RESOLUCION VICE MINISTERIAL Nº 048-2015-MINEDU - Aprueban Bases del III Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Ambiental

Fecha de disposición09 Septiembre 2015
Fecha de publicación09 Septiembre 2015
560999
NORMAS LEGALES
Miércoles 9 de setiembre de 2015
El Peruano
/
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a
las medidas de fomento de la conf‌i anza, actividades de
asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, de instrucción o entrenamiento con personal
de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar
visitas de coordinación o protocolares con autoridades
militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el
Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición
de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especif‌i car los motivos,
la cantidad de personal militar, la relación de equipos
transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitará
opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Secretaría de la
Comandancia General de la Marina; y de conformidad
con la Ley Nº 27856, modif‌i cada por la Ley Nº 28899 y la
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de la
República Italiana, del 09 al 10 de setiembre de 2015, con
la f‌i nalidad de realizar una visita of‌i cial a las instalaciones
de la Escuela Naval del Perú.
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que
dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modif‌i cada por
Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ
Ministro de Defensa
1284855-2
EDUCACION
Aprueban Bases del III Concurso de Buenas
Prácticas de Gestión Ambiental
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 048-2015-MINEDU
Lima, 8 de setiembre de 2015
VISTOS, el Of‌i cio N° 1302-2015-MINEDU/VMGP-
DIGEBR, el Informe Nº 145-2015-MINEDU-VMGP-
DIGEBR, y el Informe N° 621-2015-MINEDU/SG-OGAJ;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 79 de la Ley
Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de
Educación es el órgano del Gobierno Nacional que
tiene por f‌i nalidad de f‌i nir, dirigir y articular la política de
educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia
con la política general del Estado;
Que, a través de la Norma Técnica denominada
“Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año
Escolar 2015 en la Educación Básica”, aprobada por
Resolución Ministerial Nº 556-2014-MINEDU, se autoriza
la realización, entre otros, del III Concurso de Buenas
Prácticas de Gestión Ambiental;
Que, el III Concurso de Buenas Prácticas de Gestión
Ambiental busca promover en las instituciones educativas
públicas de educación básica de todo el país, el desarrollo
de buenas prácticas de gestión ambiental para contribuir a
la formación integral del estudiantado y a la construcción
de escuelas saludables, ecoef‌i cientes y seguras, que
puedan afrontar el reto del cambio climático; así como
contribuir al fortalecimiento de una cultura ambiental en
todos los miembros de la comunidad educativa y acciones
a favor de la educación ambiental para el desarrollo
sostenible;
Que, mediante el Of‌i cio Nº 1302-2015-MINEDU/
VMGP/DIGEBR, la Directora General de la Dirección
General de Educación Básica Regular remitió al Despacho
Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
145-2015-MINEDU-VMGP-DIGEBR, a través del cual
se sustenta la necesidad de aprobar las Bases del III
Concurso de Buenas Prácticas de Gestión Ambiental,
cuya f‌i nalidad es valorar y capitalizar las buenas prácticas
ambientales que contribuyen con la adaptación y
mitigación al cambio climático;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cado por la Ley N° 26510; y el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las Bases del III Concurso de
Buenas Prácticas de Gestión Ambiental, las mismas
que como Anexo forman parte integrante de la presente
resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de
Educación Básica Regular, Direcciones Regionales
de Educación, Gerencias Regionales de Educación,
Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones
Educativas, el adecuado cumplimento de la presente
resolución.
Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano, encargándose a la Of‌i cina
General de Asesoría Jurídica su publicación y la de
su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de
Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del
Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en
la misma fecha.
Regístrese, comuníquese y publíquese
FLAVIO FIGALLO RIVADENEYRA
Viceministro de Gestión Pedagogica
1284762-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2015 a favor del pliego Ministerio de
Defensa
DECRETO SUPREMO
N° 250-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó, entre
otros, el presupuesto institucional de los pliegos Ministerio
de Salud y Ministerio de Defensa;
Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo N° 1161, el Ministerio de Salud, es la Autoridad
de Salud a nivel nacional, que tiene a su cargo la
formulación, dirección y gestión de la política nacional de
salud y es la máxima autoridad en materia de salud;
Que, la Octava Disposición Complementaria Final
de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2015, dispone que cuando
los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional
reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o
de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor
cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados,
a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel
institucional a favor del pliego Ministerio de Defensa
y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el
gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la
PNP supera el monto máximo que debe ser financiado
con cargo al presupuesto institucional aprobado de los
pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior,
respectivamente. Dicho monto máximo anual se
establece mediante decreto supremo, refrendado por
el Presidente del Consejo de Ministros, el que debe
aprobarse en un plazo que no exceda los noventa (90)

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