¿Saliendo de la ambigüedad? la definición de terrorismo en el Derecho Internacional

AutorJoel Díaz Cáceda, Patricia Tiburcio Sánchez, Manuel Romero Ramírez
Páginas191-200
¿SALIENDO
DE
LA
AMBIGUEDAD?
LA
DEFINICIÓN
DE
TERRORISMO
EN
EL
DERECHO
INTERNACIONAL
JOEL DíAZ
CÁCEDA
PATRICIA
TIBURCIO
8ÁNCHEZ
MANUEL
ROMERO
RAMÍREZ
Comisión
de
Investigaciones
de
la
Asociación
civil
Foro
Académico·
SUMARIO:
Introducción:
Algunos
problemas
al
hablar
de
«terrorismo"
1.
Esbozando
una
definición
de
terrorismo
2.
Pro-
puestas
de
la
ONU
para
eliminar
el
terrorismo
internacional
3.
La
Responsabilidad
internacional
de
los
Estados
y
de
las
Organizaciones
internacionales
4.
El
terrorismo
desde
el
Derecho
Internacional
Humanitario
5.
El
Convenio
Marco
sobre
Terrorismo
lnternacional6.
La
problemática
en
torno
al
Convenio
Marco:
Grupos
Antagónicos
6.1
La
postura
norteamerica-
na
6.2
La
perspectiva
islámica.
Introducción:
Algunos
problemas
al
hablar
de
«terrorismo"
La
violencia
no
es
algo
extraño
a
nuestras
vidas.
Desde
peque-
ños,
conocemos
los
conflictos
que
se
producen
al
interior
de
toda
so-
ciedad,
en
la
interacción
con
nuestros
semejantes.
Sin
embargo,
inclu-
so
la
violencia
tiene
límites,
sin
los
cuales
la
existencia
misma
de
las
sociedades.
tales
como
las
conocemos,
se
desintegrarían.
Uno
de
aquellos
«excesos»
de
la
violencia
en
la
actualidad,
es
el
llamado
«te-
rrorismo».
Pero.
aclaremos,
¿que
es
terrorismo?
1.
Esbozando
una
definición
de
terrorismo
Definir
que
es
terrorismo
es
algo
sumamente
complicado
1
En
pri-
mer
lugar,
el
vocablo
terrorismo
tiene
una
connotación
negativa,
si-
niestra,
de
ejercer
violencia
de
forma
indiscriminada.
Ello
no
tiene
nada
de
raro:
hay
diversos
fenómenos
sociales
que
no
tienen
una
definición
clara
e
unívoca.
Pensemos
nada
más
que
en
las
definiciones
de
fas-
cismo,
nazismo,
democracia,
derechos
humanos,
por
citar
algunos
ejemplos
2
.1ncluso
los
propios
grupos
terroristas
son
conscientes
de
lo
negativa
-y
perjudicial
para
ellos-
connotación
del
vocablo
«terroris-
mo»,
prefiriendo
la
palabra
«guerrilla»
3
Para
hacer
más
complejo
el
panorama,
el
vocablo
«terrorismo»
tiene
una
historia
accidentada.
Desde
que
existe
el
hombre,
se
han
cometido
atrocidades
y
crueldades
en
contra
de
grupos
humanos,
de
Colaborador:
Julio
Mego
Silva.
1
El
diccionario
de
la
Real
Academia
de
la
Lengua
Española,
editado
por
la
Real
Academia
Española
(RAE),
lo
define
así:
u(
del
Latin
terror).
Dominación
por
el
terror.!!
Sucesión
de
actos
de
violencia
ejecutados
para
infundir
terror».
2
LAQUEUR,
Walter.
La
Guerra
sin
fin.
El
terrorismo
en
el
siglo
XXI.
Madrid:
Ediciones
Destino,
2003,
pp.
364
y
siguientes.
3
Ob.
cit,
Recordemos
que
los
grupos
terroristas
también
cuidan
sus
relaciones
públicas,
más
aun
considerando
que
parte
de
sus
ingresos
dependen
de
gru-
pos
que
colaboran
con
ellos
en
paises
desarrollados,
donde
los
términos
guerri-
lla
y
terrorismo
tienen
connotaciones
totalmente
distintas,
siendo
el
primer
ter-
mino
más
usuave"
que
el
segundo.
