Designan representante del Sector Defensa ante la Comisión Multisectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 28189

Fecha de disposición15 Julio 2004
Fecha de publicación15 Julio 2004
Pág. 272431
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 15 de julio de 2004
Que, el Gobierno de los Estados Unidos de América,
a través del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar, sufraga-
rá los costos de pasajes y estadía, no irrogando gastos
al Tesoro Público;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 11º
del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de
junio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen
ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados me-
diante Resolución del Titular del Sector correspondiente;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619
- Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos, su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio
del 2002 y la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comi-
sión de Servicio del Coronel de Infantería EP DIANDE-
RAS OTTONE Carlos Antonio y Teniente Coronel de
Comunicaciones EP MIRANDA VALDEZ Marco Antonio,
a fin de que participen en el Curso de Seguridad Nacio-
nal, a realizarse en el Fuerte Mc Nair, Virginia, Estados
Unidos de América, del 15 al 30 de julio del 2004.
Artículo 2º.- El Gobierno de los Estados Unidos de
América, a través del Grupo Consultivo y de Ayuda Mili-
tar, sufragará los costos de pasajes y estadía, no irro-
gando gastos al Tesoro Público.
Artículo 3º.- El Comandante General del Ejército,
queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término
de la autorización, sin exceder el total de días autori-
zados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
13139
Designan representante del Sector De-
fensa ante la Comisión Multisectorial
encargada de elaborar el proyecto de
Reglamento de la Ley Nº 28189
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 800-2004-DE/SG
Lima, 13 de julio de 2004
Vista la Hoja de Recomendación, presentada por el
Director General de Política y Estrategia.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28189 "Ley General de Dona-
ción y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos" se
regula las actividades y procedimientos relacionados con
la obtención y utilización de órganos y/o tejidos huma-
nos, para fines de donación y trasplante;
Que, la Sexta Disposición Transitoria y Final de la Ley
Nº 28189, señala que es necesario conformar una Comi-
sión Multisectorial encargada de la elaboración del pro-
yecto de Reglamento de la acotada Ley;
Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 178-
2004-PCM señala que la Comisión Multisectorial encar-
gada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley
Nº 28189 estará presidida por uno de los representantes
del Ministerio de Salud e integrada por un representante
del Ministerio de Defensa, entre otros, quienes serán de-
signados por Resolución del Titular del Sector al que re-
presenten;
Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27594 "Ley que regu-
la la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos" señala que la
designación a los miembros de Comisiones Multisecto-
riales se realiza mediante Resolución Ministerial del
Sector correspondiente;
Que, siendo necesaria la designación del
representante del Sector Defensa ante la Comisión Mul-
tisectorial encargada de la elaboración del proyecto de
R
E
P
U
B
L
I
C
A
D
E
L
P
E
R
U
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
COMUNICADO Nº 07-2004-CG/SGE
Informe de los Órganos de Control Institucional en el marco de la Ley Nº 28254 -
Ley que autoriza crédito suplementario en el presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2004
La Ley Nº 28254, faculta a los titulares de los pliegos, por el período de 30 días calendario desde su vigencia,
para aprobar en vía de regularización, mediante acto resolutivo y previo informe favorable de la Oficina de
Presupuesto, así como de la Oficina de Inspectoría u órgano de control, o las que haga sus veces en el pliego,
las transferencias efectuadas a los Fondos de Asistencia y Estímulo, así como los pagos que se hayan realizado
antes de la entrada en vigencia de la Ley, a favor de los trabajadores bajo los conceptos de incentivos y
estímulos.
Al respecto, este Organismo Superior de Control precisa que, el informe a emitirse a través de los Órganos de
Control Institucional (OCI), se efectuará de conformidad con las normas de control gubernamental, atendiendo
especialmente a los principios de legalidad, objetividad y autonomía funcional, y será de carácter descriptivo,
reseñando el estado situacional de la entidad en las materias a regularizarse, y consignando expresamente que
se emite sin perjuicio del control interno posterior que le compete ejercer a dicho OCI, de conformidad con lo
preceptuado en el artículo 7º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República, en la oportunidad que corresponda.
Los Jefes de los OCI, deberán remitir a la Contraloría General de la República, copia del referido informe al día
siguiente de su emisión.
Lima, 14 de julio de 2004
13194

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR