El retorno del leviatán: mitos y verdades sobre la naturaleza del aporte regulatorio del OEFA

AutorRichard J. Martin Tirado
CargoAbogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas235-251
Richard J. Martin Tirado
235
Círculo de Derecho Administrativo
El retorno del leviatán: mitos y verdades
sobre la naturaleza del aporte regulatorio
del oefa
Richard J. Martin Tirado1
SUMARIO
I. Introducción. II. Regulación. 2.1 Definición. 2.2 Regulación económica. 2.3 Regula-
ción social. 2.4 Objetivo y finalidad. III. Aporte regulatorio. 3.1 Definición. 3.2 Naturale-
za jurídica. IV. Principios constitucionales tributarios. V. Principios del derecho administra-
tivo. VI. Legalidad del aporte regulatorio a oefa. 6.1 Marco normativo. VII. Conclusiones.
PALABRAS CLAVE
Aporte por regulación; principios constitucionales tributarios; confiscatoriedad; minería;
regulación económica.
KEY WORDS
Contribution by regulation; Tax constitutional principles; Confiscation; Mining; Economic
Regulation.
RESUMEN
El autor desarrolla, de manera crítica y reflexiva, los alcances del aporte por regulación
al oefa en el contexto minero, analizando su constitucionalidad y la posible vulneración
al principio de no confiscatoriedad.
ABSTRACT
The author develops, on a critical and reflective way, the scope of the contribution by
regulation to oefa in the mining context, analyzing its constitutionality and the possible
violation of the principle of non-confiscatory.
I. Introducción
El día miércoles 9 de julio del presente año, en un diario local, apareció como uno de
los titulares “Mineras se oponen a pagar aporte por fiscalización al oefa”.2 En el artículo
que desarrolla el titular se menciona que las mineras no están de acuerdo con realizar
el pago del aporte por calificarlo como inconstitucional y confiscatorio. Se argumenta
1 Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magister en Derecho Administrativo. Maestría en
Derecho Internacional Económico. Profesor de Derecho Administrativo en la Pontificia Universidad Católica
del Perú, Universidad de Lima, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas, Universidad de Lima, Universi-
dad de Piura, Universidad San Ignacio de Loyola y esan.
2 Saldarriaga, Juan (2014, 9 de julio). “Mineras se oponen a pagar aporte por fiscalización al oefa”.
En El Comercio. Lima. Recuperado el 18 de junio de 2015 en
mineras-se-oponen-pagar-aporte-fiscalizacion-al-oefa-noticia-1741655>
RDA15 - Derecho Ambiental
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que existirá un excedente que se destinará al tesoro público junto con el excedente que
quedará también de Osinergmin, tal como sucedió en años pasados. Si bien el tema ha
sido cuestionado anteriormente, cabe formularse preguntas como las siguientes: ¿Qué
es un aporte por regulación? ¿Quiénes los reciben? ¿oefa debería recibirlo? ¿Es real-
mente confiscatorio e inconstitucional como señalan las mineras (entre otras entidades)?
En el presente artículo, se buscará dar respuesta a las preguntas formuladas, esperando
poder aclarar el panorama de este tema que importa una importante discusión.
II. Regulación
2.1 Definición
De acuerdo con la Real Academia de la Lengua Española (rae), regulación es acción y
efecto de regular. Regular, según la rae, significa, entre las distintas acepciones que tiene,
“ajustar el funcionamiento de un sistema a determinados fines” y, también, “determinar
las reglas o normas a que debe ajustarse alguien o algo”.
Por otro lado, en el ámbito del derecho administrativo, tal como explica la Comisión
Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer - México), regulación implica lo siguiente:
El Estado emite reglas que norman las actividades económicas y sociales de los
particulares. Mediante estas reglas se pretende garantizar el funcionamiento efi-
ciente de los mercados, generar certeza jurídica, garantizar derechos de propie-
dad, evitar daños inminentes o bien atenuar o eliminar daños existentes a la salud
o bienestar de la población, a la salud animal y vegetal, al medio ambiente, a
los recursos naturales o a la economía. Por ello, las regulaciones son las reglas o
normas emitidas por el gobierno para garantizar beneficios sociales.3
Para autores como Gaspar Ariño Ortiz y Juan Miguel de la Cuétara, “la regulación,
en general, comprende aquel conjunto de elementos jurídicos, técnicos y decisionales,
necesario para mantener un sector de actividad humana dentro de unos parámetros
determinados”.4
Por su parte, José Távara,5 citando a Jon Stern, señala que “la regulación de los servicios
públicos como la conocemos hoy, emerge básicamente en los EE. UU., donde el principal
objetivo era proteger a los consumidores de la explotación por parte de poderosos monopo-
lios locales, verticalmente integrados”. De otro lado, en América Latina —y también en otros
países— el principal objetivo ha sido proteger a los inversionistas frente a riesgos políticos”.
Alberto Arredondo expresa que “una de las formas básicas a través de las cuales las
sociedades definen ‘las reglas de juego’ es la de las regulaciones. En ellas aterrizan las
formas en que interactúan los grupos de la sociedad que ejercen el poder. La regulación
3 Cofemer. “¿Qué es la regulación?”. México D. F. Recuperado el 18 de junio de 2015 en
cofemer.gob.mx/contenido.aspx?contenido=89>.
4 Ariño Ortiz, Gaspar y De la Cuétara, Juan Miguel (2000, enero-abril). “Algunas ideas básicas sobre la
regulación de sectores estratégicos”. En Separata de Cuadernos de Derecho Público 9.
5 Távara, José. Institucionalidad regulatoria y su aporte al desarrollo del país. Esquema de participación en panel.

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