Sostenibilidad y subsidios en las tarifas de agua y alcantarillado de SeDAPAL: hoja de ruta para su mejora

AutorCarlos Alza Barco
CargoAbogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas257-263
Sostenibilidad y subsidios en las Tarifas de Agua y Alcantarillado
de SEDAPAL: hoja de ruta para su mejora
Carlos Alza Barco
257Círculo de Derecho Administrativo
* Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Master of Science in Regulation por The London School of Economics
and Political Science. Docente en la especialidad de Ciencia Política y Gobierno de la facultad de Ciencias Sociales de la
Pontificia Universidad Católica del Perú.
** Elaborado por los abogados Rossmery Romero y José Luis Coto, miembros del Equipo de Regulación de PAR- Instituto de Políticas
Públicas, Regulación y Desarrollo, bajo la dirección de los Magíster en Regulación, Ernesto Peña y Carlos Alza.
1 A nivel nacional el TC se ha pronunciado hasta en tres oportunidades sobre el derecho humano al agua, remarcando su
reconocimiento y llenándolo de contenido. Así, de manera cronológica, ha emitido las siguientes sentencias: sentencia
correspondiente al Expediente N° 2064-2004-AA/TC del 22 de julio de 2005, sentencia correspondiente al Expediente N°
6546-2006-PA/TC del 21 de diciembre de 2007 y sentencia correspondiente al Expediente N° 06534-2006-PA/TC del 22 de
febrero de 2008. A nivel internacional los avances se han dado con la emisión de la Observación General 15 del Comité de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/64/L.63/Rev. 1
del 26 de julio de 2010 en la que se reitera el reconocimiento de la importancia del derecho humano al agua y saneamiento, y
la correspondiente obligación de los Estados de promover su cumplimiento
2 Como muestra de la gran intensidad de capital que requiere el sector de provisión de agua, en Estados Unidos se ha calculado
que la relación entre las inversiones de capital requeridas y las ganancias de este sector son el doble que las del gas natural y
un 70% adicional que los sectores de telecomunicaciones y electricidad (Winpenny 2003: 10).
Sostenibilidad y subsidios en las tarifas de agua y
alcantarillado de SEDAPAL: hoja de ruta para su
mejora
Carlos Alza Barco* **
SUMILLA
El problema del agua potable y alcantarillado en nuestro país, a pesar de los considerables avances
que se han producido en este campo en los últimos años, continúa siendo un problema latente en
muchas regiones de nuestro país. En ese sentido, el presente artículo tiene como finalidad presentar
un análisis a cerca de los verdaderos alcances que han tenido las medidas implementadas por
SEDAPAL (la regulación de la tarifa media y la estructura tarifaria implementada), para luego
presentar una serie de recomendaciones que permitirán mejorar la calidad del servicio.
I. Introducción
El agua se reconoce como uno de aquellos
recursos a los cuales todas las personas deberían
poder acceder con independencia de sus
circunstancias. No existe verdadera libertad sin
acceso al agua; relación que se manifiesta de
manera clara en el reconocimiento del derecho al
agua como un derecho humano1. Sin embargo,
dotar a las personas de un acceso confiable a una
fuente de agua precisa de grandes inversiones2.
Además, como todo Servicio Público, el agua
y saneamiento también supone gastos que
necesitan ser sufragados a través del cobro de
tarifas a sus usuarios.
En este documento de trabajo sostendremos
que en SEDAPAL, la manera de conciliar los
requerimientos de equidad con los de capital dista
mucho de lograr cualquiera de los dos objetivos.
Para tal efecto, centramos nuestro análisis en el
impacto de la regulación de la tarifa media y la
estructura tarifaria para demostrar cómo ninguna
de ellas logra los propósitos que expresamente se
le han señalado.
Así, por un lado, la tarifa media, que debe
cubrir los precios de la prestación del servicio,
inversiones y asegurar un retorno sobre el capital;
comparada con indicadores internacionales,
arrojan un monto que, en el mejor de los casos,
permitirían cubrir los costos de operación,
mantenimiento y algunas escasas inversiones.
Por otro lado, la estructura tarifaria, que ordena
a los usuarios según su nivel de consumo y el
destino del recurso (residencial – no residencial),
para establecer un pago diferenciado, pierde
completamente su razón de ser al no discriminar

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