SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RESOLUCION Nº 1269-2007 - Autorizan a El PacIfico Vida CompañIa de Seguros y Reaseguros S.A. la apertura y traslado de oficinas ubicadas en las ciudades de Piura y Chiclayo RESOLUCION Nº 1269-2007

Fecha de disposición03 Octubre 2007
Fecha de publicación03 Octubre 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 3 de octubre de 2007
354656
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina de Registro
de Estado Civil que funciona en la
Comunidad Nativa Anapate, provincia
de Satipo
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 831-2007-JNAC/RENIEC
Lima, 26 de setiembre de 2007
VISTO: el Informe 001552-2007/SGREC/GOR/
RENIEC, de la Subgerencia de Registros del Estado Civil
y el Informe Nº 001112-2007-GAJ/RENIEC, emitido por la
Gerencia de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el
cual regula la inscripción de los hechos relativos al estado
civil de las personas, y acorde con ello el Artículo 11º de
la misma norma, precisa que las Ocinas Registrales
se encuentran encargadas del procedimiento registral
y demás funciones inherentes al Registro de Estado
Civil, encargándose a la Jefatura Nacional la creación y
autorización de las que fueren necesarias;
Que, el Artículo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece
que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una
Ocina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al
matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Artículo 262º
del Código Civil señala que éste se tramita y celebra ante un
Comité Especial, el que debe estar constituido por la autoridad
educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquía
de la respectiva comunidad, el cual será presidido por el
directivo de mayor jerarquía;
Que, la Subgerencia de Registros del Estado Civil,
a través del Informe Nº 001552-2007/SGREC/GOR/
RENIEC, señala que la Comunidad Nativa Anapate no ha
presentado Acta de Conformación de Comité Especial, a
que se reere el considerando precedente;
Que, la Ocina Registral que funciona en la Comunidad
Nativa a que se reere el informe del visto, ha formalizado
expediente de regularización de Ocina Registral, el mismo
que se encuentra debidamente visado por la Subgerencia
de Registros del Estado Civil, por lo que corresponde la
aprobación de la delegación de funciones, que establezca
la vinculación funcional respectiva;
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº
26497, y el Reglamento de Organización y Funciones de
la Institución;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la
delegación de las funciones registrales establecidas en
los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Artículo 44º de la
Ley Nº 26497, así como las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante la delegación a que se
reere la parte considerativa de la presente Resolución,
a la Ocina de Registro de Estado Civil que funciona en
la Comunidad Nativa Anapate, Distrito de Río Tambo,
Provincia de Satipo, Departamento de Junin.
Artículo 2º.- El Jefe de la Ocina de Registro de Estado
Civil que funciona en la Comunidad Nativa mencionada en
el artículo precedente, queda encargado de las funciones
registrales cuya delegación se autoriza; así como de las
acciones administrativas que correspondan, para llevar
adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la
normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión
y control del Registro Nacional de Identicación y Estado Civil.
Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Subgerencia
de Registros del Estado Civil, proporcionará los libros de
nacimiento y defunción, a la Ocina de Registro de Estado
Civil que funciona en la Comunidad Nativa Anapate, cuya
delegación de facultades registrales se aprueba con la
presente Resolución; así como también corresponderá
a dicha Subgerencia, orientar e impartir instrucciones
a ésta, a n que el procedimiento registral se realice en
concordancia con las normas legales, reglamentarias
y administrativas, que regulan las inscripciones en los
Registros de Estado Civil.
Artículo 4º.- Asimismo, la Subgerencia de Registros del
Estado Civil proveerá del respectivo libro de matrimonio,
a la Ocina de Registro de Estado Civil que funciona en
la Comunidad Nativa Anapate, cuando ésta cumpla con
remitir copia del Acta de Asamblea Comunal, mediante
el cual se ha conformado el Comité Especial, a que hace
referencia el Artículo 262º del Código Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
114715-4
MINISTERIO PUBLICO
Dan por concluidos nombramientos
de magistrados en el Despacho de la
Segunda Fiscalía Provincial Mixta del
Módulo Básico de Justicia de Villa
María del Triunfo
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 1171-2007-MP-FN
Lima, 2 de octubre de 2007
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, por necesidad de servicio y estando a las
facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del
doctor Carlos Eduardo Saavedra Avila, como Fiscal Provincial
Provisional del Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de
la Segunda Fiscalía Provincial Mixta del Módulo Básico de
Justicia de Villa María del Triunfo; materia de la Resolución
N° 800-2006-MP-FN, de fecha 27 de junio del 2006.
Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento
de la doctora Nancy Rosa Angeludis Tomassini, como Fiscal
Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima,
en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Mixta del
Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo; materia
de la Resolución N° 800-2006-MP-FN, de fecha 27 de junio
del 2006.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
Resolución, a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial
de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos
Humanos, Gerencia de Registro Fiscales y a los Fiscales
mencionados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA
Fiscal de la Nación
115635-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a El Pacífico Vida Compañía
de Seguros y Reaseguros S.A. la apertura
y traslado de oficinas ubicadas en las
ciudades de Piura y Chiclayo
RESOLUCIÓN SBS Nº 1269-2007
Lima, 20 de setiembre de 2007

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