04 225/INC 228/INC 232/INC 233/INC 245/INC - Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a sitios y zonas arqueológicas ubicadas en los departamentos de Huancavelica, Lambayeque, Ancash y Lima
Fecha de disposición | 19 Abril 2002 |
Fecha de publicación | 19 Abril 2002 |
Pág. 221596
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 19 de abril de 2002
rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o
alterar el paisaje de la Zona Arqueológica declarada "Patri-
monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba-
ción del Instituto Nacional de Cultura.
Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a
COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades
políticas y civiles correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LEONOR CISNEROS VELARDE
Directora Nacional
7007
Declaran Patrimonio Cultural de la Na-
ción a sitios y zonas arqueológicas ubi-
cadas en los departamentos de Huan-
cavelica, Lambayeque, Ancash y Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
NACIONAL Nº 225/INC
Lima, 27 de marzo de 2002
VISTO, el Acuerdo Nº 427 tomado por la Comisión Na-
cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 31, de fe-
cha 30 de noviembre de 2001; y,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-
cación, con personería jurídica de derecho público interno,
responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-
taciones culturales del país y de la conservación del Patri-
monio Cultural de la Nación;
Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de
Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al
Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de-
clarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti-
co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi-
cionales del país;
Que, mediante el Acuerdo Nº 427 de fecha 30 de
noviembre de 2001, la Comisión Nacional Técnica de
Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Insti-
tuto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultu-
ral de la Nación al Sitio Arqueológico "Ccellccaya" ubicado
en el distrito y provincia de Acobamba, departamento de
Huancavelica.
Con las visaciones de la Dirección General de Patri-
monio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia
Legal;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley
General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", De-
creto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamen-
to de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cul-
tura" y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba
el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación
al Sitio Arqueológico "Ccellccaya", ubicado en el distrito y
provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de
Cultura - Huancavelica que establezca las acciones nece-
sarias para la elaboración del Plano de Delimitación del
Sitio Arqueológico antes mencionado con su respectiva Fi-
cha Técnica y Memoria Descriptiva.
Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi-
cos y en el Margesí de Bienes Nacionales la Condición de
Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico men-
cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución, una
vez elaborado su Plano de Delimitación con la respectiva
Ficha Técnica y Memoria Descriptiva.
Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami-
nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-
rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o
alterar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patri-
monio Cultural de la Nación", deberá contar con la aproba-
ción del Instituto Nacional de Cultura.
Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a CO-
FOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades
políticas y civiles correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LEONOR CISNEROS VELARDE
Directora Nacional
7008
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
NACIONAL Nº 228/INC
Lima, 27 de marzo de 2002
VISTO, el Acuerdo Nº 061, tomado por la Comisión Na-
cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 04, de fe-
cha 6 de febrero de 2002; y,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-
cación, con personería jurídica de derecho público interno,
responsable de la promoción y desarrollo de las manifes-
taciones culturales del país y de la conservación del Patri-
monio Cultural de la Nación;
Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de
Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al
Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y de-
clarar Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artísti-
co, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi-
cionales del país;
Que, mediante el Acuerdo Nº 061, de fecha 6 de febre-
ro de 2002, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología
recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional
de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Na-
ción al Complejo Arqueológico Corvacho Zaña, ubicado en
el distrito de Zaña, provincia de Chiclayo, departamento de
Lambayeque;
Con las visaciones de la Dirección General de Patri-
monio Arqueológico, la Dirección Ejecutiva y la Gerencia
Legal;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047,
"Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na-
ción", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el
"Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na-
cional de Cultura" y la Resolución Suprema Nº 004-2000-
ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueo-
lógicas;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación
al Complejo Arqueológico Corvacho Zaña, ubicado en el
distrito de Zaña, provincia de Chiclayo, departamento de
Lambayeque.
Artículo 2º.- Aprobar el Plano Perimétrico del Complejo
Arqueológico Corvacho, Nº PL-MB 99-12, de fecha junio
de 1999, a escala 1:10,000, con un área de 273.32 hectá-
reas, ubicado en el distrito de Zaña, provincia de Chiclayo,
departamento de Lambayeque, con su respectiva Ficha
Técnica y Memoria Descriptiva.
Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi-
cos y en el Margesí de Bienes Nacionales la Condición de
Patrimonio Cultural de la Nación del Complejo Arqueológico
mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución.
Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami-
nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-
rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o
alterar el paisaje del Complejo Arqueológico declarado "Pa-
trimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro-
bación del Instituto Nacional de Cultura.
Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a CO-
FOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades
políticas y civiles correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LEONOR CISNEROS VELARDE
Directora Nacional
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