06 959-CME-PJ - Reubican órgano jurisdiccional como Segundo Juzgado de Paz Letrado de Quillabamba, Distrito Judicial de Cusco-Madre de Dios

Fecha de disposición26 Agosto 1999
Fecha de publicación26 Agosto 1999
Pág. 177214
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 26 de agosto de 1999
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO
DR. ALDO NERVO ATARAMA LONZOY VOCAL SUPERIOR
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE SAN MARTIN
DR. CESAR DEL CASTILLO PEREZ JUEZ PENAL
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS
DR. RODOMIRO VILCARROMERO SILVA JUEZ PENAL
Segundo.- El cumplimiento de la presente Resolución no
irrogará gasto alguno al presupuesto del Pliego Poder Judicial.
Tercero.- Transcribir la presente Resolución al Presidente
de la Corte Superior de Justicia de Lima, Ica, Ancash, Loreto,
San Martín, Amazonas y a la Gerencia General de la Secretaría
Ejecutiva del Poder Judicial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO
ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO
JORGE BUENDIA GUTIERREZ
DAVID PEZUA VIVANCO
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Autorizan suscribir convenio para ha-
cer viable cesión en uso de área que
forma parte del Establecimiento Peni-
tenciario de Socabaya
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 958-CME-PJ
Lima, 25 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido por el Artículo 1º de la Resolución
Administrativa Nº 032-CME-PJ que modifica el inciso 5.10 del
Artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones de la
Comisión Ejecutiva del Poder Judicial aprobado por Resolución
Administrativa Nº 018-CME-PJ, corresponde a la Comisión Ejecu-
tiva del Poder Judicial aprobar en el ámbito judicial, los Convenios
de Cooperación e Intercambio dentro de la Constitución y las Leyes
a nivel internacional y de carácter nacional;
Que, se presenta el Proyecto de Convenio de Cooperación
Interinstitucional entre el Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario, que se encuentra
orientado a establecer los términos de colaboración y coordina-
ción, para hacer viable la Cesión en Uso del área en donde
funcionan las Salas de Audiencias e Instructivas, para la
atención de Reos en Cárcel, área que forma parte del inmueble
del Establecimiento Penitenciario de Socabaya, ubicado en el
distrito de Socabaya, provincia y departamento de Arequipa;
En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546,
26623, 26695 y 27009, las Resoluciones Administrativas Nºs.
018-CME-PJ y 032-CME-PJ, y estando a lo acordado en la
sesión de la fecha;
SE RESUELVE:
Primero.- Autorizar al señor Secretario Ejecutivo de la Comi-
sión Ejecutiva del Poder Judicial, para que en su calidad de Titular
del Pliego y en representación de este Poder del Estado, suscriba el
Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Poder Judicial,
el Ministerio de Justicia y el Instituto Nacional Penitenciario, para
hacer viable la Cesión en Uso del área en donde funcionan las Salas
de Audiencias e Instructivas, para la atención de Reos en Cárcel,
área que forma parte del inmueble del Establecimiento Penitencia-
rio de Socabaya, ubicado en el distrito de Socabaya, provincia y
departamento de Arequipa.
Segundo.- Transcribir la presente Resolución a la Presi-
dencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Secretaría
Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial y a sus
Organos de Línea correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO
ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO
JORGE BUENDIA GUTIERREZ
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Reubican órgano jurisdiccional como
Segundo Juzgado de Paz Letrado de
Quillabamba, Distrito Judicial de Cus-
co - Madre de Dios
RESOLUCION ADMINISTRATIVA
Nº 959-CME-PJ
Lima, 25 de agosto de 1999
VISTOS:
Los Oficios Nºs. 207 y 2738-99-CSJCMD/PJ, del Presidente
de la Corte Superior de Justicia del Cusco - Madre de Dios y el
Informe Nº 084-99-PJ-SE-GCR de la Gerencia Central de la
Reforma de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial y demás
antecedentes que se adjuntan; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26546, sus modificatorias, ampliato-
ria y prórroga Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, se crea la
Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que ha asumi-
do por un período de excepción, las funciones de gobierno y
gestión de este Poder del Estado;
Que, en el distrito de Santa Ana, Quillabamba, provincia de
La Convención, existe un Juzgado de Paz Letrado, cuya carga
procesal a mayo del año en curso, ha sido de 1033 procesos y
cuya proyección permitiría alcanzar a 2841 procesos a diciem-
bre del presente año, por lo que, es necesario atender con un
nuevo Juzgado de Paz Letrado, a efectos de evitar el colapso del
actual Juzgado;
Que, la provincia de La Convención, es una zona eminente-
mente agrícola, de enorme proyección socioeconómica para el
país, como el gas de Camisea, que está en su jurisdicción, siendo
además una zona ceja de selva y selva misma de enorme
potencial socioeconómico;
Que, en el distrito de Quellouno, provincia de La Conven-
ción, departamento del Cusco, Distrito Judicial de Cusco -
Madre de Dios, existe un Juzgado de Paz Letrado, con baja
carga procesal, sin embargo la ciudad de Quillabamba y los
distritos aledaños, tienen una población emergente, cuyos
conflictos requieren de apoyo para una pronta y oportuna
solución;
Que, en consecuencia es necesario reubicar el Juzgado de
Paz Letrado de Quellouno como Segundo Juzgado de Paz
Letrado de Quillabamba, distrito de Santa Ana, provincia de La
Convención, departamento y Distrito Judicial del mismo nom-
bre;Estando a las facultades conferidas en las Leyes Nºs. 26546,
26623, 26695 y 27009, en el Reglamento de Organización y
Funciones de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, aproba-
do por Resolución Administrativa Nº 018-CME-PJ, su modifica-
toria R.A. Nº 032-CME-PJ, y estando a lo acordado en la sesión
de la fecha;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- REUBICAR el Juzgado de Paz Letra-
do del distrito de Quellouno, como Segundo Juzgado de Paz
Letrado de Quillabamba, distrito de Santa Ana, ambos de la
provincia de La Convención, departamento del Cusco y Distrito
Judicial de Cusco - Madre de Dios.
Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Cusco - Madre de Dios, para que adopte
las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean nece-
sarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
Resolución.
Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente Reso-
lución no irroga gastos al Poder Judicial.
Artículo Cuarto.- Poner la presente Resolución, en
conocimiento del Presidente de la Corte Superior de Justi-
cia de Cusco - Madre de Dios, Gerencia General y Gerencia
Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva del Poder
Judicial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO
ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO
JORGE BUENDIA GUTIERREZ
DAVID PEZUA VIVANCO
10999

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