Designan representante del Sector Defensa ante la Comisión Multisectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 28189
Fecha de disposición | 15 Julio 2004 |
Fecha de publicación | 15 Julio 2004 |
Pág. 272431
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 15 de julio de 2004
Que, el Gobierno de los Estados Unidos de América,
a través del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar, sufraga-
rá los costos de pasajes y estadía, no irrogando gastos
al Tesoro Público;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 11º
del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de
junio del 2002, los viajes al extranjero que no ocasionen
ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados me-
diante Resolución del Titular del Sector correspondiente;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619
- Ley que regula los viajes al exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos, su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio
del 2002 y la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comi-
sión de Servicio del Coronel de Infantería EP DIANDE-
RAS OTTONE Carlos Antonio y Teniente Coronel de
Comunicaciones EP MIRANDA VALDEZ Marco Antonio,
a fin de que participen en el Curso de Seguridad Nacio-
nal, a realizarse en el Fuerte Mc Nair, Virginia, Estados
Unidos de América, del 15 al 30 de julio del 2004.
Artículo 2º.- El Gobierno de los Estados Unidos de
América, a través del Grupo Consultivo y de Ayuda Mili-
tar, sufragará los costos de pasajes y estadía, no irro-
gando gastos al Tesoro Público.
Artículo 3º.- El Comandante General del Ejército,
queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término
de la autorización, sin exceder el total de días autori-
zados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN
Ministro de Defensa
13139
Designan representante del Sector De-
fensa ante la Comisión Multisectorial
encargada de elaborar el proyecto de
Reglamento de la Ley Nº 28189
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 800-2004-DE/SG
Lima, 13 de julio de 2004
Vista la Hoja de Recomendación, presentada por el
Director General de Política y Estrategia.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 28189 "Ley General de Dona-
ción y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos" se
regula las actividades y procedimientos relacionados con
la obtención y utilización de órganos y/o tejidos huma-
nos, para fines de donación y trasplante;
Que, la Sexta Disposición Transitoria y Final de la Ley
Nº 28189, señala que es necesario conformar una Comi-
sión Multisectorial encargada de la elaboración del pro-
yecto de Reglamento de la acotada Ley;
Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 178-
2004-PCM señala que la Comisión Multisectorial encar-
gada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley
Nº 28189 estará presidida por uno de los representantes
del Ministerio de Salud e integrada por un representante
del Ministerio de Defensa, entre otros, quienes serán de-
signados por Resolución del Titular del Sector al que re-
presenten;
Que, el artículo 4º de la Ley Nº 27594 "Ley que regu-
la la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designación de funcionarios públicos" señala que la
designación a los miembros de Comisiones Multisecto-
riales se realiza mediante Resolución Ministerial del
Sector correspondiente;
Que, siendo necesaria la designación del
representante del Sector Defensa ante la Comisión Mul-
tisectorial encargada de la elaboración del proyecto de
R
E
P
U
B
L
I
C
A
D
E
L
P
E
R
U
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
COMUNICADO Nº 07-2004-CG/SGE
Informe de los Órganos de Control Institucional en el marco de la Ley Nº 28254 -
Ley que autoriza crédito suplementario en el presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2004
La Ley Nº 28254, faculta a los titulares de los pliegos, por el período de 30 días calendario desde su vigencia,
para aprobar en vía de regularización, mediante acto resolutivo y previo informe favorable de la Oficina de
Presupuesto, así como de la Oficina de Inspectoría u órgano de control, o las que haga sus veces en el pliego,
las transferencias efectuadas a los Fondos de Asistencia y Estímulo, así como los pagos que se hayan realizado
antes de la entrada en vigencia de la Ley, a favor de los trabajadores bajo los conceptos de incentivos y
estímulos.
Al respecto, este Organismo Superior de Control precisa que, el informe a emitirse a través de los Órganos de
Control Institucional (OCI), se efectuará de conformidad con las normas de control gubernamental, atendiendo
especialmente a los principios de legalidad, objetividad y autonomía funcional, y será de carácter descriptivo,
reseñando el estado situacional de la entidad en las materias a regularizarse, y consignando expresamente que
se emite sin perjuicio del control interno posterior que le compete ejercer a dicho OCI, de conformidad con lo
preceptuado en el artículo 7º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la
Contraloría General de la República, en la oportunidad que corresponda.
Los Jefes de los OCI, deberán remitir a la Contraloría General de la República, copia del referido informe al día
siguiente de su emisión.
Lima, 14 de julio de 2004
13194
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba