley
que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores
y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con
el Decreto Supremo Nº 047 - 2002 - PCM del 05 de junio
de 2002, el Decreto Supremo Nº 002 -2004 -DE/SG del 26
de enero de 2004 y sus modif‌i catorias, que reglamentan
los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector
Defensa, el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de
noviembre de 2009 - que determina la jerarquía y uso de las
normas de carácter administrativo que se aplicarán en los
distintos órganos del Ministerio; y,
Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército
Comandante General del Ejército y a lo acordado por el
señor Ministro de Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de
Estudios a la señora Servidora Línea de Carrera 2 Nivel VI
Tecnólogo Médico, VALDIVIESO MOGROVEJO Lily Yvonne
identif‌i cada con Documento Nacional de Identidad Nº 25579754
y a la señora Servidora Línea de Carrera 2 Nivel V Tecnólogo
Médico, MUÑANTE PACHAS Gladys Virginia, identif‌i cada
con Documento Nacional de Identidad N° 15354456; para
que participen en los cursos de Resonancia Cardiaca,
Asesoramiento Avanzado en Resonancia Magnética y
Resonancia Magnética Funcional en el Colegio de Licenciados
en Producción de Bioimagenes y Af‌i nes (COLIByA), en la
ciudad de Buenos Aires - República Argentina, en el periodo
comprendido del 10 al 21 de diciembre de 2012.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a
los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos: Lima - Buenos Aires (República de
Argentina) - Lima (Clase económica)
US $ 750.00 x 02 personas $ 1,500.00
Viáticos
US $ 200.00 x 12 días x 02 personas $ 4,800.00
-------------
Total $ 6,300.00
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días
autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza
el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 4º.- El Personal Civil designado en Misión de
Estudios, deberá cumplir con presentar un informe detallado
ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas
y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de
los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de
retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la
sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º
del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.
Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por
el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
876203-4

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