La sociedad unipersonal frente al concurso y la quiebra

AutorEsteban Carbonell O´Brien

SUMARIO: 1. Concepto sociedad unipersonal y la concursalidad 2. LA EIRL 3.La quiebra de la EIRL 4.Proyecto de ley Nª 03267/2018-CR 5. Conclusiones 6. Bibliografía

  1. CONCEPTO DE SOCIEDAD UNIPERSONAL Y LA CONCURSALIDAD

    Podemos indicar que la sociedad unipersonal surge y es reconocida legalmente como figura societaria desde no hace mucho tiempo, sin embargo esta figura venía siendo gestada desde hace largo tiempo principalmente en los círculos académicos europeos.

    El reconocimiento legal de la misma, se hizo necesaria vista el avance dentro de las contrataciones comerciales y la gran necesidad de que una sola persona pueda ser capaz de llevar sus negocios en forma individual.

    Uno de los primeros juristas en proponer la figura de la sociedad unipersonal fue el austriaco Pisko quien propuso la responsabilidad limitada de los empresarios individuales, asimismo se puede tomar como un antecedente lo ocurrido en Liechtenstein en el año 1925, año en el cual considera en una de sus reformas al Código Civil la fundación de sociedades unipersonales.

    Así tenemos que, Juan Luis Iglesias (2005) define como sociedad unipersonal a: (Iglesias, 2005)

    “La sociedad que tiene un sólo socio, ya que desde su propio origen la titularidad de todo su capital corresponde a una sola persona (sea un fundador único o un tercero adquiriente), o bien por que ha tenido varios socios (desde su constitución o con posterioridad a ella) y una sola persona llega a adquirir la totalidad de su participación en el capital social”, como podemos apreciar la figura de la Sociedad Unipersonal surge cuando existe alguna razón, ya sea originaria o sobreviniente en que una sola persona es dueña del integro de todo el capital de una Sociedad, lo que permite que la misma tome todas las decisiones y se haga responsable dentro del manejo de la misma” (p.57).

    En otra definición Figueroa Reinoso (2016) define a la sociedad unipersonal de la siguiente manera: (Reynoso, 2016)

    La sociedad unipersonal es una forma jurídica que bajo las normas legales pertinentes, nace mediante la voluntad libre de una sola persona, sea natural o jurídica (a quien se le llama socio único) o por la reunión (voluntaria, contractual o fortuita) de todas las acciones o participaciones de una sociedad, pudiendo este socio único contar con las facultades necesarias para la realización de determinados negocios y responsabilidad limitada (p.56)

    De las definiciones antes señaladas podemos señalar que la característica...

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