2420 891-2000-MITINCI/VMT/DNT 910-2000-MITINCI/VMT/DNT - Autorizan a Royal Entertainment S.A.C. y Magic Dream S.A.C. la explotación de máquinas tragamonedas en establecimientos ubicados en las provincias de Lima y Callao

Fecha de publicación10 Noviembre 2000
Fecha de disposición10 Noviembre 2000
Pág. 194813
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 10 de noviembre de 2000
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 002-97-
PROMUDEH, establece que los Directorios de las Socie-
dades de Beneficencia y Juntas de Participación Social
estarán integrados por cinco miembros, de los cuales uno
será designado por el Ministerio de Educación en su
representación;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre-
mo Nº 002-97-PROMUDEH, Decreto Ley Nº 25762, modi-
ficado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-
95-ED y 002-96-ED;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- DESIGNAR a partir de la fecha de la
presente Resolución, a doña Idelma Adalguisa Cabanillas
Piña, como representante del Ministerio de Educación ante el
Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ
Ministro de Educación
12928
MITINCI
Autorizan a Royal Entertainment S.A.C.
y Magic Dream S.A.C. la explotación
de máquinas tragamonedas en
establecimientos ubicados en las pro-
vincias de Lima y Callao
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 891-2000-MITINCI/VMT/DNT
Lima, 31 de octubre del 2000
Vistos, el Expediente Nº 003103-2000-MITINCI pre-
sentado por la empresa Royal Entertainment S.A.C. soli-
citando autorización para la explotación de máquinas
tragamonedas y los Informes Técnico Nº 284-2000-MI-
TINCI/VMT/DNT/DEJCMT-DICF-LL, Financiero Nº 115-
2000-DEJCMT/LAT y Legal Nº 236-2000-MITINCI/VMT/
DNT-DEJCMT-DAR-CFS;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27153 se reguló la explotación
de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta-
bleciendo los requisitos y documentos requeridos para
obtener una autorización para explotar máquinas traga-
monedas e indicando como autoridad competente para
esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del
Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia-
ciones Comerciales Internacionales;
Que, de la evaluación de la información presentada
por la solicitante se advierte que ha cumplido con las
disposiciones legales aplicables para obtener la autoriza-
ción para explotar máquinas tragamonedas;
De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto
Supremo Nº 001-2000-ITINCI;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la empresa ROYAL ENTER-
TAINMENT S.A.C. la explotación de máquinas tragamo-
nedas en la Discoteca "El Puerto", ubicada en la Av. Sáenz
Peña Nº 598; distrito y Provincia Constitucional del Ca-
llao.
Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la
empresa ROYAL ENTERTAINMENT S.A.C. a explotar
ciento diecinueve (119) máquinas tragamonedas y qui-
nientas siete (507) memorias de solo lectura, cuyas carac-
terísticas aparecen descritas en los Anexos I y II de la
presente Resolución.
Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máqui-
nas tragamonedas, téngase presente lo dispuesto por el
Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153.
Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización
otorgada es desde el día de su publicación hasta el 31 de
diciembre del 2002.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA DEL ROCÍO VESGA GATTI
Directora Nacional de Turismo
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RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 910-2000-MITINCI/VMT/DNT
Lima, 3 de noviembre del 2000
Vistos, el Expediente Nº 002995-2000-MITINCI pre-
sentado por la Empresa MAGIC DREAM S.A.C., en el que
solicita autorización para la explotación de máquinas
tragamonedas en el Bingo Tragamonedas Magdalena,
ubicado en Jr. Enrique Llosa Nº 499, distrito de Magdale-
na del Mar, provincia y departamento de Lima, y los
Informes Técnico Nº 279-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-
JCMT-DICF/h.r.a., Financiero Nº 173-2000-DEJCMT/
LAT y Legal Nº 137-2000-DEJCMT/APD;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación
de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta-
bleciendo los requisitos y documentos requeridos para
obtener una autorización para explotar máquinas traga-
monedas e indicando como autoridad competente para
esta materia a la Dirección Nacional de Turismo del
Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia-
ciones Comerciales Internacionales;
Que, de la evaluación de la información presentada
por la solicitante se advierte que ha cumplido con las
disposiciones legales aplicables para obtener la autoriza-
ción para explotar máquinas tragamonedas;
De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto
Supremo Nº 001-2000-ITINCI;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la empresa MAGIC DREAM
S.A.C., la explotación de máquinas tragamonedas en el
Bingo Tragamonedas Magdalena, ubicado en Jr. Enrique
Llosa Nº 499, distrito de Magdalena del Mar, provincia y
departamento de Lima.
Artículo 2º.- La presente autorización faculta a la em-
presa MAGIC DREAM S.A.C., a explotar ochenta y ocho (88)
máquinas tragamonedas y ciento cincuenta (150) memorias
de solo lectura, cuyas características aparecen descritas en
los Anexos I y II de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Para efectos de la explotación de máqui-
nas tragamonedas téngase presente lo dispuesto por el
Artículo 13.2 de la Ley Nº 27153.
Artículo 4º.- El plazo de vigencia de la autorización
otorgada es desde el día de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano hasta el 31 de diciembre de 2002.
Regístrese, comuníquese y publíquese
MARÍA DEL ROCÍO VESGA GATTI
Directora Nacional de Turismo
12868
JUSTICIA
Declaran fundada apelación contra
resolución mediante la cual se dispu-
so que la Oficina de Personal del INPE
sancione con suspensión a servidora
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 300-2000-JUS
Lima, 3 de noviembre de 2000

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