Status quaestionis: la crisis del sistema de administración de justicia penal

AutorMercedes Herrera
Páginas27-48
Capítulo i
STATUS QUAESTIONIS: LA CRISIS DEL SISTEMA
DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PENAL
1. PANORAMA GENERAL
En las últimas décadas los sistemas de enjuiciamiento criminal de
los países de tradición continental han experimentado una serie
de reformas, muchas de las cuales han constituido un acercamiento
al sistema de partes americano. En Europa, se aprecia asimismo una
tendencia a la derogación del juicio oral, público y contradictorio, que
en los últimos 200 años ha sido el centro de la decisión acerca de la
responsabilidad penal del acusado y la única etapa idónea para otorgar
fundamentos ala decisión judicial de condena1.
Estos cambios están estrechamente vinculados a la evolución
del Derecho Penal material, el cual ha ampliado vertiginosamente su
ámbito de intervención.
La actual situación por la que atraviesa el Derecho Penal, a la que
Silva Sánchez2ha calicadocomo“laexpansióndelDerechoPenal”
no puede atribuirse únicamente al legislador, sino también a las trans-
formacionesproducidasenlaconguracióndelasociedadylaconsi-
guientemodicacióndelpapeldelDerechoPenaldentrodeaquella3.
1 Vid. Schünemann, Bernd. “Zur Kritik des amerikanischen Strafprozessmodells”
in FS für Gerhard Fezer zum 70. Geburstag am 29. Oktober 2008, De Gruyter
Recht, Berlin, 2008, p. 570 y ss.
2 Vid. Silva Sánchez, JeSúS-maría. La expansión del Derecho Penal. Aspectos de la
Política Criminal en las sociedades postindustriales. Editorial B de f, Montevideo-
Buenos Aires, 2011.
3 Ibídem, p. 21-22.
Mercedes Herrera
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En la sociedad post-industrial o sociedad de riesgo en la que hoy
nos encontramos se postula que la ampliación de la intervención estatal
a través del Derecho Penal es la solución mínima que puede y debe
ofrecerse a la ciudadanía4. Este “Derecho Penal moderno” asume como
nalidadprimordialbrindarseguridadfrentealos peligrospropios
de una sociedad de riesgo y tiende cada vez más hacia la prevención5.
Pero este cambio no sólo afecta al principio de ultima ratio, sino también
a otras garantías penales y procesales6.
De otra parte, la aceptación de la que gozaron las penas privativas
delibertaddurante lossiglosXIXyXXhadecaído;hoyesfrecuente
el rechazo de las penas privativas de libertad de larga duración y la
defensa de su sustitución por otras7. También en una línea crítica
frente al Derecho Penal moderno, Baratta propone un Derecho Penal
mínimo o garantista que tome en cuenta a los derechos humanos como
instrumentos de limitación del mismo8.
En la segunda mitad del siglo XX, con el surgimiento de un movi-
miento relativo a la reparación y mediación, se propone la reparación
como vía que sustituye la pena o la atenúa9.Así,actualmentesedeende
un Derecho Penal de tres vías en tanto se postula que la reparación
4 Vid. Quintero olivareS, Gonzalo. “La progresiva renuncia a la prisión y la
respuesta ante el delincuente violento y peligroso” en tamarit Sumalla, JoSep
(Coord). Las sanciones penales en Europa. Derecho y proceso penal. Revista Aran-
zandi de monografía. Thomson Reuters. 1era ed., Pamplona, 2009, p. 114-115.
5 Vid. haSSemer, Winfried. Sicherheit durch Strafrecht“ en HRRS. Onlinezeitschrift
für Höc hstrichterli che Rechtsprechung im Strafrecht. ed. 4/2006, Año 7, p. 132 y ss.
6 Vid. pérez cepeda, ana iSaBel. “De la sociedad neoliberal del riesgo a la expan-
sión del Derecho Penal” en muñoz conde, franciSco (Dir.)Problemas actuales
del Derecho Penal y de la criminología. Tirant lo blanch, Valencia, 2008, p. 163.
7 Vid. landrove díaz, Gerardo. Las consecuencias jurídicas del delito. 6ta ed., Tecnos,
Madrid, 2005, p. 57 y ss.
8 Vid. Baratta, aleSSandro. “Jenseits der Strafe-Rechtsgüterschutz in der Risi-
kogesellschaft. Zur Neubewertung der Funktionen des Strafrechts” en haft,
fritJof; haSSemer, Winfried; neumann, ulfrid (Edit.) Strafgerechtigkeit. FS für
Arthur Kaufmann zum 70. Geburstag. C.F.Müller;Heildeberg,p.393-416.
9 Vid. BarJa de QuiroGa, JacoBo lópez. “El papel del Derecho Penal en la segunda
modernidad”. 2006, en VV. AA Derecho y Justicia penal en el siglo XXI. Liber
amicorum en homenaje al profesor Antonio González-Cuellar García. Colex, 2006, p.
336. Vid. vicente remeSal, Javier. De “La consideración de la víctima a través de
la reparación del daño en el Derecho Penal español: posibilidades actuales y
perspectivas de futuro” en Silva Sánchez, JeSúS-maría. (edit.) Política criminal
y nuevo Derecho Penal. Libro homenaje a Claus Roxin. JM Bosch, 1997, p. 173.

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