ACUERDO N° 18-2012-CM-A-MDM/LC - Declaran en situación de emergencia el distrito de Maranura y en emergencia focalizada la Cuenca del río Vilcanota

Fecha de disposición20 Abril 2012
Fecha de publicación20 Abril 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 20 de abril de 2012
464606
Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General la
publicación de la presente Resolución, en el Diario Of‌i cial
El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
778534-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE MARANURA
Declaran en situación de emergencia el
distrito de Maranura y en emergencia
focalizada la Cuenca del río Vilcanota
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 18-2012-CM-A-MDM/LC
Maranura, 21 de Febrero del 2012
VISTO:
El Acta de la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal,
de fecha 20 de Febrero del 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo dispone el Art. 128° del D.S. N° 184-
2008-EF, establece que “la situación de emergencia como
consecuencia de desastres naturales y que supongan
grave peligro en una localidad o región..;
Que, conforme lo dispone la Tercera Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29813 “Ley de Equilibrio
Financiero del Presupuesto del Sector Público, para el
año Fiscal 2012”, estipula que (…). Las intervenciones de
prevención, mejoramiento, mantenimiento y reconstrucción
de infraestructura pública, por ocurrencia de desastres, se
f‌i nancia con recursos del presupuesto institucional de las
entidades públicas de los tres niveles de gobierno;
Que, mediante Informe Técnico N° 001-2012-SQC/
STDC/MDM, el Ing. Santos Quispe Ccarita – Secretario
Técnico de la Of‌i cina de Defensa Civil, en Sesión Ordinaria
de fecha 20 de Febrero del año en curso, expuso indicando
que la Of‌i cina de Defensa Civil del Distrito de Maranura,
viene realizando la evaluación técnica y Estimación de los
riesgos de la Cuenca del río Vilcanota y otras zonales de la
jurisdicción del Distrito de Maranura, exhortando que debido
a estas últimas precipitaciones pluviales el caudal del río
se aumento de manera considerable, saliendo de su cauce
tanto en la margen derecha e izquierda afectando en gran
magnitud viviendas, terrenos agrícolas, infraestructuras
construidas como: Viales, Salud, Educación, Saneamientos
entre otros; así mismo señala que en su paso el río
Vilcanota viene afectando desde el Centro Poblado de
Santa María, Chaullay, Derrumbe, Moyomonte, Uchumayo,
Pintobamba, Beatriz, Collpani Chico, Manahuñunca,
Mandor, Balsapampa, Mariaca, comprensión del Distrito
de Maranura, sugiriendo que se intervenga de manera
urgente con trabajos de encausamiento y descolmatación
por emergencia. La f‌i nalidad es proteger a las familias y
de esa manera evitar daños de gran magnitud que podría
ocasionar el río. Así mismo señala que de acuerdo a
estas últimas evaluaciones realizadas en las diferentes
zonales del Distrito de Maranura el aumento de las
precipitaciones pluviales está causando la crecida de
riachuelos y desbordes de ríos en su cauce, afectando a
la fecha viviendas, terrenos agrícolas, puentes peatonales,
sistemas de agua, trochas carrozables que se encuentran
actualmente ininterrumpidas y colapsadas, por lo que
dichos daños de infraestructura necesitan ser rehabilitados
de manera urgente señala, sugiriendo la intervención de
manera urgente de las Autoridades locales y la población
en su conjunto, así mismo se realice el mantenimiento
y reparación con suma urgencia de las maquinarias y
equipos de propiedad de la Municipalidad, para garantizar
la operatividad, adquirir combustible, lubricantes, alquilar
maquinarias para cumplir con trabajos en varios tramos,
adquirir materiales para trabajos de encuazamiento y
atención de desastres ocasionados en varios sectores,
adecuar un almacén para la Of‌i cina de Defensa Civil
Distrital, para la atención e intervención inmediata de
posibles desastres que se pueda presentar, ya que el
Distrito se encuentra en una zona muy vulnerable; en
conclusión recomienda contar con la logística necesaria y
se Declare en Emergencia el Distrito de Maranura, por un
período de Sesenta (60) días calendario, para ejecutar los
trabajos…;
Que, mediante Informe Legal N° 33-2012, el Asesor
Legal Opina que teniendo en cuenta los antecedentes se
debe declarar en Situación de Emergencia del Distrito de
Maranura, por el lapso de Sesenta días previa Sesión de
Concejo. Así mismo indica que se solicite la intervención
de INDECI y de los demás Organimos e instituciones
del gobierno nacional vinculados con las operaciones de
emergencia, dentro del ámbito de sus competencias a
realizar las acciones de habilitación de la infraestructura y
servicios públicos de las zonas afectadas por este último
evento y los que sobrevengan;
Por estas consideraciones y en uso de las Atribuciones
conferidas en el numeral 3) del Art. 20° y 41° de la Ley
Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, D. Leg
1017-2008/EF, D.S. N° 184-2008/EF- Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado, conforme lo disponer
la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley
N° 29813 “Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto
del Sector Público, para el año Fiscal 2012; luego de un
amplio debate con la dispensa del trámite de lectura del
Acta, por unanimidad el Concejo Municipal en Pleno, con
la autonomía que le reviste;
ACUERDA:
Artículo Primero.- Declarar, en Situación de
Emergencia por un período de Sesenta (60) días el Distrito
de Maranura y en emergencia Focalizada la Cuenca del
río Vilcanota dentro de la jurisdicción del Distrito, por
los daños ocasionados a consecuencia de las intensas
precipitaciones pluviales que viene ocasionando la
crecida del río Vilcanota y riachuelos que están originando
deslizamientos de cerros, colapsamiento de plataformas
de carretera, puentes, sistemas de agua potable, canales
de regadío y otros daños a la propiedad pública y privada.
Artículo Segundo.- Disponer, por situación de
emergencia el uso de los recursos necesarios por el
monto que la ley permita, para la atención oportuna de la
población afectada, así como para la rehabilitación de vías
y servicios.
Artículo Tercero.- Encargar, a la Of‌i cina de
Abastecimientos, la ejecución de la adquisición de bienes
y servicios, previa autorización de la Gerencia Municipal,
para la atención de la situación de emergencia que
amerite.
Artículo Cuarto.- Disponer, que la Gerencia Municipal,
remita a la Contraloría General de la República, al Comité
Provincial de Defensa Civil, al Comité Regional de
Defensa Civil, al Instituto Nacional de Defensa Civil Cusco
– INDECI, copia del presente Acuerdo de Concejo para su
conocimiento y acciones necesarias.
Artículo Quinto.- Comunicar, que las adquisiciones
que correspondan, por los montos económicos de
procesos de selección, deberán ser regularizados dentro
de los (10) días hábiles posteriores de la adquisición y/o
atención, como también de ser incluidos en el Plan Anual
de Contrataciones de la Entidad y ser publicado en el
SEACE con todos los requisitos sustentatorios.
Articulo Sexto.- Encargar, a la Gerencia Municipal,
Of‌i cina de Planif‌i cación y Presupuesto, Sub-Gerencia de
Infraestructura, Unidad de Logística y demás instancias
iniciar las acciones necesarias para dar cumplimiento al
presente acuerdo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FRANCISCO MARCAVILLACA ALVAREZ
Alcalde
778600-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR