La responsabilidad patrimonial derivada de la inactividad de la administración pública en el ordenamiento peruano. Notas para el estudio de su régimen jurídico

AutorRamón Huapaya Tapia - Lucio Andrés Sánchez Povis
CargoAbogado 'summa cum laude' por la Universidad de Lima - Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP)
Páginas251-273
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Derecho & Sociedad
Asociación Civil
54
Revista Derecho & Sociedad, N° 54 (II) / pp. 251-273
FECHA DE RECEPCIÓN: 30/01/2020
FECHA DE APROBACIÓN: 26/03/2020
La responsabilidad patrimonial derivada de la
inactividad de la administración pública en el
ordenamiento peruano. Notas para el estudio
de su régimen jurídico
The state liability derived from the inactivity of the public
administration in the Peruvian ordinance. Notes for the study
of its legal regime
Ramón Huapaya Tapia*
Lucio Andrés Sánchez Povis**
Ponticia Universidad Católica del Perú
Resumen:
Los autores proponen la revisión de la problemática jurídica de la inactividad o pasividad
administrativa en el ordenamiento jurídico peruano y las consecuencias de la responsabilidad
patrimonial derivadas de dicha omisión, entendida como el incumplimiento ilícito de un
deber legal de actuación o de las funciones administrativas asignadas a entidades públicas.
Para ello se pasa revista al concepto de inactividad administrativa, su tipología y a la
responsabilidad patrimonial imputable a la Administración Pública como resultado de dicha
omisión, inercia o pasividad. Se cierra el análisis con la problemática procesal de la exigencia
de la responsabilidad patrimonial a la Administración Pública, derivada de las notables
deciencias de nuestra Ley que regula el proceso contencioso-administrativo.
Abstract:
The authors propose the revision of the legal problem of administrative inactivity in the
Peruvian legal system and the consequences of the responsibility derived from said omission,
understood as the unlawful breach of a legal duty of action or of the administrative functions
assigned to public entities. For this, the concept of administrative inactivity, its typology
and the patrimonial responsibility attributable to the Public Administration as a result of
such omission, inertia or passivity is reviewed. The analysis concludes with the procedural
problem of the requirement of the patrimonial responsibility to the Public Administration,
derived from the notable deciencies of Peruvian Law that regulates the contentious-
administrative process.
Palabras clave:
inactividad de la Administración pública – Omisión administrativa – Responsabilidad
patrimonial – Daño antijurídico – Deber legal de actuación administrativa
* Abogado “summa cum laude” por la Universidad de Lima. Profesor titular ordinario de Derecho Administrativo en la Facultad de
Derecho de la Ponticia Universidad Católica del Perú (PUCP). Estudios concluidos de la Maestría en Regulación por la Universidad
Peruana de Ciencias Aplicadas. Miembro del Grupo de Investigación en Derecho Administrativo de la PUCP (GIDA), Foro
Iberoamericano de Derecho Administrativo, de la Asociación Iberoamericana de Estudios de Regulación (ASIER), Asociación Peruana
de Derecho Administrativo (APDA) y de la Red Iberoamericana de Bienes Públicos. Socio del Área de Derecho Administrativo de CMS
Grau. Contacto: ramon.huapaya@cms-grau.com
** Abogado por la Ponticia Universidad Católica del Perú (PUCP). Profesor de Derecho Administrativo en la PUCP. Master of Laws
(LL.M), University College London (Reino Unido). Miembro de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Instituto Nacional
de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. Miembro del Grupo de Investigación
en Derecho Administrativo de la PUCP y de la Asociación Peruana de Derecho Administrativo. Socio de Sánchez Povis Abogados.
Contacto: lucio.sanchez@spabogados.com.pe
| Miscelánea |
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Derecho & Sociedad
Asociación Civil
54
Revista Derecho & Sociedad, N° 54 (II), Junio 2020 / ISSN 2079-3634
Keywords:
Inactivity of the public administration – Administrative omission – State liability – Unlawful
damage – Judicial control of the public administration
Sumario:
1. Introducción – 2. Una aproximación general a la inactividad administrativa, sus clases
y consecuencias jurídicas – 3. Marco conceptual de la responsabilidad patrimonial de la
Administración pública – 4. La responsabilidad patrimonial de la Administración pública de
acuerdo con el artículo 260 de TUO de la LPAG – 5. La responsabilidad patrimonial de la
Administración pública derivada de su inactividad – 6. El control judicial de la inactividad y
la pretensión indemnizatoria por responsabilidad patrimonial de la Administración pública
– 7. Bibliografía
1. Introducción
Dentro del proceso de formación del Derecho administrativo peruano conviene prestar especial atención al
régimen jurídico de una de las más graves patologías de la actividad administrativa: los problemas relativos
a la negación de la actividad administrativa, es decir, la denominada “inactividad administrativa”. De hecho,
pese a los casi veinte años de vigencia de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,
son escasos los espacios de discusión y estudio que se han brindado a esta problemática. La doctrina
nacional ha depositado preferentemente su atención a estudiar la actividad administrativa y algunas de las
consecuencias de lo que luego estudiaremos como inactividad formal (silencio administrativo).
Ahora bien, ¿por qué estudiar dicha patología? Debemos recordar que la Administración Pública en el Estado
de Derecho está supeditada a un deber de actuación bajo dos principios fundamentales: el de legalidad
y el de ecacia. En cuanto a la legalidad, ello es así debido a que la Administración Pública actúa desde
y en función a las prescripciones de la Constitución, la ley y el ordenamiento jurídico administrativo en
general. Por otro lado, con respecto a la ecacia, ello es un principio que reeja lo que se ha venido a llamar
un deber de “buena administración” o de “gobernanza”, por el cual la Administración no solamente debe
cumplir la ley, sino que debe actuar con resultados tangibles a favor de los ciudadanos y los destinatarios
de sus servicios, vale decir, debe cumplir con los objetivos y encargos pre-establecidos por las normas que
le imponen concretos deberes de actuación1.
Cabe detenerse un poco en el hecho de que la legalidad impone deberes de actuación de contenido
positivo a la Administración Pública, la cual se legitima ante la sociedad cumpliendo tales deberes. Con
ello, la consecuencia natural es que la Administración Pública actúe efectivamente, cumpliendo con sus
obligaciones legales y demostrando una situación de “actividad”. Lo contrario a ello nos remite al problema
de la “inactividad administrativa”, la cual implica dos faltas consecutivas de la Administración Pública, a
saber, una infracción al deber legal de actuación que viene impuesto por el ordenamiento jurídico, y por
otro lado, una infracción al principio de ecacia, en la medida que la falta de actuación reeja una situación
de morosidad en perjuicio del ciudadano o el destinatario de la acción administrativa, hecho que constituye
un supuesto de “mala administración2.
Ahora, una de las consecuencias que acarrea esta falta de actuación y que a su vez se convierte en un
instrumento para su control, es la garantía de poder exigir la responsabilidad patrimonial3 de la Administración
Pública por los daños derivados de su inactividad. Por esta razón, el estudio que se ofrece a continuación
tendrá como primer objetivo describir las principales características de la inactividad administrativa, para
luego adentrarnos en el estudio del régimen de responsabilidad patrimonial de la Administración al que
puede dar lugar a efectos de que la autoridad responda por los daños producidos por su inercia deliberada.
1 Sobre el tema, vale la referencia a Luciano Parejo, “La ecacia como principio jurídico de la actuación de la Administración Pública”,
Documentación Administrativa N° 218-219 (1989): 15-65.
2 En el estudio de la inactividad, hemos seguido largamente a Marcos Gómez, La inactividad de la Administración, Cuarta edición
(Navarra: Editorial Aranzadi. 2011).
3 No hablamos de responsabilidad “civil” de la Administración Pública, sino de “responsabilidad patrimonial” de ésta, siguiendo a la
doctrina y teoría modernas del derecho administrativo que han independizado teórica y jurídicamente a este tipo de responsabilidad
de la contenida en los códigos civiles. Por tanto, el derecho administrativo ha singularizado el estudio de la responsabilidad patrimonial
de la Administración Pública como una institución jurídico-administrativa, alejada e independiente ya de la “responsabilidad civil”.
Sobre el tema, aconsejamos revisar Eduardo García de Enterría y Tomás-Ramón Fernández, Curso de Derecho Administrativo, Tomo I, 12
edición (Lima: Palestra-Temis, 2006). Asimismo, un útil contrapunto de calicada doctrina civilista en: Ramón Pizarro, Responsabilidad
del Estado y del funcionario público, 2 tomos, 2 edición (Buenos Aires: Editorial Astrea, 2016).

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