RESOLUCION SUPREMA N° 089-2011-EM - Aprueban modificación de concesión definitiva de transmisión y Adenda N° 2 al Contrato de Concesión N° 154-99 presentada por Electronoroeste S.A.

Fecha de disposición06 Noviembre 2011
Fecha de publicación06 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 6 de noviembre de 2011 452829
Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-2005-EM,
publicada el 9 de enero de 2005, se aprobó la modif‌i cación
del Contrato de Concesión Nº 198-2002, modif‌i cándose
el diseño de la Central Hidroeléctrica Quitaracsa I, su
presupuesto y el plazo de ejecución de las obras;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 075-2005-
EM, publicada el 3 de diciembre de 2005, se aprobó la
modif‌i cación del Contrato de Concesión Nº 198-2002,
modif‌i cándose nuevamente el plazo de ejecución de las
obras;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 042-2007-
EM, publicada el 24 de octubre de 2007, se aprobó la
modif‌i cación del Contrato de Concesión Nº 198-2002,
modif‌i cándose una vez más el plazo de ejecución de
obras entre otros aspectos;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 029-2009-
EM, publicada el 22 de mayo de 2009, se aprobó la
modif‌i cación del Contrato de Concesión Nº 198-2002,
habiendo presentado Quitaracsa S.A. Empresa de
Generación Eléctrica, un Calendario Garantizado de
Ejecución de Obras, debiendo iniciarse éstas en febrero
de 2011, y su operación comercial en octubre de 2014;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 005-2010-EM,
publicada el 03 de febrero de 2010, se aprobó la transferencia
de la concesión a favor de ENERSUR S.A., asumiendo ésta
los derechos y obligaciones que correspondían a Quitaracsa
S.A. en el Contrato de Concesión Nº 198-2002;
Que, mediante el documento presentado el 03 de
diciembre de 2010, Enersur S.A. solicitó a la Dirección
General de Electricidad se apruebe la quinta modif‌i cación
del Contrato de Concesión Nº 198-2002, con el objeto
de hacer constar en el Contrato las modif‌i caciones
técnicas efectuadas al proyecto con la f‌i nalidad de
optimizar su posterior operación, sin alterar su potencia
y caudal de diseño, y respetando los plazos previstos
en el cronograma garantizado de ejecución de obras,
aprobado por Resolución Suprema Nº 029-2009-EM;
Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos
establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-
93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable
a que se ref‌i ere el Informe Nº 176-2011-DGE-DCE,
siendo procedente aprobar la quinta modif‌i cación del
Contrato de Concesión Nº 198-2002, según lo señalado
en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser
elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto
de la presente Resolución e inscribirla en el Registro de
Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos
del Registro de Propiedad Inmueble de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 7º y 56º del Reglamento de
Estando a lo expuesto de acuerdo con el Informe
Nº 176-2011-DGE-DCE y conforme con lo dispuesto en
el segundo párrafo del artículo 53º y en el artículo 54º
del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Viceministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la quinta modif‌i cación al Contrato
de Concesión Nº 198-2002, en los aspectos referidos a
los literales e), f), g) y h) del Anexo Nº 2, relacionados
a la ampliación del área de concesión; incorporación de
11 (once) planos adicionales al proyecto; y variación del
presupuesto de obras, respectivamente, por las razones y
fundamentos legales señalados en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Autorizar al Director General de
Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la quinta
modif‌i cación al Contrato de Concesión Nº 198-2002,
aprobado en el artículo 1º de la presente Resolución, y la
Escritura pública correspondiente.
Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución
Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública a que
dé origen la quinta modif‌i cación al Contrato de Concesión
Nº 198-2002.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54º del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá
ser publicada para su vigencia en el Diario Of‌i cial El
Peruano por una sola vez, y será notif‌i cada al concesionario
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha
publicación, conforme al artículo 53º del Reglamento de
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS HERRERA DESCALZI
Ministro de Energía y Minas
712735-4
Aprueban modificación de concesión
definitiva de transmisión y Adenda
N° 2 al Contrato de Concesión N° 154-99
presentada por Electronoroeste S.A.
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 089-2011-EM
Lima, 5 de noviembre de 2011
VISTO: El Expediente con código N° 14084398,
sobre la solicitud de modif‌i cación de concesión def‌i nitiva
de transmisión de energía eléctrica, presentada por
Electronoroeste S.A., persona jurídica inscrita en la Partida
N° 00110544 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona
Registral N° I, Sede Piura, de la Of‌i cina Registral de Piura:
CONSIDERANDO :
Que, mediante Resolución Suprema N° 106-99-EM,
publicada el 06 de agosto de 1999, se otorgó a favor de
Electronoroeste S.A. concesión def‌i nitiva para desarrollar
la actividad de transmisión de energía eléctrica, entre
otras, en la línea de transmisión 60 kV C.T. El Arenal -
S.E. Sullana la cual f‌i gura en el expediente, aprobándose
el Contrato de Concesión N° 154-99, elevado a Escritura
Pública el 30 de setiembre de 1999;
Que, mediante Resolución Suprema N° 029-2007-EM,
publicada el 19 de junio de 2007, se aprobó la modif‌i cación de
la concesión de la LT 60 kV S.E. Piura Oeste - S.E. Sullana,
suscribiéndose la modif‌i cación al Contrato de Concesión N°
154-99, elevado a Escritura Pública el 11 de setiembre de
2007;
Que, con fecha 14 de octubre de 2010, bajo el registro N°
2035501, Electronoroeste S.A. solicitó la modif‌i cación de la
concesión de la LT 60 kV S.E. El Arenal - S.E. Sullana, en el
aspecto referido a tres (03) variantes, ejecutadas a lo largo de
la mencionada línea, exponiendo como sustento la necesidad
de eliminar los diferentes puntos de riesgo existentes y
absolver las observaciones formuladas a dicha línea por
incumplimiento de las distancias de seguridad;
Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos
establecidos en el Decreto Ley 25844 Ley de Concesiones
Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo
N° 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable
a que se ref‌i ere el Informe N° 192-2011-DGE-DCE, siendo
procedente aprobar la modif‌i cación de concesión def‌i nitiva
de transmisión y la Adenda N° 2 al Contrato de Concesión N°
154-99, el mismo que deberá ser elevado a Escritura Pública
incorporando en éste el texto de la presente Resolución, e
inscribirlo en el Registro de Concesiones para la Explotación
de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7° y 56° del
Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del
artículo 53° y en el artículo 54° del Reglamento de la Ley
de Concesiones Eléctricas:
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE :
Artículo 1°.- Aprobar la modif‌i cación de concesión
def‌i nitiva de transmisión y la Adenda N° 2 al Contrato de
Concesión N° 154-99. presentada por Electronoroeste S.A.,

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