15 122-2002-ORLC/TR - Revocan tacha formulada por registrador del Registro de Propiedad Inmueble, Región Loreto-Iquitos

Fecha de publicación14 Abril 2002
Fecha de disposición14 Abril 2002
Pág. 221384
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 14 de abril de 2002
Autorizan la realización de la "Encuesta
de Sueldos y Salarios en Lima Metropoli-
tana" correspondiente al IV Trimestre de
2001 y I Trimestre de 2002
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 132-2002-INEI
Lima, 12 de abril del 2002
Visto el Oficio Nº 214-2002-TR/DNEFP, de la Direc-
ción Nacional de Empleo y Formación Profesional del
Ministerio de Trabajo y Promoción Social (MTPS), solici-
tando autorización para la ejecución de la "Encuesta de
Sueldos y Salarios en Lima Metropolitana".
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organiza-
ción y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática" establece que el INEI es el ente rector de
los Sistemas Nacionales de Estadística e Informática y
tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar
los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, uti-
lizadas por los órganos del Sistema para la producción
de las Estadísticas Básicas del país;
Que, la Dirección Nacional de Empleo y Formación Pro-
fesional del MTPS, con la finalidad de conocer el nivel, es-
tructura, distribución y evolución de las remuneraciones no-
minales y reales, estudiar la estructura salarial en función de
variables específicas que incidan en la determinación de las
remuneraciones en el sector privado ejecutará la "Encuesta
de Sueldos y Salarios en Lima Metropolitana" en todas las
ramas de actividad económica;
Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecu-
ción de la "Encuesta de Sueldos y Salarios en Lima
Metropolitana", correspondiente al IV Trimestre del año
2001 y al I Trimestre del año 2002 dirigida a las empre-
sas de 10 a más trabajadores seleccionadas en una
muestra representativa a nivel de Lima Metropolitana, en
todas las ramas de actividad económica;
Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de
Censos y Encuestas y la visación de la Subjefatura de
Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la realización de la "Encuesta de
Sueldos y Salarios en Lima Metropolitana" correspondiente
al IV Trimestre del 2001 con información referida al mes de
diciembre, y I Trimestre del año 2002 con información referi-
da al mes de marzo para las empresas de 10 a más trabaja-
dores, seleccionadas a nivel de Lima Metropolitana, en to-
das las ramas de actividad económica, la que será ejecuta-
da por la Dirección Nacional de Empleo y Formación Profe-
sional del Ministerio de Trabajo y Promoción Social.
Artículo 2º.- Utilizar en la "Encuesta de Sueldos y
Salarios en Lima Metropolitana", correspondiente al IV
Trimestre del 2001 y el I Trimestre del 2002, el formulario
aprobado por Resolución Jefatural Nº 099-96-INEI de
fecha 22 de abril de 1996.
Artículo 3º.- La ejecución de la operación de campo
de la citada Encuesta estará a cargo de la Dirección
Nacional de Empleo y Formación Profesional del MTPS.
Artículo 4º.- Establecer el período de captación de
la información entre el 8 de abril y el 17 de mayo del
presente año.
Artículo 5º.- Las empresas que no cumplan con brin-
dar información a la "Encuesta de Sueldos y Salarios en
Lima Metropolitana", en la fecha establecida serán mul-
tadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º y 91º del
D.S. Nº 043-2001-PCM.
Regístrese y comuníquese.
GILBERTO MONCADA
Jefe
6822
OFICINA REGISTRAL DE
LIMA Y CALLAO
Revocan tacha formulada por registra-
dor del Registro de Propiedad Inmue-
ble, Región Loreto-Iquitos
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Nº 122-2002-ORLC/TR
Lima, 28 de febrero de 2002
VISTO, el recurso de apelación interpuesto por
ENRIQUE LAO TUISIMA, el 25 de setiembre de 2001,
contra la tacha formulada por el Registrador del Re-
gistro de Propiedad Inmueble, Región Loreto-Iquitos,
Dr. Blas Humberto Ríos Gil, a la solicitud de inscrip-
ción de primera de dominio. El título se presentó el
28 de agosto de 2001 con el Nº 5352. El Registrador
denegó la inscripción solicitada en los términos
siguientes:"Se tacha este título toda vez que el pre-
dio cuya jurisdicción de adjudicación se solicita en
mérito al contrato de compraventa Nº 000179 expedi-
do por la Dirección Regional Agraria, se encuentra
comprendido en el sector C° de Quistococha, y de
conformidad con la Ordenanza Municipal Nº 006-96-
MPM de fecha 31.10.96, que aprobó el nuevo plan
director de la ciudad de Iquitos, en la que delimita la
zona urbana y de expansión urbana de la ciudad de
Iquitos, dicho predio se encuentra dentro de la
jurisdicción de la Municipalidad de Maynas.", intervi-
niendo como Vocal ponente la Dra. Elena Vásquez
Torres, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el título venido en grado se solicita la
inmatriculación a favor de la sociedad conyugal confor-
mada por Enrique Lao Tuisima y Marlene Valdivia Isuiza,
del predio rústico denominado "Pauli Rossy", con Códi-
go Catastral Nº 31269, ubicado en el sector C° de Quis-
tococha, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, en mé-
rito al contrato de compraventa Nº 00179 otorgado por el
Director Regional de Agricultura - Gobierno Regional de
Loreto, con firmas legalizadas el 12 de mayo de 1993,
plano catastral, plano de ubicación y memoria descripti-
va del inmueble;
Que, consta del contrato de compraventa a que se
refiere el considerando precedente, que el Gobierno Re-
gional de Loreto representado por el Director Regional
de Agricultura Ing. Salvador Flores Paitán, adjudicó en
venta por la suma de S./ 126.77 -con expresa reserva de
propiedad hasta la cancelación total del valor pactado-
el predio rústico sub materia, con una superficie de 2
Hás. 8,832 m2, a favor de la sociedad conyugal Lau-Val-
divia; asimismo, se aprecia que mediante Resolución
Directoral Nº 005-93-GRL-SRAPE/DRA del 15 de enero
de 1993 se aprobó el proyecto de adjudicación "Pauly
Rossi" y según Resolución Jefatural Nº 047-92-GRL-
SRAPE/DRRRNN-DUAT-SDAAT se calificó al recurren-
te como beneficiario del mismo;
Que, el mencionado contrato, fue otorgado de confor-
midad con lo dispuesto en la Sexta Disposición Comple-
creto Supremo Nº 072-80-AA, Decreto Legislativo Nº 653
(Ley de Promoción de las Inversiones en el Sector Agra-
rio) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº
0048-91-AG;
Que, en virtud de la Sexta Disposición Complementa-
ria de la Ley Nº 24794 - Ley Orgánica de la Región Lore-
to, vigente en la fecha en que se otorgó el contrato sub
materia, los territorios de propiedad fiscal no comprendi-
dos en los procesos de adjudicación y titulación a favor
de comunidades nativas, ni con fines de expansión ur-
bana, podían ser adjudicados a terceros, por el Gobier-
no Regional, con sujeción a la legislación de la materia;
asimismo, el Artículo 21º del Reglamento de la Ley de
Promoción de las Inversiones en el Sector Agrario, esta-

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