Véase
PASSER,
Hans-Peter.
"Actos
de
terror,
'1errorismo"
y
derecho
internacional
humanitario",
en:
Revista
Interna-
cional
de
la
Cruz
Roja.
N'
847.
Puede
encontrarse
en:
http://www.icrc.org/
web/spa/sitespaO.nsfliwpList488/200E562FAB1CB42AC1256DE2003426A9
Foro Jurídico
pueblos
enteros,
por
distintos
factores
y
por
distintos
medios.
No
es
algo
exclusivo
ni
excluyente
para
un
determinado
pueblo:
desde
los
«hashashin»
o
«asesinos»
de
la
época
de
las
Cruzadas
4, a
los
grupos
nihilistas
y
anarquistas
de
la
Rusia
Zarista
5,
hasta
los
actuales
grupos
terroristas
del
siglo
XXI
pueden
existir
mil
años
de
distancia,
pero
los
métodos
casi
no
han
cambiado:
asesinatos
selectivos
de
personalida-
des
o
funcionarios
gubernamentales,
atentados
espectaculares
-ge-
neralmente
contra
la
población-
para
llamar
la
atención,
acción
clan-
destina
en
la
población
con
la
finalidad
de
ganar
adeptos,
etc.
Ese
tipo
de
acciones
son
las
que
señalan,
a
ojos
de
la
población,
en
que
con-
siste
el
terrorismo
5.
Esta
actuación
de
los
grupos
terroristas
se
ha
ma-
nifestado
siempre
en
contra
de
todas
las
normas
de
derecho
existen-
tes,
por
considerar
que
genera
un
daño
innecesario,
injusto
e
indiscri-
minado.
"El
blanco
de
esta
violencia
indiscriminada
suele
ser
gente
común
que
se
dirige
al
trabajo
en
autobús
o
que
está
tomando
un
café
en
la
terraza
de
un
bar(.
..
)
Pero
un
acto
de
terrorismo
también
puede
alcanzar
a
personas
que
están
en
el
candelero:
funcionarios
del
Gobierno,
líderes
de
la
oposición,
militares
o
agentes
de
policía.
Este
recurso
a
la
violencia
indiscriminada
y
sin
control
se
ha
consi-
derado
siempre
contrario
a
las
normas
del
derecho,
tanto
a
las
que
contienen
los
tratados
internacionales
que
protegen
al
ser
humano
como
a
las
codificadas
en
los
instrumentos
jurídicos
de
nivel
nacional(.
..
).
Ninguna
civilización,
ningún
credo
-y
ninguna
4
MAALOUF,
Amin.
Las
cruzadas
vistas
por
los
árabes.
Madrid:
Alianza
Edito-
rial,
1992,
p.
134
5
SERGE,
Victor.
El
año
1
de
la
Revolución
Rusa.
Madrid:
Siglo
XXI
Editores,
1979.,
pp.
15
a
19.
6
Es
preciso
recordar
lo
ocurrido
el
11
de
setiembre
de
2001,
cuando
se
dio
el
ataque
a
las
Torres
Gemelas
de
Nueva
York,
el
atentado
del
14
de
marzo
de
2004
en
Madrid
o
el
reciente
atentado
del
7
de
julio
en
Londres.
Las
poblacio-
nes
de
los
estados
desarrollados
-por
lo
menos,
en
el
caso
concreto
de
los
Estados
Unidos-
no
están
acostumbradas
a
semejantes
acciones,
o
solo
las
reciben
esporádicamente.
como
en
los
casos
de
Gran
Bretaña
(con
el
lrish
Republican
Army
o
IRA)
o
España
(con
Euskadi
ta
Askastasuna
o
ETA).
Sobre
el
atentado
en
Londres
véase
la
página
Web
de
la
BBC:
http://news.bbc.co.ukl
hilspanish/news/newsid_
4660000/4660003.stm
-191

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