Resolucion Suprema N° 134-2022-JUS. Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadana peruana para ser extraditada de la República Argentina y ser procesada en la República del Perú

Fecha27 Julio 2022
Fecha de publicación27 Julio 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 26 de julio de 2022

VISTO; el Informe N.º 062-2022/COE-TPC, del 29 de abril de 2022, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad peruana SANDRA YOELISS FLORES CASTRO o SANDRA YOELISS FLORES CASTRO DE VELÁSQUEZ, formulada por la Tercera Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditada de la República Argentina y ser procesada en la República del Perú por la presunta comisión del delito de extorsión, en agravio de Walter Antonio Cabanillas Zevallos y otros, y del delito de asociación ilícita para delinquir, en agravio del Estado peruano;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados;

Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas;

Que, mediante Resolución Consultiva del 22 de noviembre de 2021, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana de nacionalidad peruana SANDRA YOELISS FLORES CASTRO o SANDRA YOELISS FLORES CASTRO DE VELÁSQUEZ, formulada por la Tercera Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesada por la presunta comisión del delito de extorsión, en agravio de Walter Antonio Cabanillas Zevallos y otros, y del delito de asociación ilícita para delinquir, en agravio del Estado peruano (Expediente N.° 114-2021);

Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente;

Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva...

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