RTC N.º 0020-2005-PI/TC

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RTC. Exp. N.° 0020-2005-PI/TC
Jurisprudencia Temática
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Resolución del Tribunal Constitucional
N.° 0020-2005-PI/TC
(Lima, 8 de agosto de 2005)
JUSTICIA CONSTITUCIONAL. Revista de Jurisprudencia y Doctrina
Año II , N.º 4, julio - diciembre, Lima, 2006
EXP. N.° 0020-2005-PI/TC
LIMA
31 CONGRESISTAS DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 8 de agosto de 2005
VISTA
La solicitud presentada por 31 Congresistas para ser considerados como litiscon-
sortes facultativos en la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Presidencia
del Consejo de Ministros contra los artículos 1°, 2° y 3° de la Ordenanza Regional N.°
031-2005-GRC/CRC, expedida por el Gobierno Regional de Cusco; y,
ATENDIENDO A
1. Que, mediante escrito de fecha 5 de agosto de 2005, treinta y un Congresistas,
debidamente representados, solicitan que se les incorpore en condición de litisconsortes
facultativos en la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Presidencia del
Consejo de Ministros contra los artículos 1°, 2° y 3° de la Ordenanza Regional N.° 031-
2005-GRC/CRC, expedida por el Gobierno Regional de Cusco.
2. Que conviene precisar que “ (...) toda concepción de la Constitución trae
consigo una concepción del procedimiento, como toda concepción del procedimiento trae
consigo una concepción de Constitución”11. El Tribunal Constitucional, como máximo
intérprete de la Constitución y órgano supremo de control de la constitucionalidad, es
titular de una autonomía procesal para desarrollar y complementar la regulación procesal
constitucional a través de la jurisprudencia, en el marco de los principios generales del
Derecho Constitucional material y de los fines de los procesos constitucionales.
3. Que, sin embargo, esta atribución está sujeta a tres límites:
- Primero, la regulación constitucional y legal en donde se han establecido los
principios fundamentales del proceso constitucional, en este caso el artículo
200° de la Constitución, el Código Procesal Constitucional y la Ley Orgánica
del Tribunal Constitucional, puesto que la complementación a la cual puede
1 ZAGREBELSKY, Gustavo.”¿Derecho procesal constitucional?. En: Revista Peruana de
Derecho Procesal, N.° IV, diciembre de 2001, Lima: Estudio Monroy, p. 402.

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