RESOLUCION SUPREMA N° 631-2012-DE/ - Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Cuba, en comisión de servicios.

Fecha de disposición30 Noviembre 2012
Fecha de publicación30 Noviembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 30 de noviembre de 2012
479648
Disponen que las Fuerzas Armadas
asuman el control del Orden
Interno en tanto dure el Estado de
Emergencia en provincias y distritos
de los departamentos de Ayacucho,
Huancavelica, Cusco y Junín
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 630-2012-DE
Lima, 29 de noviembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 115-
2012-PCM de fecha 22 de noviembre de 2012,
resuelve prorrogar por el término de sesenta (60) días
calendario, a partir del 01 de diciembre de 2012, el
Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y
La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia
de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en
los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la
provincia de La Convención, del departamento del
Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de
Andamarca y Comas, de la provincia de Concepción
y, en los distritos de Santo Domingo de Acobamba
y Pariahuanca, de la provincia de Huancayo, del
departamento de Junín;
Que, conforme a lo dispuesto por el numeral 1) del
el Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas asumen
el control del orden interno si así lo dispone el Presidente
de la República;
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1095 de 1 de
setiembre de 2010, se estableció el marco legal que regula
los principios, formas, condiciones y límites para el empleo
y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en
cumplimiento de su función constitucional, mediante el
empleo de su potencialidad y capacidad coercitiva para
la protección de la sociedad, en defensa del Estado de
Derecho y a f‌i n de asegurar la paz y el orden interno en el
territorio nacional;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer que las Fuerzas Armadas
asuman el control del Orden Interno en tanto dure el
Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y
La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia
de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en
los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la
provincia de La Convención, del departamento del
Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de
Andamarca y Comas, de la provincia de Concepción
y, en los distritos de Santo Domingo de Acobamba
y Pariahuanca, de la provincia de Huancayo, del
departamento de Junín.
La Policía Nacional del Perú contribuirá al logro de
dicho objetivo en los departamentos, provincias y distritos
indicados en el párrafo anterior.
Artículo 2°.- La intervención de las Fuerzas Armadas
se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 1095, que establece las reglas de empleo
y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el
territorio nacional.
Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Defensa y por el Ministro
del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
WILFREDO PEDRAZA SIERRA
Ministro del Interior
872977-5
Autorizan viaje de oficiales de la Marina
de Guerra del Perú a Cuba, en comisión
de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 631-2012-DE/
Lima, 29 de noviembre de 2012
VISTO:
Ei Of‌i cio P.200-2015 del Director General del Personal
de la Marina, de fecha 4 de setiembre de 2012.
CONSIDERANDO:
Que, la Reunión Anual de la Red Operativa de
Cooperación Regional de Autoridades Marítimas
de las Américas (ROCRAM), es un organismo de
carácter regional, a través del cual las Autoridades
Marítimas, actúan integradamente en distintos planos
de cooperación por medio de un contacto fluido y
permanente;
Que, en la citada Reunión participan todas las
Autoridades Marítimas, con el propósito de analizar y
respaldar los avances logrados en el período transcurrido;
aprobar el programa de trabajos acordados; así como,
designar a la Autoridad Marítima que ejercerá las
funciones de la Secretaría General de la Red Operativa
de Cooperación Regional de Autoridades Marítimas de
las Américas (SECROCRAM), que tiene por f‌i nalidad
coordinar las actividades de las Autoridades Marítimas en
función a los objetivos y resoluciones que se adopten en
las citadas reuniones;
Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado
dentro de sus prioridades para el año 2012, la designación
y autorización de viaje de UN (1) Of‌i cial Almirante y UN
(1) Of‌i cial Superior para que participen en la mencionada
Reunión;
Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 5:
Representación Nacional en Organismos Internacionales,
ítem 24, Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior
del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado por
Resolución Suprema N° 014-2012-DE, de fecha 13 de
enero de 2012, y conforme a las modif‌i caciones aprobadas
con Resolución Suprema N° 284-2012-DE, de fecha 21
de junio de 2012, Resolución Suprema N° 384-2012-DE,
de fecha 27 de agosto de 2012 y Resolución Suprema N°
457-2012-DE, de fecha 28 de setiembre de 2012;
Que, resulta conveniente para los intereses
institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio del Vicealmirante Edmundo Luis Enrique
DEVILLE Del Campo y del Capitán de Navío Pedro
Nolasco TERRY Guillen, para que participen en la XVI
Reunión Ordinaria de Autoridades Marítimas de la Red
Operativa de Cooperación Regional de Autoridades
Marítimas de las Américas (ROCRAM), a realizarse en
la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 10 al
14 de diciembre de 2012; por cuanto los conocimientos
y experiencias a adquirirse redundarán en benef‌i cio de la
Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de
la Marina de Guerra del Perú;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional del Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora
004; Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el
Artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de
fecha 5 de junio de 2002;
De conformidad con la Ley N° 29605 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-
2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley N° 29812
- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2012; la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de
Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos
y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N°
047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto
Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de
2004 y sus modif‌i catorias, que reglamentan los Viajes al
Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el
Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de
noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de

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