1028 039-2006-EF/94.45 - Disponen la exclusión de "Bonos Subordinados convertibles en acciones comunes del Banco Sudamericano serie 2002", del Registro Público del Mercado de Valores

Fecha de publicación23 Julio 2006
Fecha de disposición23 Julio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
domingo 23 de julio de 2006 324783
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a la inscripción de los valores mobiliarios objeto de oferta
pública en el Registro Público del Mercado de Valores y
el registro de los prospectos informativos
correspondientes, deben ser difundidas a través del
Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano
y de la página de CONASEV en Internet; y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y
siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley del
Mercado de Valores, así como a lo establecido por el
Directorio de CONASEV, reunido en sesión del 18 de
diciembre de 2000, que faculta al Gerente de Mercados
y Emisores a disponer la inscripción en el Registro Público
del Mercado de Valores de los valores cuya emisión por
oferta pública tenga opinión favorable de la
Superintendencia de Banca y Seguros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Inscribir los bonos de arrendamiento
financiero denominados “Bonos de Arrendamiento
Financiero del Banco Interamericano de Finanzas -
Octava Emisión” del Banco Interamericano de
Finanzas por un monto máximo de Veinte Millones y
00/100 Dólares de los Estados Unidos de América
(US$ 20 000 000,00) y registrar el prospecto
informativo correspondiente en el Registro Público del
Mercado de Valores.
Artículo 2º.- La oferta pública de los bonos a que
se refiere el artículo 1º de la presente Resolución
deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el
artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del
Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de
Valores Mobiliarios.
La colocación de los valores a que se refiere el artículo
1º de la presente Resolución deberá efectuarse dentro
de un plazo que no exceda de nueve (9) meses contados
a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público
del Mercado de Valores. Este plazo podrá prorrogarse, a
petición de parte, hasta por un período igual. Para tales
efectos, la solicitud de prórroga deberá presentarse antes
del vencimiento del plazo de colocación.
Asimismo, se deberá cumplir con presentar a
CONASEV la documentación e información a que se
refieren los artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta
Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios.
Artículo 3º.- La inscripción y el registro a que se
refiere el artículo 1º de la presente Resolución no implican
que CONASEV recomiende la inversión en los valores u
opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio.
Los documentos e información para una evaluación
complementaria están a disposición de los interesados
en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 4º.- La presente resolución debe ser
publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página de
CONASEV en Internet.
Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución al
Banco Interamericano de Finanzas, en su calidad de
emisor, de entidad estructuradora y agente colocador; al
Scotiabank Perú S.A.A., en su calidad de representante
de obligacionistas; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de
Valores de Lima S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HÉCTOR VALENTÍN HURTADO
Gerente de Mercados y Emisores
Comisión Nacional Supervisora de
Empresas y Valores
00146-1
Disponen la exclusión de "Bonos
Subordinados convertibles en acciones
comunes del Banco Sudamericano serie
2002" del Registro Público del Mercado
de Valores
RESOLUCIÓN GERENCIAL
Nº 039-2006-EF/94.45
Lima, 19 de julio de 2006
VISTOS:
El Expediente Nº 2006018158, presentado por la
Bolsa de Valores de Lima, así como el Informe Interno
Nº 317-2006-EF/94.45.2 del 18 de julio de 2006;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Gerencial Nº 019-2003-
EF/94.45, del 19 de marzo de 2003, se dispuso la
inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores
de los “Bonos Subordinados convertibles en acciones
comunes del Banco Sudamericano serie 2002”;
Que, mediante escrito presentado el 3 de julio de
2006, Scotia Perú Holdings S.A. (antes, Banco
Sudamericano S.A.) solicitó a la Bolsa de Valores de
Lima S.A. el deslistado de los “Bonos Subordinados
convertibles en acciones comunes del Banco
Sudamericano serie 2002”, del Registro de Valores de la
Bolsa de Valores de Lima, así como su exclusión del
Registro Público del Mercado de Valores;
Que, mediante carta GE-162/06 del 4 de julio de 2006, la
Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su
decisión de admitir el deslistado de dichos valores y de elevar
el expediente ante CONASEV para los fines pertinentes;
Que, el artículo 37º inciso b) de la Ley de Mercado de
Valores establece que la exclusión de un valor del Registro
Público del Mercado de Valores tiene lugar por resolución
fundamentada de CONASEV, cuando se produce la
extinción de los derechos sobre el valor, por
amortización, rescate total u otra causa;
Que, el artículo 38º de la Ley Mercado de Valores, en
concordancia con el artículo 32º del Reglamento de
Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores
por Exclusión, dispone que la exclusión de un valor del
Registro Público del Mercado de Valores genera la
obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra;
Que, no obstante lo señalado en el considerando
precedente, la exclusión del Registro Público del Mercado
de Valores de los “Bonos Subordinados convertibles en
acciones comunes del Banco Sudamericano serie 2002”,
se encuentra dentro de la causal de excepción a la realización
de una Oferta Pública de Compra, contemplada en el artículo
37º, inciso a), del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición
y de Compra de Valores por Exclusión;
Que, el artículo 2º, numeral 2), de las Normas
Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones
Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV,
establece que las resoluciones administrativas referidas
a la inscripción de valores mobiliarios objeto de oferta
pública y la exclusión de éstos del Registro Público del
Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del
Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano
y de la página de CONASEV en Internet; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 52º del
Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores
y el acuerdo del Directorio de CONASEV adoptado el 18
de diciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de
Mercados y Emisores a disponer la exclusión de valores
del Registro Público del Mercado de Valores;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de
los “Bonos Subordinados convertibles en acciones
comunes del Banco Sudamericano serie 2002” del
Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima.
Artículo 2º.- Disponer la exclusión del Registro
Público del Mercado de Valores de los valores señalados
en el artículo anterior.
Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario
Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en Internet.
Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a
Scotia Perú Holdings S.A., a la Bolsa de Valores de Lima
S.A. y a Cavali ICLV S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HÉCTOR VALENTÍN HURTADO
Gerente de Mercados y Emisores
Comisión Nacional Supervisora de
Empresas y Valores
00266-1

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