Resolución de Superintendencia nº 363-2015/SUNAT

Fecha29 Diciembre 2015
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 363 -2015/SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE REGULA COMO DOCUMENTO
AUTORIZADO EL QUE EMITEN LAS COMPAÑÍAS DE AVIACIÓN COMERCIAL POR
SERVICIOS PRESTADOS CON OCASIÓN DE BRINDAR EL SERVICIO DE
TRANSPORTE AÉREO REGULAR DE PASAJEROS
Lima, 29 de diciembre de 2015
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley N.° 25632 y normas modificatorias señala, en el primer párrafo
del artículo 1°, que están obligados a emitir comprobantes de pago todas las personas que,
entre otros, presten servicios de cualquier naturaleza y en el primer párrafo del artículo
que se considera comprobante de pago, a todo documento que acredite la transferencia de
bienes, entrega en uso o prestación de servicios, calificado como tal por la
Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria SUNAT;
Que el inciso f) del artículo 2° del Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado
por la Resolución de Superintendencia N.° 007-99/SUNAT y normas modificatorias,
establece que solo se consideran comprobantes de pago, siempre que cumplan con lo en
él requerido, entre otros, los documentos autorizados en el numeral 6 del artículo 4° de
dicho reglamento;
Que el literal a) del inciso 6.1. del numeral referido en el considerando anterior señala
como documento autorizado al boleto de transporte aéreo que emiten las compañías de
aviación comercial por el servicio de transporte aéreo regular de pasajeros, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley N.° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; comprobante de
pago regulado por la Resolución de Superintendencia N.° 166-2004/SUNAT, que puede ser
emitido de manera manual, mecanizada o por medios electrónicos, usándose en este
último caso el sistema denominado Sistema de Emisión Globalizado;
Que esas compañías emplean plataformas similares para expedir, sin efecto
tributario, documentos respecto de servicios prestados con ocasión de brindar el servicio de
transporte aéreo regular de pasajeros, tales como proporcionar oxígeno durante el vuelo,
acompañar menores que viajan solos, transportar mascotas acompañadas por un pasajero,
permitir el exceso de equipaje y proporcionar dietas especiales; por lo que se estima
conveniente darle a esos documentos la calidad de documentos autorizados, de manera tal

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