RESOLUCION SUPREMA N° 164-2010-JUS - Designan Procurador Público Adjunto del Ministerio de Educación

Fecha de publicación22 Agosto 2010
Fecha de disposición22 Agosto 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 22 de agosto de 2010 424257
Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional
e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal
Constitucional, órganos administrativos e instancias de
similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;
Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador
Público Adjunto Especializado en Delitos de Lavado de
Activos y Procesos de Pérdida de Dominio;
establece que es atribución del Consejo de Defensa
Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación
de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo;
Que, conforme al of‌i cio de visto, el Secretario Técnico
del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que
dicho Consejo ha propuesto designar al señor abogado
Héctor Aníbal Bejarano Lira como Procurador Público
Adjunto Especializado en Delitos de Lavado de Activos
y Procesos de Pérdida de Dominio, por lo que resulta
pertinente emitir el acto administrativo correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de
Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº
1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del
Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 017-2008-JUS; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al señor abogado Héctor
Aníbal Bejarano Lira como Procurador Público Adjunto
Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Procesos
de Pérdida de Dominio.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el
Ministro del Interior y el Ministro de Justicia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
OCTAVIO SALAZAR MIRANDA
Ministro del Interior
VÍCTOR GARCÍA TOMA
Ministro de Justicia
534046-11
Designan Procurador Público Adjunto
del Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 164-2010-JUS
Lima, 21 de agosto de 2010
VISTO, el Of‌i cio Nº 1510-2010-JUS/CDJE del
Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del
Estado;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se crea el
Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la f‌i nalidad
de fortalecer, unif‌i car y modernizar la defensa jurídica del
Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional
e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal
Constitucional, órganos administrativos e instancias de
similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones;
establece que es atribución del Consejo de Defensa
Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación
de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo;
Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador
Público Adjunto del Ministerio de Educación;
Que, conforme al of‌i cio de visto, el Secretario Técnico
del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que
dicho Consejo ha propuesto designar al señor abogado
José Mario Prada Córdova como Procurador Público
Adjunto del Ministerio de Educación;
Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto
correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de
Ley Orgánica del Sector Justicia, el Decreto Legislativo Nº
1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del
Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 017-2008-JUS; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al señor abogado José Mario
Prada Córdova como Procurador Público Adjunto del
Ministerio de Educación.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por
el Ministro de Justicia y por el Ministro de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
VÍCTOR GARCÍA TOMA
Ministro de Justicia
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación
534046-12
RELACIONES EXTERIORES
Modifican circunscripción de la Oficina
Consular del Perú en Rotherdam,
Holanda
DECRETO SUPREMO
N° 105-2010-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 172-88-RE,
del 28 de abril de 1988 se establece la circunscripción de
las Of‌i cinas Consulares del Perú en Holanda, Reino de los
Países Bajos, f‌i jándose para el Consulado en Rotterdam
circunscripción sobre las Provincias de Holanda del Sur,
Zeeland, Bravante Norte y Limburgo;
Que, a través de la Resolución Suprema Nº 307-96-
RE, del 14 de agosto de 1996, se crea el Consulado Ad
Honórem del Perú en Eindhoven, Reino de los Países
Bajos, con circunscripción en las Provincias de Zeeland,
Bravante del Norte y Limburg;
Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una
activa labor de protección y promoción de los intereses
y derechos de los peruanos, a través de un constante
apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas
en el exterior así como promover los intereses del país,
especialmente en el ámbito económico y cultural;
Que, la Embajada del Perú en La Haya ha solicitado
establecer una Sección Consular con circunscripción en
la ciudad de La Haya;
Con la opinión favorable de la Subsecretaría de
Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de
Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en La
Haya, Reino de los Países Bajos;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º
inciso 11) de la Constitución Política del Perú en los
artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR