40 0616-2002-MITINCI/VMT/DNT 0617-2002-MITINCI/VMT/DNT - Autorizan e inscriben modelos de máquinas tragamonedas solicitados por Aristocrat Inc. y Atronic International GmbH
Fecha de publicación | 22 Junio 2002 |
Fecha de disposición | 22 Junio 2002 |
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 22 de junio de 2002
el Artículo 10º de la Ley Nº 27153 y las demás
disposiciones legales que resulten aplicables, los si-
guientes modelos de máquinas tragamonedas:
B0000001 a B0000157.
Artículo 3º.- El plazo de vigencia de la autorización otor-
gada será desde el día de su publicación hasta el 15 de
julio del 2003.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL ANTONIO ZAMORA S.
Director Nacional de Turismo
11051
Autorizan e inscriben modelos de má-
quinas tragamonedas solicitados por
Aristocrat Inc. y Atronic International
Gmbh
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0616-2002-MITINCI/VMT/DNT
Lima, 12 de junio del 2002
Visto, el Expediente Nº 006750-2002-MITINCI presen-
tado por la empresa Aristocrat Inc., en el que solicita au-
torización y registro de un (1) modelo de máquinas traga-
monedas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explota-
ción de los juegos de casino y máquinas tragamone-
das, estableciéndose en el Artículo 11º que los mode-
los de máquinas tragamonedas cuya explotación es
permitida en el país son aquellos que cuentan con au-
torización y registro;
Que, el Artículo 10º del Reglamento de la Ley Nº
27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-
ITINCI, establece la información y documentación que
deben presentar los interesados en obtener la autori-
zación y registro de los modelos de máquinas traga-
monedas;
Que, por su parte, el Artículo 12º del citado Reglamen-
to señala que los modelos de máquinas tragamonedas y
las memorias de sólo lectura de los programas de juego
deberán someterse con anterioridad a su autorización y
registro, a un examen técnico ante una Entidad Autoriza-
da, la cual expedirá un Certificado de Cumplimiento que
acreditará que el modelo o las memorias que componen el
programa de juego, según sea el caso, cumplen con los
requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Di-
rectivas;
Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumpli-
miento de fecha 26.12.2001, expedido por la empresa au-
torizada Gaming Laboratories International Inc, y verifica-
do los requisitos técnicos de la máquina tragamonedas cuya
autorización y registro solicita, se tiene que cumple con lo
dispuesto en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-
2000-ITINCI;
Que, de la evaluación de la documentación e informa-
ción adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido
con las disposiciones legales aplicables para acceder a la
solicitud presentada;
De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supre-
mo Nº 001-2000-ITINCI y el Procedimiento Nº 25 del
T.U.P.A. del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 009-2002-ITINCI, estando a lo opinado en los Informes
Técnico Nº 120-2002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/JYM y
Legal Nº 199-2002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-
APD;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar e inscribir el modelo de má-
quina tragamonedas que se señala a continuación:
Nº de Registro B0000178
Código del Modelo MAV 500
Nombre del Fabricante Aristocrat Technologies Australia PTY Limi-
ted
Nacionalidad del fabricante Australia
Descripción Esta es una máquina tragamonedas de video
y de cuerpo vertical, con un monitor de (18”)
pulgadas y una caja superior de casino Nº
572800. Cuenta con aceptador de monedas
y de billetes. No tienen una palanca lateral ni
monitor de tacto. Esta máquina puede formar
parte de un carrusel. El nombre comercial es
MKV
Dimensiones del Modelo Alto :133.00 cm
Largo :55.00 cm
Ancho :50.00 cm
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL ANTONIO ZAMORA S.
Director Nacional de Turismo
11052
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0617-2002-MITINCI/VMT/DNT
Lima, 12 de junio del 2002
Visto, el Expediente Nº 010454-2002-MITINCI presen-
tado por la empresa Atronic International GMBH, en el
que solicita autorización y registro de un (1) modelo de
máquinas tragamonedas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación
de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta-
bleciéndose en el Artículo 11º que los modelos de máqui-
nas tragamonedas cuya explotación es permitida en el país
son aquellos que cuentan con autorización y registro;
Que, el Artículo 10º del Reglamento de la Ley Nº 27153,
aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, esta-
blece la información y documentación que deben presen-
tar los interesados en obtener la autorización y registro de
los modelos de máquinas tragamonedas;
Que, por su parte, el Artículo 12º del citado Reglamento
señala que los modelos de máquinas tragamonedas y las
memorias de sólo lectura de los programas de juego debe-
rán someterse con anterioridad a su autorización y registro,
a un examen técnico ante una Entidad Autorizada, la cual
expedirá un Certificado de Cumplimiento que acreditará que
el modelo o las memorias que componen el programa de
juego, según sea el caso, cumplen con los requisitos esta-
blecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas;
Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumpli-
miento de fecha 22.02.2002, expedido por la empresa au-
torizada Gaming Laboratories International Inc, y verifica-
do los requisitos técnicos de la máquina tragamonedas cuya
autorización y registro solicita, se tiene que cumple con lo
dispuesto en el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-
2000-ITINCI;
Que, de la evaluación de la documentación e informa-
ción adjunta, se advierte que la solicitante ha cumplido con
las disposiciones legales aplicables para acceder a la soli-
citud presentada;
De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supre-
mo Nº 001-2000-ITINCI y el Procedimiento Nº 25 del T.U.P.A.
del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-
2002-ITINCI, estando a lo opinado en los Informes Técnico
Nº 126-2002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/JYM y Legal Nº
205-2002-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/DAR-APD;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar e inscribir el modelo de má-
quina tragamonedas que se señala a continuación:
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