Suministros y concesiones

AutorJuan Carlos Cassagne
Páginas651-657
Sección 1a
EL CONTRATO DE SUMINISTRO
1. OBJETO Y CARACTERES
Laguradelcontratodesuministro—cuyaantigüedadseremontaalosalbores
del derecho administrativo1—comprendeaquelloscontratos quetienenpor
objeto la provisión de bienes muebles necesarios para la Administración Pública
(en sentido material) que ésta encarga a un particular y que éste acepta entregar
mediante el pago de un precio determinado2.
Se trata de una especie contractual típica del derecho administrativo que no
siemprecoincideconlaguradelacompraventaprivada(que,encualquiercaso,
no se aplica en subsidio sino por analogía) dado que puede comprender supuestos
en los que el contratista asuma la obligación de fabricar los bienes objeto de la
provisión que le encarga la Administración.
De todas maneras, como todo contrato administrativo, el de suministro está
sujeto al régimen administrativo integrado por prerrogativas públicas como por
un conjunto de garantías, según se ha explicado al abordar la parte general de la
contratación administrativa.
Entre sus caracteres principales debe señalarse que, en principio, el contrato
de suministro es bilateral, consensual (salvo que la normativa exija requisitos
formales) y conmutativo, pudiendo ser las respectivas prestaciones de ejecución
instantánea o sucesiva.
En cuanto a las cosas muebles que constituyen el objeto de la prestación
ellas pueden ser fungibles o no, consumibles o no consumibles3, divisibles o
indivisibles.
1 POZO GOWLAND, Héctor, “Contrato administrativo de suministro”, LL 2004-A, 867.
2 MARIENHOFF, Miguel S., Tratado de Derecho Administrativo, T° III-B, 4° ed., Abeledo Perrot,
Buenos Aires, 1994, p. 662 y ss.
3 MARIENHOFF, Miguel S., Tratado de Derecho Administrativo, cit., T° III-B, p. 665.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR